Las autonom¨ªas, pendientes del desarrollo de la ley
Las comunidades aut¨®nomas no han desarrollado todav¨ªa la ley de Patrimonio Hist¨®rico, que se refiere a la obligaci¨®n de destinar el 1 % del presupuesto de una obra que afecte al patrimonio art¨ªstico-cultural de la zona para su salvaguardia. Salvo en Galicia, ese 1 % no se aplica estrictamente en la zona de la obra, puesto que es el Estado quien lo recauda y quien dispone su destino.En la comunidad aut¨®noma de Galicia se ha desarrollado la ley de Patrimonio Hist¨®rico dentro la ley de Dotaci¨®n Art¨ªstica en Construcciones P¨²blicas del Parlamento aut¨®nomo. Una comisi¨®n presidida por la directora general de Cultura y Patrimonio Art¨ªstico de la Xunta, Raquel Casal, vigila por el cumplimiento de la ley. "Se cumple, aunque no con toda la celeridad deseada", dice Casal, a?adiendo que la filosof¨ªa es la de destinar ese dinero a la propia obra, en contra de la pretensi¨®n, de la Administraci¨®n central de dedicarlo a restauraciones del patrimonio art¨ªstico. "No s¨®lo ¨¦ste es nuestro criterio, sino que todos los implicados lo prefieren as¨ª, facilitando el cumplimiento de la ley".
Problema legal
Tom¨¢s Llorens, director general del Patrimonio Hist¨®rico de la Consejer¨ªa de Cultura de la Generalitat de Valencia, inform¨® que el tema no est¨¢ regulado, sino en previsi¨®n. Existe un problema legal, ya que un mecanismo as¨ª provocar¨ªa una modificaci¨®n de la ley presupuestaria, por lo que ser¨ªa necesario hacerlo con rango de ley. Dado que las sesiones parlamentarias han finalizado ya, se espera tratar el tema cuando ¨¦stas se reanuden.
En la comunidad aut¨®rioma de Canarias, fuentes de la Direcci¨®n General de Cultura, que asume las competencias de la Direcci¨®n General del Patrimonio (inexistente en esta comunidad), afirmaron que aunque existe efectivamente una normativa al respecto, no se ha recaudado nada en la pr¨¢ctica.
Fuentes de la Generalitat de Catalu?a manifestaron que la normativa de aplicaci¨®n del 1%, aunque establece una preferencia para destinar el dinero a la zona afectada por la obra no obliga autom¨¢ticamente -a ello, por lo que puede darse otro destino a la citada cantidad. En la mayor¨ªa de los casos se hace un estudio previo para evaluar la inversi¨®n necesaria para la salvaguardia del patrimonio afectado.
En la comunidad de Castilla-La Mancha no se ha aplicado todav¨ªa este 1 %. La medida 106 del programa electoral de Jos¨¦ Bono, presidente de la comunidad, se refiere precisamente al desarrollo y aplicaci¨®n del decreto ley.
En la comunidad de Andaluc¨ªa no se tiene noticia de la aplicaci¨®n del 1% en ning¨²n caso.
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