El m¨ªnimo exento para declarar renta se elevar¨¢ el pr¨®ximo a?o desde 500.000 hasta 840.000 pesetas
Los contribuyentes que no alcancen 840.000 pesetas de ingresos brutos quedar¨¢n liberados el pr¨®ximo a?o de presentar la declaraci¨®n sobre la renta, si tales rendimientos proceden fundamentalmente del trabajo personal, seg¨²n el anteproyecto de ley de, presupuestos para 1988 que estudia el Consejo de Ministros. La medida beneficiar¨¢ a m¨¢s de un mill¨®n de personas, situadas en los tramos inferiores de rentas y que ser¨¢n, por tanto, los principales beneficiarios de las anunciadas reducciones fiscales. En cambio, el Gobierno proyecta tambi¨¦n subir un 20% los impuestos sobre alcoholes y cerveza, algo m¨¢s del 10% el del tabaco rubio, y el 5% para todas las tasas y tributos parafiscales.
La elevaci¨®n del m¨ªnimo eyento de declarar, que supondr¨¢ un 68% con respecto a las 500.000 pesetas fijadas desde hace dos a?os, ser¨¢ complementada por una fuerte disminuci¨®n, aunque en menor cuant¨ªa, de las retenciones y de los pagos efectivos por parte de los contribuyentes con menores rentas. A este respecto, una de las soluciones planteadas es ampliar la deducci¨®n general de forma que ning¨²n contribuyente pague por las primeras 400.000 o 500.000 pesetas que gane cada a?o.
Pero tanto este asunto como las nuevas tarifas est¨¢n todav¨ªa a expensas de una decisi¨®n definitiva por parte del Gobierno, cuyo ministro de Econom¨ªa y Hacienda, Carlos Solchaga, anunci¨® hice una semana que las mayores reducciones fiscales se centrar¨ªan en rentas inferiores a los dos millones de pesetas. S¨ª se ha anticipado que habr¨¢ una peque?a reducci¨®n de los tipos aplicables a la pr¨®xima declaraci¨®n (la del ejercicio 1987) e importantes modificaciones en la de 1988.
Decisiones
La decisi¨®n, ya incluida en el proyecto de ley, en vez de aplicar a todas las rentas el nuevo m¨ªnimo e exento de declarar, se?ala que no estar¨¢n obligadas las unidades familiares con ingresos brutos inferiores a las 840.000 pesetas, bien las hayan obtenido totalmente por rendimientos del trabiajo personal dependiente o bien parte de ellas procedan de rendimientos del capital mobiliario o incrementos de patrimonio. En este segundo caso, el de personas que trabajan y tienen algunos bienes de capital, s¨®lo quedar¨¢n liberados de declarar si estos ¨²ltimos ingresos les proporcionan menos de 200.000 pesetas anuales.
En ninguno de los dos supuestos se computar¨¢ dentro de las 840.000 pesetas el rendimiento del 3% que debe imputarse a la vivienda propia que constituya residencia habitual del sujeto pasivo o de la unidad familiar.
Con la elevaci¨®n del m¨ªnimo exento, el Gobierno sortea una de las principales cr¨ªticas formuladas a los presupuestos de 1987, por la oposici¨®n parlamentaria. En este debate presupuestario, la mayor¨ªa socialista rechaz¨® las enmiendas destinadas a elevar el m¨ªnimo exento a 550.000 pesetas (Minor¨ªa Catalana), 700.000 (Grupo Popular) y 750.000 pesetas (Izquierda Unida y PDP).
Aunque los ¨²ltimos datos publicados por Hacienda se?alan que en 1985 m¨¢s de dos millones de contribuyentes declararon rentas inferiores a 800.000 pesetas, de cara a 1988 parece que la subida del m¨ªnimo beneficiar¨¢ a un colectivo algo menor. Aparte de parados, pensionistas y perceptores del salario m¨ªnimo, cuyas rentas en muchos casos se suman a las de otros miembros de la unidad familiar, todos los grandes sectores laborales superan dicho m¨ªnimo con sus ingresos medios, a juzgar por la encuesta de salarios del Instituto Nacional de Estad¨ªstica. S¨®lo los peones de la industria textil, del cuero y de la madera y corcho apenas alcanzan en promedio dicho nivel salarial. Entre aprendices y pinches s¨ª hay numerosos sectores donde no se alcanza, principalmente el energ¨¦tico, construcci¨®n de m¨¢quinas de oficina, miner¨ªa, comercio e industrias de la alimentaci¨®n.
La parte que se da tambi¨¦n por aprobada del anteproyecto de ley de Presupuestos incluye subidas del 20% en los impuestos especiales sobre todos los tipos de alcohol, sus derivados y cervezas. El alcohol absoluto pasar¨¢ a pagar 660 pesetas el litro, las bebidas derivadas 516 pesetas por litro de alcohol y la cerveza entre 3,24 y 6,48 pesetas por litro, seg¨²n su graduaci¨®n (entre 6,72 y 12,60 en Canarias, donde no hay IVA).
Igualmente, el impuesto especial sobre el tabaco sube en todos los casos a tres pesetas por cajetilla y, adem¨¢s, desde el 29,5% al 33% del valor de la misma antes del IVA para el tabaco rubio y al 41% para el negro.
En las tasas y tributos parafiscales, el aumento ser¨¢ con car¨¢cter general del 5%, excepto para el juego, donde alcanzar¨¢ mayores cuant¨ªas. Estas tasas son pagadas por aparcamientos vigilados de veh¨ªculos, aterrizajes, estacionamientos, suministros de combustibles y lubricantes, salida de viajeros en tr¨¢fico internacional, etc¨¦tera.
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