Sobrese¨ªda la querella de Felipe Gonz¨¢lez contra Arias-Salgado y su equipo de RTVE
M¨¢s de siete a?os despu¨¦s de que Felipe Gonz¨¢dez y Alfonso Guerra, por el PSOE, y Pilar Brabo, por el PCE, encabezaran la querella criminal contra Fernando Arias-Salgado, entonces director general de RTVE, y otros altos cargos del ente p¨²blico, la Audiencia Provincial de Madrid ha acordado sobreseer las actuaciones. El auto, del que ha sido ponente el magistrado Joaqu¨ªn Navarro Estevan, declara que de las irregularidades contables detectadas no resulta que los querellados se hubieran "apropiado, distra¨ªdo o malversado cantidad alguna".
La querella fue interpuesta en abril de 1980 por el secretario general del PSOE, Felipe Gonz¨¢lez, y los parlamentarios de su partido Alfonso Guerra, Gregorio Peces-Barba, Guillermo Galeote, Pedro Bofill, Ignacio Sotelo y Jos¨¦ Federico de Carvajal, en el ejercicio de la acci¨®n popular, contra Fernando Arias-Salgado, Rafael Ans¨®n, Ignacio Mart¨ªnez-Echeverr¨ªa y Juan Aracil. Los querellantes imputaban a los querellados los delitos de malversaci¨®n de fondos y apropiaci¨®n indebida por las retenciones a los trabajadores del impuesto sobre los rendimientos del trabajo personal y las cuotas de la Seguridad Social.Previamente, el 20 de marzo del mismo a?o, los entonces diputados del PCE Pilar Brabo, Sim¨®n S¨¢nchez Montero y Ram¨®n Tamames, as¨ª como los tambi¨¦n comunistas Enrique Curiel, Manuel Serrano y Antonio Kindel¨¢n, formularon una querella criminal contra "la persona o personas" que pudieran aparecer implicados en los hechos descritos en la auditor¨ªa sobre RTVE realizada por el Ministerio de Hacienda.
Ambas querellas fueron acumuladas por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que en principio se declar¨® competente dado el fuero procesal de algunos de los querellados. Se design¨® juez especial delegado de la sala al magistrado Luis Serrano de Pablos, y m¨¢s tarde, a la jubilaci¨®n del mismo, al magistrado Clemente Auger, quien practic¨® la mayor parte de las diligencias. Terminada la instrucci¨®n, el 14 de marzo de 1986 el sumario pas¨® a la Audiencia Provincial de Madrid, por entenderse en ese momento que era ¨¦sta la competente y no el Tribunal Supremo.
El Ministerio Fiscal y los querellados coincidieron en la propuesta de sobreseimiento provisional de la causa. En cambio, los querellantes actuaron de distinto modo: mientras los socialistas no se pronunciaron y se limitaron a solicitar que se diera por evacuado el tr¨¢mite de instrucci¨®n, los comunistas pidieron que se dieran por reproducidas sus peticiones de procesamiento de los querellados.
La resoluci¨®n ha sido dictada por la Secci¨®n Quinta de la Audiencia Provincial. Se da la circunstancia de que el ponente, Joaqu¨ªn Navarro Estevan, era diputado socialista en el momento en que se formul¨® la querella. Sin embargo, ninguna de las partes formul¨® recusaci¨®n contra ¨¦l.
En los fundamentos jur¨ªdicos del auto, el tribunal manifiesta que de los informes periciales practicados, "prolijos y meticulosos", no se desprenden "indicios racionales, ni a¨²n livianos, de que se hayan perpetrado los delitos -ninguno de ellos- que dieron motivo, por virtud de las respectivas querellas, a la formaci¨®n de la presente causa".
El auto a?ade que aunque es cierto que del dictamen pericial de los censores jurados de cuentas "se desprende la existencia de ciertas deficiencias e irregularidades desde la perspectiva contable, no es menos cierto", dice, que en parte alguna de su de eso y detallado informe t¨¦cnico aparecen indicios de que alguno de los querellados se haya apropiado, o haya distra¨ªdo, propia o impropiamente, cantidad alguna, lo que, por otra parte, no aparece asimismo en ninguna otra de las diligencias probatorias practicadas".
El tribunal se?ala igualmente que la sentencia de 18 de abril de 1986 de la Sala de Apelaci¨®n del Tribunal de Cuentas del Reino "no deja lugar a dudas sobre que la conducta del querellado se?or Aracil en forma alguna puede ser constitutiva ni del delito de prevaricaci¨®n ni de ning¨²n otro, lo que es predicable, asimismo, respecto a los extremos que puedan concernirles a los dem¨¢s querellados". En definitiva, la sala acuerda sobreseer provisionalmente las actuaciones.
'Maniobra pol¨ªtica'
Fuentes pr¨®ximas al principal querellado, Fernando Arias-Salgado, han resaltado el car¨¢cter de "maniobra pol¨ªtica para alcanzar el poder" de aquella acci¨®n judicial en la que los dirigentes del PSOE, afirman, "involucraron gratuitamente el honor, nombre y fama de las personas", como un episodio m¨¢s de la operaci¨®n de "acoso y derribo" contra el entonces presidente del Gobierno, Adolfo Su¨¢rez.Por otra parte, fuentes jur¨ªdicas han se?alado el hecho de que, trat¨¢ndose de una resoluci¨®n judicial que exime de toda culpa a un ex director general de RTVE y a parte de su equipo, la noticia de este auto, no recurrido por ninguna de las partes, y que por tanto, ha adquirido firmeza, no haya sido difundida por la peque?a pantalla.
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