Un polic¨ªa, condenado a un a?o de prisi¨®n por abusos deshonestos
El n¨²mero Diego Mart¨ªnez Jim¨¦nez, funcionario del Cuerpo Superior de Polic¨ªa, ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Pamplona a la pena de un a?o de prisi¨®n menor como autor de un delito de abusos deshonestos en la persona de Lourdes Elizalde. En el mismo proceso, Diego Mart¨ªnez Jim¨¦nez ha sido absuelto, sin embargo, de otro delito de abusos deshonestos en la persona de ?ngeles Cepas y otros dos delitos de robo a ambas mujeres.
La sentencia del tribunal declara suficientemente probado que Diego Mart¨ªnez Jim¨¦nez se dirigi¨® a la Plaza del Castillo el 4 de febrero de 1986 y una vez all¨ª se encontr¨® a Lourdes Elizalde, con la que entabl¨® conversaci¨®n. M¨¢s tarde, el polic¨ªa se ofreci¨® a llevar a la mujer a su casa.
Un descampado
Lourdes Elizalde accedi¨® y, una vez en el autom¨®vil, seg¨²n precisa la sentencia, el procesado cambi¨® el trayecto pactado y se dirigi¨® a un descampado, donde propuso a la mujer que se desnudara.Ante la manifestaci¨®n de Lourdes Elizalde de que le ten¨ªa que pagar por realizar el acto carnal, Diego Mart¨ªnez le dijo que no llevaba dinero y que no pensaba pagarle cantidad alguna.
Al negarse Elizalde a realizar cualquier acci¨®n sexual, Mart¨ªnez Jim¨¦nez la sujet¨® por el cabello y brazos, la golpe¨® con las manos en varias partes del cuerpo y la oblig¨® a que le realizara una fellatio, al tiempo que le hac¨ªa objeto de tocamientos de diverso g¨¦nero.
M¨¢s tarde Diego Mart¨ªnez condujo a Lourdes Elizalde junto a un sem¨¢foro y permiti¨® a ¨¦sta que abandonara el autom¨®vil.
Heridas
La v¨ªctima recab¨® la ayuda de un automovilista que pasaba por all¨ª, quien la dej¨® poco despu¨¦s bajo la guardia de una patrulla de la Polic¨ªa Municipal, que la condujo a continuaci¨®n al hospital de Navarra, donde se le apreciaron diversas erosiones y heridas en las mu?ecas y hemitorax derecho.Por el contrario, en relaci¨®n con el otro presunto delito de abusos deshonestos cometido en la persona de ?ngeles Cepa, as¨ª como los dos delitos de robo de dinero a las dos mujeres citadas, el tribunal ha considerado que no concurren pruebas convincentes en torno a estos hechos, por lo que ha decidido aplicar el principio en favor del reo, absolvi¨¦ndole de dichas inculpaciones.
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