?Es la ayuda al suicida un delito?
La despenalizaci¨®n del homicidio cuando conste fehacientemente la voluntad de morir del sujeto pasivo en el pleno ejercicio de sus facultades mentales fue la propuesta realizada por el catedr¨¢tico de Derecho Penal de la universidad de Extremadura Juan Carlos Carbonell Mateu en la primera jornada del curso sobre Derecho y sociedad que se celebra esta semana en Badajoz.
Carbonell defendi¨® el derecho a morir dignamente y estim¨® que la Constituci¨®n da prioridad a la libertad sobre el derecho a la vida, por lo que el art¨ªculo 409 del C¨®digo Penal es inconstitucional, al castigar con igual pena al que mata a otra persona con su consentimiento y quien lo hace contra su voluntad.
C¨®digo Penal
El penalista Carbonell invoc¨® la obra del profesor Jim¨¦nez de As¨²a titulada Libertad de amar y derecho a morir, y critic¨® los preceptos del C¨®digo Penal vigente que castigan con penas de seis meses a seis a?os a quien auxilia a otro a suicidarse, y de 12 a 20 a?os a quien ejecuta la voluntad del suicida.Rechaz¨® la filosof¨ªa penal que trata a toda costa de impedir el suicidio, y en concreto, consider¨® inconstitucional el art¨ªculo mencionado, ya que "el derecho a la vida no puede ser tan absoluto", dijo, "que impida decidir sobre la misma a su titular".
En su conferencia sobre La problem¨¢tica jur¨ªdica del suicidio y la eutanasia, el profesor Juan Carlos Carbonell record¨® que la Constituci¨®n sit¨²a la libertad entre los valores superiores del ordenamiento jur¨ªdico, mientras que el derecho a la vida -como declar¨® el Tribunal Constitucional en la sentencia sobre el aborto- no es un derecho absoluto, sino que debe compatibilizarse con otros, como la dignidad de la persona y, en particular, con el derecho a morir con dignidad.
Enfermos terminales
Juan Carlos Carbonell afirm¨® que la equiparaci¨®n penal entre el homicidio y el homicidio-suicidio, fundamentada en el desprecio hacia la voluntad del sujeto pasivo, atenta contra el principio constitucional de igualdad y contra la necesaria proporcionalidad entre el hecho delictivo y la pena. "No puede castigarse igual a quien mata a otro contra su voluntad que a quien lo hace en cumplimiento de esa voluntad", asegur¨®.La alternativa que propusoa esta situaci¨®n legal fue la de incluir en el C¨®digo Penal un art¨ªculo seg¨²n el cual "el homicidio no ser¨¢ punible cuando conste fehacientemente la voluntad del sujeto pasivo en el pleno ejercicio de sus facultades mentales".
A preguntas del magistrado ?ngel de Juanes Peces, presidente de la comisi¨®n de asuntos sociales del consejo social de la universidad de Extremadura -entidad organizadora del curso-, el profesor Juan Carlos Carbonell afirm¨® que cuando un enfermo est¨¢ cl¨ªnicamente muerto, con electroencefalograma plano, no comete homicidio quien desenchufa los aparatos que le mantienen con vida vegetativa.
Carbonell a?adi¨® que el problema surge con los enfermos terminales que plantean que se les d¨¦ muerte, porque en caso de cumplir esa voluntad, seg¨²n el C¨®digo Penal vigente, se incurre en homicidiosuicidio.
Legislaci¨®n holandesa
Entre las legislaciones m¨¢s avanzadas en esta materia destac¨® la holandesa, que establece la impunidad siempre que se den determinados requisitos, entre ellos que se trate de una persona aquejada de una enfermedad incurable y que exprese con plena libertad su deseo de poner fin a su vida.El penalista indic¨® que en Espa?a unta de las f¨®rmulas para obtener un pronunciamiento del Tribunal Constitucional ser¨ªa el planteamiento por alg¨²n ¨®rgano judicial de una cuesti¨®n de inconstitucionalidad sobre el art¨ªculo 409 del C¨®digo Penal.
Imponer la vida
Frente a quienes consideran que el derecho a la vida debe prevalecer sobre cualquier otro por consideraciones ¨¦ticas, el profesor Carbonell se?al¨® que el problema surge cuando "la ¨¦tica, que es una cuesti¨®n personal, se impone a los dem¨¢s".En opini¨®n del catedr¨¢tico Juan Calos Carbonell "la libertad del ciudadano es el eje diamantino que el Estado debe respetar al regular los dem¨¢s derechos".
"?Hasta qu¨¦ punto", se pregunt¨®, "tenemos derecho a imponer vivir", rechaz¨® la idea de que todo el que quiera dejar de vivir es un loco, y se?al¨® que para conjugar la libertad y el derecho a la vida debe prevalecer la primera, cuyo ejercicio no viola el segundo, mientras que si se da prioridad al derecho a la vida -que es un derecho pero no un deber- se vulnera la libertad a dejar de vivir.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.