Hacienda pedir¨¢ que se procese a los responsables de Prodiecu por un delito fiscal
El Ministerio de Hacienda solicitar¨¢ el procesamiento por un presunto delito fiscal de los principales responsables de? sorteo no autorizado denominado cup¨®n del minusv¨¢lido, que organiza en toda Espa?a la sociedad Prodiecu. Para ello, el abogado del Estado ha comparecido, en calidad de acusador particular, en la causa por un supuesto delito de contrabando que se sigue contra la mencionada sociedad en el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 18 de Barcelona. En medios judiciales se atribuye a Prodiecu unos beneficios netos de casi 20.000 millones de pesetas desde que lanz¨® su cup¨®n, en 1985.
El sumario contra Andr¨¦s Rodr¨ªguez Rodr¨ªguez, creador y principal responsable de Prodiecu, y otros seis accionistas y altos cargos de la sociedad se inici¨® en septiembre de 1985 con la presentaci¨®n por parte de la Organizaci¨®n Nacional de Ciegos (ONCE) de una querella por los presuntos delitos de estafa, falsedad e infracci¨®n de los derechos de propiedad industrial y derechos de autor. Sin embargo, ninguno de esos supuestos delitos aparece en el auto de procesamiento dictado siete meses despu¨¦s, en abril de 1986, por el entonces titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 18 de Barcelona Francisco Mart¨ªnez Cibiano.Este juez consider¨® que los hechos imputados a Andr¨¦s Rodr¨ªguez y Jorge Ban¨²s March, gerente y accionista mayoritario de la sociedad, pod¨ªan ser constitutivos de un delito de contrabando previsto y penado en la ley org¨¢nica 7/82, de 13 de julio, por la que se modific¨® la legislaci¨®n vigente en materia de contrabando, y en la disposici¨®n adicional 18 de la ley de Presupuestos Generales del Estado para 1986. Esta norma proh¨ªbe "la circulaci¨®n, comercio, tenencia o producci¨®n de billetes, boletos, sellos o cartones que constituyan soporte en la pr¨¢ctica de juegos de azar, sorteos y loter¨ªas que no hayan sido debidamente autorizados". Rodr¨ªguez y Ban¨²s fueron detenidos y puestos en libertad tras abonar una fianza de tres millones de pesetas cada uno.
En el recurso contra el procesamiento, que fue desestimado por el juez, se se?ala que la disposici¨®n invocada es "inconstitucional", ya que carece del rango necesario -se trata de una ley ordinaria- para imponer penas privativas de libertad, que s¨®lo pueden establecerse a trav¨¦s de una ley org¨¢nica. El juez tambi¨¦n desestim¨® el recurso contra la ampliaci¨®n del auto de procesamiento contra otras cinco personas vinculadas a Prodiecu: Dionisio Sanz Soria (inspector de l'Hospitalet, en Barcelona), Antonio Jos¨¦ Cardona L¨®pez (delegado de Barcelona), Juan Luis Feria Gallego (director administrativo de Tarragona), Jos¨¦ del Ojo Garc¨ªa y Antonio Santiago Navarro (estos dos ¨²ltimos delegados en Granada).
Beneficios millonarios
Seg¨²n fuentes judiciales, de los documentos que figuran en el sumario se desprende que los beneficios netos obtenidos por la sociedad con la venta del cup¨®n tal vez superan los 20.000 millones de pesetas, de los que s¨®lo entre un 5% y un 10% se destinan a la ayuda y promoci¨®n de los disminuidos f¨ªsicos, fin con el que Prodiecu justifica su actividad y exige que le sea concedida la autorizaci¨®n correspondiente.El resto de los beneficios, unos 18.000 millones de pesetas seg¨²n ese c¨¢lculo, permanece, seg¨²n fuentes judiciales, "en paradero desconocido".
La intervenci¨®n ahora del abogado del Estado, en representaci¨®n de la Hacienda p¨²blica, compareciendo en la causa como acusador particular, se ha producido "siguiendo instrucciones de la Direcci¨®n General del Servicio Jur¨ªdico [dependiente del Ministerio de Justicia]", inform¨® Manuel Jos¨¦ Silva, jefe de la Abogac¨ªa del Estado en Barcelona. La petici¨®n de procesamiento por un presunto delito fiscal de los implicados en el sumario se basar¨¢ en la supuesta defraudaci¨®n al Estado de las cantidades que este habr¨ªa tenido que percibir en concepto de tasa del juego si el cup¨®n de Prodiecu hubiera sido autorizado.
La incoaci¨®n del sumario no ha resultado un obst¨¢culo para las actividades de Prodiecu. El mandato judicial, contenido en el auto de procesamiento, que ordena "la intervenci¨®n de los bienes y efectos que constituyen el objeto del delito, as¨ª como de los materiales, instrumentos y maquinaria empleada en la fabricaci¨®n de los cupones", no ha surtido ning¨²n efecto, como se desprende de la gran expansi¨®n posterior experimentada por la empresa.
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