La hora imaginaria
Es incre¨ªble c¨®mo un problema relativamente sencillo, el de la asignatura de la religi¨®n [en la vida escolar italiana], ha ido creciendo y haci¨¦ndose cada d¨ªa m¨¢s confuso. No habr¨ªa mucho que a?adir a lo que se ha escrito si no hubi¨¦ramos le¨ªdo en estos d¨ªas, en la nota enviada por el Vaticano al Gobierno italiano el 27 de septiembre, que la ense?anza de la religi¨®n cat¨®lica "no podr¨ªa ser correctamente calificada como facultativa" porque la Rep¨²blica Italiana se ha obligado a asegurar en las escuelas p¨²blicas la ense?anza de la religi¨®n cat¨®lica.Esta interpretaci¨®n del t¨¦rmino facultativo es por lo menos extra?a, porque se la presenta como una respuesta pol¨¦mica, pero no se entiende contra qu¨¦ adversario. Bas¨¢ndose en la letra del Concordato, nadie discute que el Estado italiano est¨¢ obligado a asegurar la ense?anza de la religi¨®n cat¨®lica en las escuelas p¨²blicas, de la misma manera que nadie pondr¨ªa en duda la obligatoriedad de un trayecto de tranv¨ªa por el solo hecho de que sea interrumpido por una parada facultativa. En un caso l¨ªmite, en una hip¨®tesis absurda podr¨ªa extinguirse la obligaci¨®n tan s¨®lo si ning¨²n estudiante hubiera decidido seguir esta ense?anza. Cuando se dice que la asignatura de la religi¨®n es facultativa se quiere decir no que el Estado pueda elegir no instituirla, sino que el estudiante puede elegir no seguirla. La confusi¨®n entre los dos problemas es sorprendente.
Voy a intentar explicar el problema en sus t¨¦rminos m¨¢s elementales para mostrar lo sencillo que es. ?Puede un estudiante elegir la asignatura de matem¨¢ticas? No. ?Puede elegir la asignatura de italiano? No. ?Puede elegir la asignatura de historia? No. Pues bien, este estudiante que no puede elegir las asignaturas de matem¨¢ticas, italiano o historia puede elegir la de religi¨®n. Consecuencia l¨®gica es que la asignatura de religi¨®n es diferente de todas las otras, y lo es porque todas las otras son obligatorias y la de religi¨®n no lo es. No ser obligatorio significa exactamente ser facultativo. Obligatorio y facultativo son t¨¦rminos contradictorios; lo que no es obligatorio es facultativo, y viceversa.
Como materia facultativa, la ense?anza de la religi¨®n es una materia que se a?ade a las obligatorias para el que la ha elegido. La diferencia entre el viejo Concordato y el nuevo est¨¢ en el hecho en que en el primero, que hac¨ªa obligatoria la dispensa, trabajaba una hora menos. Hoy, en su lugar, el que quiere hacer la asignatura de religi¨®n, hace, o deber¨ªa hacer, seg¨²n la letra y el esp¨ªritu del nuevo Concordato, una hora m¨¢s.
Y como es una hora m¨¢s, esta asignatura de religi¨®n deber¨ªa colocarse fuera del horario, o al, principio, o al fin del tiempo lectivo, o en otra parte de la jornada.
Pero, como todos saben, el protocolo adicional incorporado al texto del Concordato ha establecido que la hora de religi¨®n est¨¦ colocada "en el cuadro de los horarios de las lecciones". Se trata de una expresi¨®n que tiene la t¨ªpica ambig¨¹edad de los textos jur¨ªdicos, que puede ser equ¨ªvoco bien por descuido o, por el contrario, por malicia intencionada. Tal como ha sido interpretada en el texto del acuerdo entre el ministro de Instrucci¨®n P¨²blica y la Conferencia Episcopal, seg¨²n el cual "la colocaci¨®n del horario de estas lecciones es efectuada por el director del establecimiento, bas¨¢ndose en las propuestas del consejo docente, seg¨²n el normal criterio de equilibrada distribuci¨®n de las diversas disciplinas en las jornadas y en las semanas". Esta expresi¨®n contrasta con la letra y el esp¨ªritu del texto concordatario, porque admite que la asignatura de religi¨®n pueda estar inscrita dentro del horario escolar entre dos horas de materias obligatorias, lo que ha hecho surgir un problema nuevo que ahora est¨¢ en el centro del debate, el problema de la hora alternativa. De esta manera, sin embargo, la ense?anza religiosa es transformada de facultativa, que se puede elegir o no elegir, en una ense?anza optativa, es decir, una ense?anza que el que no la elige est¨¢ obligado a elegir otra.
Me parece que no es demasiado dificil comprender que en la situaci¨®n en la que se tiene la facultad de elegir o de no elegir es diferente de aquella en la que se est¨¢ obligado a elegir entre a y b, en la que la libertad de elecci¨®n se funde con una libertad limitada e elegir entre dos alternativas.
Esta diferencia no tendr¨ªa importancia y no estar¨ªamos obligados a ocuparnos de ella si el problema de la hora alternativa hubiera estado resuelto, pero despu¨¦s de un a?o de largas y ociosas discusiones, parece todav¨ªa muy lejano cualquier tipo de soluci¨®n.
Verdaderamente, el problema es dificil de resolver, no tanto por mala voluntad del Gobierno o del cuerpo docente como por una raz¨®n m¨¢s importante: no existe una verdadera y propia alternativa a la ense?anza religiosa. La ¨²nica alternativa a una ense?anza confesional es otra ense?anza confesional. Cualquier otra materia no es una alternativa, sino pura y, simplemente un arreglo para no dejar ociosos a los estudiantes que no han elegido la asignatura de religi¨®n cuando se les haya colocado en el interior del horario de clases, rompiendo la continuidad de las lecciones obligatorias.
Adem¨¢s, los estudiantes que hayan elegido el curso de religi¨®n pueden seguir el curso elegido por ellos, mientras que los otros habr¨¢n de seguir una materia impuesta, lo que es contrario al texto concordatario, que establece que la elecci¨®n de los estudiantes "no debe dar lugar a ninguna forma de discriminaci¨®n".
fil¨®sofo y jurista italiano. Autor, entre otras obras, de Estudios de la Historia de la Filosofia: de Hobbes a Grarnsci y Contribuci¨®n a la teor¨ªa del Derecho. Escribi¨® este art¨ªculo para el diario italiano La Stampa.
@ Norberto Bobbio-La Stampa. Traducci¨®n: Javier Mateos.
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