?Crecen los precios m¨¢s de lo que dice el Gobierno?
Quiz¨¢ sean las declaraciones en tomo a la evoluci¨®n del poder adquisitivo de la renta las que m¨¢s atenci¨®n y mayor desconfianza suscitan, especialmente cuando se realizan desde el Gobierno y su entorno. A continuaci¨®n, enlazando con el apartado anterior, haremos referencia a algunas de las consideraciones que suelen hacerse para apoyar tal desconfianza.La creencia de que el Gobierno hace una infravaloraci¨®n sistem¨¢tica del crecimiento de la renta necesario para mantener la capacidad de compra es casi un¨¢nime. Los dos art¨ªculos que con anterioridad hemos utilizado como referencia se encuentran entre los muchos que afirman que tal infravaloraci¨®n se viene produciendo hace muchos a?os. En ellos se ofrecen explicaciones sobre este hecho.
Antonio Abad¨ªa es profesor de An¨¢lisis Econ¨®mico en la universidad Complutense
Director: Pl¨¢cido Domingo. Obras de Britten, Falla y Beethoven. Teatro Real, 20 de enero. Madrid.
Nosotros tambi¨¦n entendemos que la citada infravaloraci¨®n se ha producido en el pasado y se est¨¢ produciendo en el presente. Sin embargo, nuestras razones difieren de las generalmente expuestas en las informaciones period¨ªsticas sobre el tema.
En estas informaciones se observa gran coincidencia en considerar que la infravaloraci¨®n de la subida realmente producida en los precios es consecuencia de una elaboraci¨®n inadecuada (tendenciosa) del ¨ªndice de precios al consumo (IPC). Los responsables de su elaboraci¨®n aparecen como los causantes directos (mediante supuestas manipulaciones) o indirectos (por alterar de manera apropiada las ponderaciones o el perfil estacional de las variaciones mensuales), de la infravaloraci¨®n sistem¨¢tica que, seg¨²n se afirma, el Gobierno hace de la ca¨ªda de la capacidad de compra de la peseta: las valoraciones del Gobierno suelen identificarse con las indicaciones del IPC.
Entendemos que estas tres v¨ªas de actuaci¨®n sobre las indicaciones del ¨ªndice de precios al consumo (manipulaciones, ponderaciones y estacionalidad) tienen una capacidad muy limitada para alterar sistem¨¢ticamente a la baja la evoluci¨®n del ¨ªndice de precios al consumo.
Las manipulaciones y la alteraci¨®n del perfil estacional del ¨ªndice de precios al consumo podr¨ªan tener alg¨²n efecto en un per¨ªodo. Para que este efecto se repita cada a?o hay que repetir ampliadas estas actuaciones. Ello no parece viable en el caso de la estacionalidad, ni cre¨ªble (por respeto a los profesionales encargados de la elaboraci¨®n y por dificultades de ocultaci¨®n) en relaci¨®n con la manipulaci¨®n.
En cuanto a las alteraciones de las ponderaciones, s¨®lo son relevantes en el caso de que se produzcan diferencias importantes y sostenidas (con un mismo sentido en sucesivos per¨ªodos) en los ritmos de crecimiento de los precios de los distintos bienes, lo que no suele ocurrir. Adem¨¢s, para que la alteraci¨®n de las ponderaciones d¨¦ el fruto esperado (reducci¨®n del crecimiento de los precios indicado por el IPC), se debe tener una previsi¨®n muy precisa del sentido de la evoluci¨®n de los precios relativos en los a?os en los que la estructura de ponderaciones permanece inalterada (entre seis y nueve a?os desde el a?o base), pues, en otro caso, las alteraciones podr¨ªan producir resultados no deseados.
(As¨ª puede estar ocurriendo en la actualidad, ya que -en contra de lo que se concluye en el primero de los art¨ªculos antes citados- si, como se afirma, la ponderaci¨®n de los alimentos en el ¨ªndice de precios al consumo vigente es excesiva, se estar¨¢ sobrevalorando la subida media de los precios en los ¨²ltimos a?os, en los que los precios de los alimentos han estado creciendo m¨¢s que la media).
Errores de interpretaci¨®n
A diferencia de estas informaciones, nosotros estamos interesados en poner de manifiesto una infravaloraci¨®n repetidamente observada, que se produce por un uso incorrecto del IPC: la infravaloraci¨®n m¨¢s relevante y evidente de la ca¨ªda de poder adquisitivo de la peseta, que nosotros observamos, es la debida a los errores de interpretaci¨®n de las indicaciones del ¨ªndice de precios al consumo y no a su elaboraci¨®n. No es que neguemos la posibilidad de que se produzcan incorrecciones en la elaboraci¨®n que sesguen el valor del ¨ªndice de precios al consumo.
Es que creemos que los efectos de estas incorrecciones son de escasa entidad y de signo m¨¢s bien incierto, y, en todo caso, deber¨¢n sumarse a los que nosotros trataremos de poner de manifiesto a continuaci¨®n.
Aun sabiendo que corremos el riesgo de decir cosas obvias para muchos lectores, iniciaremos nuestras consideraciones en tomo a la actualizaci¨®n de rentas recordando algunas caracter¨ªsticas del ¨ªndice de precios al consumo.
La serie de valores del ¨ªndice de precios al consumo se obtiene formando una cesta de bienes de consumo (en la que los bienes se incluyen en cantidades que guardan las proporciones del consumo medio nacional en un per¨ªodo) y calculando su coste a los precios de cada mes.
De los valores as¨ª obtenidos, se pueden calcular: la tasa de crecimiento medio de los precios de un mes sobre el anterior (tasa intermensual), el incremento de los precios a lo largo de un a?o (IPC de diciembre sobre diciembre anterior o tasa anual), la tasa de crecimiento medio de los precios entre dos a?os (coste medio del consumo en un a?o sobre coste medio del mismo consumo un el anterior o tasa interanual), etc¨¦tera.
Cuando se desea saber si el crecimiento medio de las rentas, fijado en convenios o por el Gobierno, eleva o reduce el poder adquisitivo de los asalariados, se recurre a comparar la tasa de variaci¨®n de ¨¦stos con la tasa de variaci¨®n de los precios (esto es, la tasa de variaci¨®n del ¨ªndice de ,precios al consumo). Pero, ?con qu¨¦ tasa?
La respuesta parece f¨¢cil si tenemos en cuenta que la tasa de crecimiento de salarios a la que nos referimos es la que indica el aumento de la renta total de un a?o sobre la renta del a?o anterior (incremento interanual del salario).
Es claro que si la tasa de actualizaci¨®n de salarios mide cu¨¢nto crecer¨¢ la renta del a?o pr¨®ximo comparada con la de este a?o, para saber si mejoramos o empeoramos, debemos compararla con la tasa interanual de crecimiento de los precios, que indica cu¨¢nto crecer¨ªa el coste del consumo de este a?o si se pagara a los precios del a?o pr¨®ximo.
Poder adquisitivo
Esto parece tan evidente que hace incomprensible el hecho observado, a?o tras a?o, de que, para valorar la subida interanual de salarios, su crecimiento se compara hasta la saciedad con la tasa de crecimiento esperada de los precios para el pr¨®ximo a?o (tasa anual del IPC). As¨ª, por ejemplo, una y otra vez, estamos oyendo estos d¨ªas que, con una subida de rentas del 4%, se producir¨¢ un incremento de poder adquisitivo de un punto, dado que se espera que durante el pr¨®ximo a?o los precios suban un 3%. ?Qu¨¦ disparate!
Si se cumplen las previsiones del Gobierno respecto del crecimiento del ¨ªndice de precios al consumo (5% entre diciembre de 1986 y diciembre de 1987, y 3% entre esos meses de 1987 y 1988), lo que se compre en enero de 1988 costar¨¢, aproximadamente, un 5% m¨¢s de lo que costaba en enero de 1987.
Si el crecimiento de los precios se reduce mes a mes hasta que, de acuerdo con las previsiones, en diciembre de 1988 los precios sean un 3% mayores queen diciembre de 1987, habr¨¢ ocurrido que durante la primera mitad de 1988 el coste de la cesta de la compra superar¨¢ en m¨¢s de un 4% su coste en los meses correspondientes de 1987. En los ¨²ltimos meses de 1988, el coste habr¨¢ subido respecto de los meses del a?o 1987 en tasas que se ir¨¢n aproximando al 3%, seg¨²n nos acerquemos a finales del ejercicio.
Promediando unos meses con otros, lo comprado a lo largo de 1988 ser¨¢, aproximadamente, un 4% m¨¢scaro que en 1987.
Si la renta salarial de 1988 es un 4% superior a la de 1987, dif¨ªcilmente se producir¨¢ la elevaci¨®n del poder adquisitivo de los asalariados, reiteradamente anunciada desde el Gobierno.
De acuerdo con esto, si el crecimiento de los precios se est¨¢ frenando, actualizar las rentas de cada a?o con el aumento de los precios a lo largo del a?o siguiente produce p¨¦rdida sucesiva de poder adquisitivo.
De haber seguido esta pr¨¢ctica desde 1982, la p¨¦rdida de poder adquisitivo hasta 1988, por utilizar incorrectamente el IPC, podr¨ªa evaluarse en, aproximadamente, un 4,5% (al margen de los posibles sesgos introducidos en la elaboraci¨®n del ¨ªndice y sin tener en cuenta los cambios producidos en la carga impositiva, la cotizaci¨®n a la Seguridad Social, etc¨¦tera, que pueden haber estado afectando a la capacidad de compra de las familias).
Todo esto hace que sea dif¨ªcil entender que, a?o tras a?o (al menos desde los Pactos de la Moncloa), la tasa de variaci¨®n esperada de los precios de consumo durante el pr¨®ximo a?o sea la utilizada para valorar el incremento del salario de ese pr¨®ximo a?o respecto del salario corriente. Una vez m¨¢s, la costumbre parece haber llevado a aceptar una pr¨¢ctica incorrecta: nada suele expresarse en contra de la aceptaci¨®n generalizada de esta pr¨¢ctica.
Buena prueba de ello es que las cl¨¢usulas de revisi¨®n salarial incluidas en los convenios para el caso de que no se cumpla la previsi¨®n de inflaci¨®n -que llegan a ser decisivas en el cierre de un acuerdo entre sindicatos y empresarios- se establece, sin reserva, tomando como referencia la evoluci¨®n de los precios a lo largo del a?o, en lugar de comparando la de un a?o con el anterior.
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