El rechazo de unos documentos esclarecedores
La decisi¨®n del titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 1 de Pamplona, Guillermo Ruiz de Polanco, de rechazar la documentaci¨®n remitida por el Consejo General del. Poder Judicial (CGPJ) sobre las dolencias ps¨ªquicas padecidas por su compa?ero Juan Jos¨¦ Garc¨ªa P¨¦rez permite poner en duda la voluntad de esclarecer los hechos por los que ayer fue juzgada la Cristina Almeida, seg¨²n la defensa de la abogada. Para esta fuente resulta de dif¨ªcil comprensi¨®n que unos documentos directamente relacionados con la causa sean dejados al margen del proceso.Seg¨²n el escrito de conclusiones provisionales del fiscal, el juicio contra Almeida tiene como origen afirmaciones sobre el magistrado Garc¨ªa P¨¦rez como las siguientes, realizadas por la abogada el 19 de noviembre de 1987 a ra¨ªz del auto dictado en un caso de aborto: "Yo s¨¦ que este juez estuvo sometido a un expediente de incapacidad mental en la Audiencia Territorial de Bilbao"; "en el auto de procesamiento se hacen afirmaciones que suponen una mentalidad demasiado retorcida para aplicar justicia"; "...al aludido expediente de incapacidad habr¨ªa que incorporar el auto de procesamiento para saber si de verdad refleja una mentalidad normal".
Entre las pruebas propuestas por Almeida figuraba la petici¨®n de que se requiriera al CGPJ para que remitiera el expediente personal del juez Garc¨ªa P¨¦rez, as¨ª como que certificara sobre la apertura de expediente disciplinario o informaci¨®n sobre el mismo. Igualmente se ped¨ªa que el presidente de la Audiencia Territorial de Bilbao certificara respecto a diligencias informativas sobre dicho juez por posibles problemas ps¨ªquicos y, en concreto, si fue objeto de examen m¨¦dico.
El juez Ruiz de Polanco s¨®lo admiti¨® solicitar a tales ¨®rganos si en el momento en que Almeida formul¨¦ las declaraciones por las que. se le proces¨® exist¨ªa alg¨²n expediente por incapacidad mental contra el juez ofendido. El CGPJ remiti¨® datos relativos a las dolencias ps¨ªquicas del juez Garc¨ªa P¨¦rez en 1985 (EL PA?S de ayer), que no hab¨ªan sido solicitados, y el juzgador las ha dejado al margen.
Las fuentes jur¨ªdicas antes citadas reconocen que el juez Ruiz de Polanco est¨¢ amparado por el ejercicio independiente de su potestad jurisdiccional, que podr¨¢ corregirse, en su caso, en otras instancias. Pero consideran chocante el rechazo judicial de unos documentos que, al margen de su evaluaci¨®n final junto al resto de las pruebas, pueden contribuir a esclarecer la causa que se juzga.
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