El Gobierno reduce las competencias judiciales en el r¨¦gimen penitenciario
El Gobierno reducir¨¢ en breve las competencias de la autoridad judicial en el r¨¦gimen penitenciario al suprimir la competencia de los magistrados para ordenar los traslados de presos a hospitales extrapenitenciarios y otorg¨¢rsela a los directores de las c¨¢rceles. Esta novedad est¨¢ incluida en el proyecto de reforma del reglamento penitenciario que ha sido elaborado entre los ministerios de Justicia, Interior y Sanidad, seg¨²n fuentes oficiales.
El proyecto de reforma, al que ha tenido acceso este peri¨®dico, modifica el art¨ªculo 79 del actual reglamento penitenciario, que data de 1981. En aquel art¨ªculo se otorgaba a los jueces o tribunales la competencia para permitir el traslado de un preso preventivo o penado a un hospital extrapenitenciario. La nueva redacci¨®n de ese art¨ªculo indicar¨¢ que "la salida de internos para consulta e ingreso en centros hospitalarios no penitenciarios ser¨¢ acordada por el centro directivo"."El ingreso de los detenidos, presos y penados en los centros hospitalarios dependientes de administraciones p¨²blicas no penitenciarias", a?ade el proyecto, "ser¨¢ acordado por el centro directivo de las administraciones penitenciarias, previa propuesta razonada de las juntas de r¨¦gimen y administraci¨®n, a las que se acompa?ar¨¢n informes m¨¦dicos". No obstante, la proyectada reforma incluye la exigencia de informar inmediatamente a los jueces del traslado efectuado: "Del traslado de los detenidos y presos se dar¨¢ cuenta a la autoridad judicial de que dependan, y al juez de vigilancia en el caso de los penados".
Drogodependencias
Fuentes oficiales han se?alado que el motivo de la supresi¨®n de la competencia judicial en este tema radica en la urgencia que a veces conllevan los prop¨ªos traslados, debido a la gravedad de las enfermedades en algunos casos. Estas fuentes negaron "cualquier otra raz¨®n" en la limitaci¨®n de competencias a los jueces. Las mismas fuentes a?adieron que el traslado a hospitales extrapenitenciarios ha de verse como una excepci¨®n, ya que existe una infraestructura propia (hospitales y enfermer¨ªas en las c¨¢rceles) que se utiliza normalmente. "No obstante, para determinadas enfermedades y estancias largas es m¨¢s adecuado el ingreso del interno en centros extrapenitenciarios", a?adieron estas fuentes, que recorsos actuales -m¨¢ximo hist¨®rico-, normalmente unos 3.000 requieren atenciones sanitarias.En este sentido, las mencionadas fuentes indicaron que existen drogodependencias en los centros per¨²tenciarios, que en algunos casos derivan en enfermedades como la hepatitis y el SIDA. "La sanidad p¨²blica debe colaborar, y el Ministerio de Sanidad ha mostrado su apoyo", a?adieron las fuentes informantes.
El proyecto, redactado en el Ministerio de Justicia, ha sido negociado desde el mes de julio pasado con los departamentos del Interior y de Sanidad. Entre las aportaciones del ministerio que encabeza Jos¨¦ Barrionuevo destaca una remitida por el director general de la Polic¨ªa, Jos¨¦ Mar¨ªa Rodr¨ªguez Colorado, que ha sido incluida como disposici¨®n adicional. "En los centros hospitalarios" extrapenitenciarios "existir¨¢n habitaciones o dependencias que re¨²nan las necesarias cond¨ªciones de seguridad para el tratarniento e internarniento de los enfermos y para el servicio de vigilancia, respet¨¢ndose en todo caso la intimidad de aqu¨¦llos", se?ala la disposici¨®n. En normas posteriores se determinar¨¢n las condiciones de las habitaciones.
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