La aplicaci¨®n de la ley antiterrorista a 'el Nani' fue sugerida por un grupo policial, declara Barrionuevo
El ministro del Interior, Jos¨¦ Barrionuevo, admite a la Secci¨®n Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, que instruye el caso el Nani, que autoriz¨® en noviembre de 1983 la aplicaci¨®n de la ley antiterrorista a Santiago Corella Ruiz, aunque precisa que un gabinete del departamento est¨¢ facultado para transmitir la conveniencia de ejecutar dicha legislaci¨®n. Las respuestas por escrito del ministro del Interior llegaron a primera hora de la ma?ana de ayer a la Audiencia Provincial, mientras los responsables de su departamento comparecer¨¢n en persona ante el tribunal que iniciar¨¢ el juicio por la desaparici¨®n de el Nani el d¨ªa 13 de este mes.
La Secci¨®n Cuarta de la Audiencia Provincial s¨®lo declar¨® pertinentes 29 de las 80 preguntas que hab¨ªan formulado al ministro del Interior varios abogados que defienden a algunos de los polic¨ªas procesados. El tribunal admiti¨® 8 de las 15 preguntas formuladas por el letrado Jos¨¦ Emilio Rodr¨ªguez Men¨¦ndez (defensor del comisario procesado Francisco Javier Fern¨¢ndez ?lvarez), 20 de las 62 del abogado Manuel Tuero (defensor del polic¨ªa procesado Victoriano Guti¨¦rrez Lobo) y una de las tres del letrado Salgado (defensor del polic¨ªa Francisco Aguilar Gonz¨¢lez).Jos¨¦ Barrionuevo reconoce que la autorizaci¨®n que concede el ministro para la aplicaci¨®n de la ley antiterrorista viene previamente informada por un gabinete asesor denominado Tepol (unidad especial de polic¨ªa y enlace para delitos de terrorismo, dependiente de la Secretar¨ªa de Estado para la Seguridad).
El ministro del Interior admite que un gabinete del departamento est¨¢ facultado para informar sobre la conveniencia de la aplicaci¨®n de la legislaci¨®n antiterrorista, en clara referencia el grupo Tepol. Se da la circunstancia de que la respuesta del ministro del Interior sobre la aplicaci¨®n de esta legislaci¨®n a Santiago Corrella se transmiti¨® a los 16 minutos de que el Tepol enviara el t¨¦lex solicitando la incomunicaci¨®n de el Nani y su compa?ero Andr¨¦s Manzano Rubio.
Antiterrorista a comunes
Algunas fuentes se?alan que dichas autorizaciones pueden ser aprobadas por un gabinete del Ministerio del Interior que est¨¢ facultado para realizar tales funciones.Jos¨¦ Barrionuevo reconoce que durante los a?os 1983 y 1984 se aplic¨® la ley antiterrorista a grupos armados de delincuentes comunes, aunque desconoce que se impartieran instrucciones para que las jefaturas superiores presentaran a los detenidos que se les hubiera aplicado la ley antiterrorista, a excepci¨®n de los acusados de actos terroristas, en el juzgado de instrucci¨®n de guardia y no ante el juzgado central de guardia, ?dependiente de la Audiencia Nacional.
Un informe policial enviado al tribunal admite que a un total de 417 supuestos delincuentes comunes les fue aplicada en los a?os 1981, 1982 y 1983, s¨®lo en la demarcaci¨®n de Madrid, la legislaci¨®n antiterrorista, y pasaron a disposici¨®n del juzgado de instrucci¨®n de guardia al ser "considerados como delincuentes comunes integrados en bandas armadas o por su presunta participaci¨®n en delitos que incid¨ªan gravemente en la seguridad ciudadana".
El informe "sobre detenidos comunes a los que se aplic¨® la Ley 11/80", firmado por el comisario jefe de la Brigada Region,d de Policia Judicial, reconoce que en 1981 les fue aplicada la ley antiterrorista, s¨®lo en Madrid, a 180 personas; en 1982, a 109 personas, y en 1983, a128.
El informe precisa que "solamente se puede dar contestaci¨®n a los casos que han afectado a esta Brigada Regional de Polic¨ªa Judicial de Madrid, sin incluir los que pudieran corresponder al total nacional, por no obrar estos datos en poder de esta brigada, sino en la sede de la unidad especial de polic¨ªa judicial para delitos de terrorismo (Tepol)".
Fuentes judiciales consultadas l?or este peri¨®dico se?alan como "absolutamente irregular" la aplicaci¨®n de esta ley a delincuentes comunes. Dichas fuentes califican como m¨¢s irregular a¨²n que los delincuentes comunes a los que se haya aplicado la legislaci¨®n antiterrorista fueran presentados ante los juzgados de instrucci¨®n y no ante los juzgados centrales, dependientes de la Audiencia Nacional, como es preceptivo.
Barrionuevo admite que tuvo conocimiento de que despu¨¦s de la huida de Santiago Corella fue abierto un expediente por la Direcci¨®n General de la Polic¨ªa en el cual se investigaron todos los hechos, siendo archivados sin responsabilidad para los funcionarios suimplicados en el Caso.
El ministro del Interior se remiti¨® a sus manifestaciones en el Congreso de los Diputados a la pregunta de "cu¨¢l fue la raz¨®n y significaci¨®n, m¨¢s si en su caso exist¨ªa alg¨²n hecho objetivo y concreto que lo fundamentara", para que en dicha comparecencia manifestara a Juan Mar¨ªa Bandr¨¦s sobre la aplicaci¨®n de la ley antiterrorista a el Nani: "utilizando su lenguaje, se?or diputado, es posible que al ministro le hayan metido un gol".
Deontolog¨ªa del letrado
Por otra parte, la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Madrid ha resuelto, en relaci¨®n con una comunicaci¨®n del fiscal, que "no hay responsabilidad deontol¨®gica en la conducta del letrado Jos¨¦ Emilio Rodr¨ªguez Men¨¦ndez" en el caso el Nani, al haber sido abogado del joyero Federico Venero en 1982 y ahora interrogarle como testigo en la instrucci¨®n sobre la desaparcici¨®n de Santiago Corella.El fiscal de la Audiencia Provincial de Madrid comunic¨® al Colegio de Abogados que podr¨ªa existir una falta de deontolog¨ªa profesional e instrusismo del letrado Rodr¨ªguez Meri¨¦ndez al haber dirigido la acusaci¨®n privada del joyero santaderino en un atraco que sufri¨® en su negocio en 1982 y ahora interrogarle como testigo en el caso el Nani.
El Colegio de Abogados estima que el letrado ha hecho preguntas al joyero Venero "que no conciernen a los hechos que hubiera podido conocer cuando fue su abogado como acusador privado", estima que no existe ninguna falta de deontolog¨ªa e instrusismo y acuerda el archivo del expediente iniciado.
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