'Begin the begin...' en la plaza de Castilla
La discusi¨®n sobre la plaza de Castilla va camino de desenfocarse por completo. El tramo recorrido quiz¨¢ no sea reversible. Suculento es el anecdotario que ofrece todo gran negocio inmobiliario; apabullante, la facilidad de ciertos intereses y siglas en convertirse en noticia en el ambiente reinante. Mi postura puede resultar ingenua; el problema real es otro: decidir el modo mejor de resolver urban¨ªsticamente ahora los problemas que confluyen en esta peque?a, pero significativa porci¨®n del espacio urbano madrile?o. Enderezar, en definitiva, las torpezas y desatinos acumulados en este enclave.Nunca resuelta, la ordenaci¨®n urban¨ªstica de este lugar se afront¨® de nuevo en el Plan General de 1985, ahora vigente, en cuya elaboraci¨®n -plaza de Castilla incluida- me cabe el honor de haber sido destacado protagonista.
Cualquier soluci¨®n resultaba compleja: hab¨ªa de ser necesariamente un compromiso entre el pasado y el futuro. El lugar, ya englobado plenamente en el casco de Madrid, conten¨ªa una larga historia urban¨ªstica cargada de desaciertos. Un pasado que se ha hecho realidad en una Castellana, expresi¨®n del Madrid moderno, que m¨¢s arriba de los Nuevos Ministerios est¨¢ bordeada de edificios de altura que han surgido a partir de la elevada edificabilidad reconocida y estimulada por planes y normas urban¨ªsticas anteriores. Pasado que encerraba, pues -y no s¨®lo aqu¨ª-, decisiones administrativas de cuya firmeza y efectos el Plan General no pod¨ªa hacer caso omiso. Prueba de ello es que en m¨¢s de la mitad de las ¨¢reas del suelo urbano con terrenos todav¨ªa libres, el plan reconoci¨® casi totalmente los derechos de planeamiento anterior, creando un r¨¦gimen especial para ellos: las denominadas ¨¢reas de planeamiento diferenciado (APD).
Una v¨ªa de acuerdo
Pues bien, a los terrenos de la plaza de Castilla ahora objeto de pol¨¦mica no se les dio esa consideraci¨®n. La propiedad argument¨® sus pretensiones de reconocimiento de derechos no s¨®lo sobre Ha validez y el alcance de las normas urban¨ªsticas, sino sobre la improcedencia de erosionar, a posteriori, el importe de una deuda satisfecha en especie mediante acuerdo con la Administraci¨®n y sobre el hecho de haber estado a punto de conseguir coet¨¢neamente la licencia de construcci¨®n para parte de sus terrenos. Frente a ello, el Ayuntamiento busc¨® -como en tantos otros sitios- una v¨ªa de acuerdo en la que pudieran conciliarse esos intereses privados con contrapartidas en beneficio de esa zona particular y de la ciudad en general. Resultado de ello fue el convenio suscrito en 1984, trasladado despu¨¦s a las determinaciones del Plan General.
Esas contrapartidas eran significativas. Prueba quiz¨¢ de su entidades que sean hoy las que, al parecer, se pretenden obviar. La construcci¨®n en los terrenos de un intercambiador de transporte p¨²blico, objetivo esencial en este enclave, junto con la remodelaci¨®n de la hoy mal llamada plaza y punto nodal del tr¨¢fico... y, adem¨¢s, la exigencia de una cesi¨®n gratuita para el Ayuntamiento del equivalente al 15% del valor conjunto del suelo -que hoy no puede estimarse en menos de 4.000 millones-, destinables a la adquisici¨®n de suelo para equipamientos y zonas verdes. Todo ello, reconociendo una edificabilidad elevada (los famosos 125.000 metros cuadrados, incluida la superficie del intercambiador), sensiblemente menor, sin embargo, a la reclamada por la propiedad, que siempre insisti¨® en los 486.000 metros c¨²bicos (equivalente a unos 162.000 metros cuadrados) en que lleg¨® a cifrarse en su d¨ªa el pago que la Administraci¨®n reconoci¨® a la propiedad en una remota permuta de terrenos.
Aunque no necesariamente esa edificabilidad propicia soluciones en altura. Sin prejuicios t¨®picos ni maniqueos, esa elevada edificabilidad no tiene por qu¨¦ implicar resultados negativos. Adefesios los hay, y muchos, bajos y altos. ?stos se notan m¨¢s, y la plaza de Castilla ofrece un muestrario de ello. La torre, sin embargo, no cualquier torre, puede ser bell¨ªsima. Ejemplos, sin duda, hay, como la del Banco de Bilbao en Azca. La f¨®rmula en altura no vale indiscriminadamente, y as¨ª se neg¨® en el plan. No vale como norma, pero puede ser la soluci¨®n en casos singulares como ¨¦ste.
Concurso p¨²blico
Pero habiendo llegado a ese compromiso, el plan introdujo una condici¨®n adicional y ¨²nica en Madrid. La soluci¨®n concreta y conjunta de la plaza no pod¨ªa establecerse desde el Plan General. Hab¨ªa que fijar las condiciones, encomendando aqu¨¦lla a una operaci¨®n conjunta y simult¨¢nea de ordenaci¨®n y proyecto arquitect¨®nico de los que, en ¨²ltimo t¨¦rmino, tal soluci¨®n depende en un caso como ¨¦ste. As¨ª se hizo, obligando a convocar un concurso p¨²blico. La iniciativa privada ten¨ªa que considerar las exigencias de la ciudad, y la opini¨®n p¨²blica ten¨ªa que valorar las alternativas posibles. La pol¨¦mica que hoy se suscita, tard¨ªa y confusamente, constitu¨ªa un objetivo del Plan General. Se obvi¨® en la convocatoria del concurso y por dos veces se declar¨® desierto. Minusvalorar lo excepcional de este singular procedimiento o trivializar burocr¨¢ticamente esa convocatoria equivale a no haber querido atender lo que dice sobre este lugar de la ciudad.
Anulado el concurso, no producido el debate, ¨¦ste surge hoy ante un rampl¨®n y mezquino estudio de detalle elaborado por la empresa, que obvia, e incluso tergiversa -con esa burla de intercambiador alejado de todo punto de intercambio-, los compromisos contra¨ªdos. Precisamente lo que se pretend¨ªa impedir desde el Plan General, y con la sorprendente aceptaci¨®n de los responsables municipales del urbanismo madrile?o, que no dudaron en desechar las propuestas presentadas al concurso aduciendo su insuficiente calidad.
A partir de lo que el Plan General establece, son posibles soluciones buenas y malas. No es dif¨ªcil demostrar que la del actual estudio de detalle -presentada, sin embargo, como ¨²nica posible por el concejal Espelos¨ªn- pertenece a las ¨²ltimas. No estar¨ªa de m¨¢s que el jurado que desech¨® las anteriores se pronunciase ahora p¨²blicamente sobre ¨¦sta.
De aqu¨ª podr¨ªa arrancar el debate, relegando a las p¨¢ginas econ¨®micas otros aspectos que pueda pensarse que concurren en el caso, o incluso, si alguien encuentra materia para ello, a las p¨¢ginas de sucesos.
Todav¨ªa se est¨¢ a tiempo. Con la pol¨¦mica suscitada, las condiciones se han creado ahora para convocar de nuevo un concurso. Denle la importancia que merece, estimulen las ideas: la plaza de Castilla todav¨ªa tiene soluci¨®n. Si tras esa prueba -de hecho, la primera en condiciones- la opini¨®n sigue reclamando una modificaci¨®n del Plan General y una costosa expropiaci¨®n, proc¨¦dase entonces a ¨¦sta, pero no sin antes haber puesto la imaginaci¨®n y la creatividad al servicio de la ciudad, en un ¨²ltimo y quiz¨¢ ingenuo intento de arrinconar a los pillos.
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