La pena de muerte introducida en el C¨®digo castrense es inconstitucional, seg¨²n un magistrado del Supremo
, Marino Barbero Santos, magistrado del Tribunal Supremo y catedr¨¢tico de Derecho Penal, defendi¨® ayer, en presencia de los ministros de Justicia de Espa?a, Fernando Ledesma, e Italia, Giuliano Vasall¨ª, la inconstitucionalidad de la pena de muerte en tiempo de guerra introducida en el C¨®digo Penal Militar de 1985. El alegato contra la pena de muerte se produjo precisamente durante la conmemoraci¨®n de la abolici¨®n constitucional de la pena capital por los magistrados, fiscales y profesores que han asistido esta semana en Albacete a las jornadas sobre derecho penal, clausuradas ayer.
El jurista Barbero, luchador contra la pena de muerte desde la etapa franquista, invoc¨® la ejecuci¨®n en 1963 de Juli¨¢n Grimau y el proceso posterior hasta la incorporaci¨®n de nuestro pa¨ªs a los 36 Estados que han abolido la pena capital, si bien no figura, seg¨²n record¨®, entre los 18 que la han suprimido de forma absoluta. Calific¨® de "ocasi¨®n perdida" la Constituci¨®n de 1978 por haber abolido la pena de muerte, "salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra".Manifest¨® que el Parlamento, al dar acogida "con plena complacencia" en el C¨®digo Penal Militar del 9 de diciembre de 1985 a la pena de muerte, no s¨®lo ha producido el desencanto de los abolicionistas, sino que ha vulnerado la Constituci¨®n, que prohibe, sin excepciones, las penas inhumanas o degradantes, "y ninguna es m¨¢s inhumana que la pena capital".
Barbero record¨® que el c¨®digo castrense presenta como "imperativo constitucional" lo que s¨®lo es una habilitaci¨®n potestativa, que no se ha cumplido correctamente, porque extiende el concepto jur¨ªdico de guerra declarada por el Rey a la mera ruptura de hecho de las hostilidades o al supuesto de movilizaci¨®n militar. Agreg¨® que entre los derechos y libertades suspendibles cuando las Cortes declaran el estado de sitio no figura el derecho a la vida, por lo que es inconstitucional el uso que el legislador de 1985 ha hecho "con esp¨ªritu letal", dijo, de la posibilidad abierta por la Constituci¨®n.
Terrorismo
El ministro de Justicia italiano, Giuliano Vasalli, expres¨® la comprensi¨®n hacia Espa?a, ya que la Constituci¨®n italiana de 1948 aboli¨® la pena de muerte excepto en las leyes militares de guerra. Vasalli invoc¨® la experiencia de Italia, en donde hace 10 a?os, a causa del terrorismo, algunos partidos pidieron sin ¨¦xito el restablecimiento de la pena de muerte en tiempo de paz, y agreg¨®: "Esperamos que Espa?a no vuelva a establecer una pena condenada por la moral y por la historia".
El catedr¨¢tico de Derecho Pena? y actual director del Centro de Estudios Judiciales, Carlos Garc¨ªa Vald¨¦s, se hizo eco de los "sectores sociales que defienden en la actualidad espa?ola la restauraci¨®n de la pena capital" contra los terroristas desde posiciones que calific¨® de "emotivas". Garc¨ªa Vald¨¦s afirm¨® que la gravedad del problema terrorista "no puede hacer que el Estado sacrifique, como es la abolici¨®n de la pena de muerte en las sociedades democr¨¢ticas avanzadas, logros no renunciables".
Ni Garc¨ªa Vald¨¦s ni, m¨¢s tarde, el ministro de Justicia, Fernando Ledesma, contestaron en sus intervenciones a las objeciones jur¨ªdicas hechas por el magistrado Barbero. En cambio, Ledesma tuvo palabras de ¨¢nimo para el presidente de la Asociaci¨®n de,Magistrados de Chile, Germ¨¢n Hermosilla, al que exhort¨® a la defensa de los derechos humanos y de las libertades y augur¨® una pr¨®xima "abolici¨®n de la pena de muerte en Chile antes de lo que pueda creerse".
Previamente, Hermosilla, expres¨® su esperanza de que alg¨²n d¨ªa los magistrados de Chile "dejemos de asumir la grav¨ªsima responsabilidad que s¨®lo compete a Dios, el ¨²nico se?or de la vida". Explic¨® que la pena de muerte est¨¢ reservada en Chile para delitos grav¨ªsimos.
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