?lites financieras y OPA hostiles
?Itimamente se ha desatado en Espa?a una especie de furor por las fusiones, absorciones o tomas de control de unas empresas por otras, utilizando, entre otros mecanismos, la oferta p¨²blica de adquisici¨®n de acciones (las repentinamente famosas OPA) en sus diferentes variantes de pago en met¨¢lico, mediante permuta o canje de acciones de la sociedad compradora, variante mixta met¨¢lico-acciones, etc¨¦tera.Pues bien, ¨¦ste puede ser un paradigma especialmente evidente de lo que decimos. M¨¢s concretamente a¨²n: es muy posible que las invocaciones hechas, tanto desde la parte compradora como desde la propia sociedad a la que se refiere la oferta de compra, se realicen siempre pomposamente en beneficio o en defensa de los intereses de las sociedades o de las masas de accionistas an¨®nimos respectivos, cuando en el fondo, y casi con toda probabilidad, es un asunto que se plantea y ventila en el marco de los intereses materiales e inmateriales, de las elites de poder de las partes, esto es, como lucha de intereses que se resuelve con o sin acuerdo -OPA amistosa u OPA hostil- seg¨²n la capacidad de negociaci¨®n, poder, recursos, compensaciones a recibir, etc¨¦tera, de las elites mutuas.
Ser¨ªa en el fondo la traslaci¨®n al mundo de las finanzas del viejo aforismo del despotismo ilustrado de todo para los accionistas pero sin los accionistas. Cosa entre pocos que afecta a muchos o cuesti¨®n en la que los intereses de los menos deciden y afectan los intereses monetarios o patrimoniales de los m¨¢s, vaya o no la decisi¨®n tomada en favor de estos ¨²ltimos, aunque, eso s¨ª, invocando siempre el beneficio de los m¨¢s.
OPA inamistosas
Es, sobre todo, en las OPA inamistosas, hostiles o no consentidas a priori por la elite financiera de la sociedad que se pretende controlar, donde se plantea con toda su crudeza esta lucha entre los barones financiero-gerenciales respectivos, expuesta en p¨²blico, sin embargo, con el ropaje de los intereses generales.
Una OPA es un instrumento para la toma de control sobre una sociedad mercantil (normalmente, una sociedad cotizada en bolsa) por parte de una c¨²pula financiera distinta de la que habitualmente lo ven¨ªa ejerciendo, por lo que siempre hay algo de victoria-derrota entre las elites en juego, algo de subordinaci¨®n o al menos p¨¦rdida total o parcial del poder de decisi¨®n de la elite antigua en favor de la nueva. En esto se distinguir¨¢ de los procesos de mera fusi¨®n legal (pura o por absorci¨®n), donde este fen¨®meno, aun pudiendo darse, suele ser menos acusado, aunque no hay duda de que tambi¨¦n en estos casos el tema del reparto del poder sobre el conjunto formado entre las elites de origen es determinante para sellar el acuerdo.
Todo esto se ha visto con bastante claridad en casos recientes en los que han aparecido implicadas algunas de las principales entidades financieras del pa¨ªs. Primero, con una OPA hostil frustrada; despu¨¦s, con un acuerdo de fusi¨®n feliz, y, por ¨²ltimo, con un acuerdo de fusi¨®n con reparos o a rega?adientes, de parte de la elite financiera de una de las entidades. Si ha habido luz verde a las fusiones es porque ha habido acuerdo en cuanto al reparto de esca?os o sillones, y habiendo acuerdo en este punto, todo lo dem¨¢s viene por a?adidura. Por contra, si hubo reacci¨®n en el caso de la OPA hostil, es porque hab¨ªa insatisfacci¨®n o derrota por una de las partes que, por suerte para ella, encontr¨® adem¨¢s un palad¨ªn financiero en alianza casual con la hermen¨¦utica jur¨ªdica. Los accionistas de a pie de las diferentes entidades, puras comparsas de la representaci¨®n, ya que el sistema es lo que es.
As¨ª pues, lo primero y decisivo ser¨ªa el reparto de poder entre las elites financieras respectivas, o sea las repercusiones que de ello se derivar¨ªan sobre sus intereses materiales e inmateriales. Si se logra el acuerdo habr¨¢ fusi¨®n u OPA amistosa; si no se logra o ni siquiera se intenta el di¨¢logo, habr¨¢ OPA hostil, efectuada con mayor o menor sorpresa. Es una pura pugna de intereses de un grupo escaso de personas con nombres y apellidos quienes van a inclinar la balanza en una direcci¨®n u otra.
Ahora bien, cuando no ha habido acuerdo entre las elites y se da curso a una OPA inan¨²stosa, la fiesta est¨¢ servida y comenzar¨¢ la lucha con la ceremonia de los comunicados a los accionistas y otras maniobras adicionales. Y es precisamente aqu¨ª donde surge la pregunta de hasta qu¨¦ punto la sociedad sobre la que se ejercita una OPA debe mantenerse neutral o no una vez efectuada la publicaci¨®n oficial en toda regla de la oferta. Dicho con m¨¢s concreci¨®n a¨²n: ?es o no l¨ªcito realizar una campa?a de oposici¨®n a la OPA hostil -desde el momento de su publicaci¨®n oficial-, orquestada por parte de la representaci¨®n de la sociedad que la sufre, dirigida a la masa de accionistas an¨®nimos, consumiendo recursos financieros de la propia sociedad a la que pertenecen, por tanto a todos los accionistas (todo ello al margen del contenido m¨¢s o menos cierto de los reclamos publicitarios empleados), para tratar en el fondo de defender intereses de su c¨²pula financiera, que no comulga con esta soluci¨®n por las repercusiones desfavorables que puedan derivarse antes que nada para sus miembros?
Campa?as de resistencia
Que actualmente ello es posible -con la legislaci¨®n en vigor en la mano-, nadie lo pone en duda. De hecho esto ha podido verse en dos de los casos m¨¢s sonados de OPA hostiles recientemente habidos en Espa?a, con campa?as de resistencia dirigidas hacia sus accionistas sufragadas con fondos de la sociedad y en nombre de su consejo de administraci¨®n, am¨¦n de otras medidas claramente oportunistas tendentes a contentar fugazmente a sus accionistas. La cuesti¨®n se plantea, como es natural, en el terreno del deber jer, esto es, si es l¨ªcito o no en este plano, pues de no serlo habr¨ªa que demandar la inclusi¨®n de la prohibici¨®n de estas pr¨¢cticas dentro de la legislaci¨®n correspondiente a las OPA. En la actualidad reguladas por Real-Decreto 279/1984, de 25 de enero. Recientemente aprobada la ley de Reforma del Mercado de Valores, habr¨¢ que esperar a la regulaci¨®n reglamentaria de las OPA.
Hay que se?alar que, de acuerdo con las reglas del sistema econ¨®mico en que vivimos, es el plebiscito diario del llamado mercado libre de capitales (bolsa) quien establece sabiamente la correcta apreciaci¨®n colectiva de la cotizaci¨®n de las acciones; ninguna mejor apreciaci¨®n o referencia que ¨¦sta para los accionistas de a pie en consecuencia. Nadie pone en duda este axioma del sistema y mucho menos a¨²n las elites financieras que controlan las sociedades cotizables, en per¨ªodos llam¨¦mosles normales para los intereses de ¨¦stas, esto es, compatibles con el mantenimiento del statu quo de poder a su favor dentro de sus correspondientes compa?¨ªas.
Desde esta premisa, no deja de ser curioso que cuando se produce una OPA hostil, cuyo resultado favorable final implicar¨¢ con seguridad el cambio del statu quo de poder, OPA que normalmente mejorar¨¢ y hasta muy sensiblemente el precio de las acciones en relaci¨®n con la cotizaci¨®n burs¨¢til de las mismas en fechas previas, el equipo de poder en pleno de la compa?¨ªa desate una campa?a de aut¨¦ntico furor defensivo desde la pantalla et¨¦rea de la sociedad y utilizando fondos de ¨¦sta, aconsejando a la gran masa de accionistas an¨®nimos, sin voz ni voto efectivo desde siempre, que no acudan a ella, que no vendan sus acciones, porque la oferta va en contra de sus intereses, porque minusvalora sus acciones, porque hacen mal negocio, porque no refleja las favorables perspectivas futuras de la compa?¨ªa, porque tendr¨ªan que pagar impuestos por las plusval¨ªas y cosas por el estilo.
Ahora parece que de golpe se niega la virtud d¨¦ cuasiinfalibilidad del mercado burs¨¢til (cotizaci¨®n) por quienes habr¨¢n sido, al menos hablando en p¨²blico, ardorosos divulgadores de esta virtud del sistema. El fondo de la cuesti¨®n, obviamente, es que, de prosperar, la OPA va a cambiar el control de la compa?¨ªa en contra de la elite de poder y se intenta salir a flote del naufragio agarr¨¢ndose a un clavo ardiendo.
No, el accionista de a pie tiene un referente, que son las cotizaciones del mercado, y otro, que son las condiciones de la OPA, m¨¢s lo que est¨¦ dentro de su imaginaci¨®n: deseos, formaci¨®n e incluso los consejos que pudiera recabar, y debe decidir libremente, sin interferencias ni proclamas interesadas, realizadas en nombre de la sociedad y en defensa de sus intereses como accionistas, que consumen recursos financieros del acervo com¨²n, porque es m¨¢s que sospechoso que el fracaso de la operaci¨®n interese solamente a n¨²cleos o grupos concretos y muy privilegiados de la compa?¨ªa que han venido formando la casta del poder de la misma, pero no al accionista de a pie.
Reg¨²lense s¨®lidamente las condiciones para el ejercicio de las OPA (r¨¦gimen de autorizaci¨®n e impugnaci¨®n, l¨ªmites m¨ªnimos probablemente reforzando ¨¦stos, ofertas competitivas, etc¨¦tera) preceptuando la neutralidad de la sociedad sobre la que se, ejercita la oferta -sobre todo en la OPA hostil- limitando el papel de la sociedad sujeto pasivo de la OPA a que en la publicaci¨®n oficial de la oferta figure si se hace o no con su consentimiento previo; es decir, d¨¦jese la defensa o impugnaci¨®n de los acuerdos a los accionistas concretos y con sus medios materiales privados. Aunque se trate de qui¨¦n va a controlar la sociedad es, por encima de todo, una cuesti¨®n entre accionistas en la que no debe aparecer mezclada la propia sociedad como tal, sino que debe ser la voluntad de comprador y vendedores, sin interferencias interesadas, quienes deben decidir en el marco de la ley espec¨ªfica que regula las transmisiones masivas de t¨ªtulos en las que se adquiere el control.
Inter¨¦s de los accionistas
Dicho de otro modo, si lo que hay que defender son los intereses de los accionistas a quienes se ofrece la compra en masa de acciones dentro del r¨¦gimen de una OPA (amistosa u hostil), sinceramente deber¨ªamos confiar en las cautelas establecidas por la regulaci¨®n legal pertinente por encima de la pretendida voluntad o declaraci¨®n de defensa de las partes que tienen un inter¨¦s singular y diferencial en el negocio, a saber, las elites de poder de quien pretende la compra y de la sociedad a adquirir.
No olvidemos que las OPA -amistosas u hostiles- son instrumentos de sanidad financiera si se encauzan convenientemente, pues no en balde favorecen la movilidad del capital y, en definitiva, promueven la competencia dirigente, lo que est¨¢ en la l¨®gica del sistema capitalista, cuyo pilar b¨¢sico es la libertad de contrataci¨®n. Adem¨¢s de ello, las OPA suponen una especie de poder compensador (Galbraith) a favor de los accionistas an¨®nimos de las grandes sociedades an¨®nimas cotizables en bolsa y frente al excesivo poder detentado por sus elites financieras, ya que el riesgo de remoci¨®n de sus puestos puede deparar un cuidado y preocupaci¨®n m¨¢s efectiva hacia sus accionistas de base. La neutralidad de la sociedad, sujeto pasivo de la OPA -al menos en la OPA hostil- es un requisito de eficacia y asepsia del proceso y as¨ª deber¨ªa preceptuarse en la regulaci¨®n correspondiente.
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