Interior prev¨¦ multas de tr¨¢fico de 100.000 pesetas
Interior establecer¨¢ en la ley de Seguridad Vial fuertes sanciones administrativas, entre las que prev¨¦ unas multas de hasta 100.000 pesetas. El Consejo de Ministros aprob¨® comiso del veh¨ªculo con el que se efectuara la conducci¨®n temeraria. El Gobierno no descarta retirar preventivamente el permiso de conducir a quien sea detenido tras incurrir en una infracci¨®n delictiva.
Altos cargos de los Ministerios de Justicia y de Interior han trabajado conjuntamente en una reforma del C¨®digo Penal y en la elaboraci¨®n de la ley de Seguridad Vial para endurecer el castigo de las infracciones m¨¢s graves y sustituir el tratamiento delictivo de algunas conductas por sanciones administrativas.Los especialistas tienen previsto concluir a finales de este mes, o comienzos del pr¨®ximo la revisi¨®n del anteproyecto de ley de Seguridad Vial -su redacci¨®n comenz¨® cuando era director general de Tr¨¢fico Jos¨¦ Luis Mart¨ªn Palac¨ªn- y los responsables pol¨ªticos afirman que el Gobierno enviar¨¢ el proyecto al Parlamento antes de que termine este a?o.
El Gobierno acord¨® ayer despenalizar la provocaci¨®n de da?os causados por una conducta culposa y cuya cuant¨ªa sea inferior a las 500.000 pesetas.
A cambio de extraer del C¨®digo Penal el castigo de este tipo de da?os, la ley de Seguridad Vial impondr¨¢ una multa de similar cuant¨ªa a la m¨¢xima que se establezca para cualquier tipo de falta -actualmente es de 30.000 pesetas, pero Justicia estudia su aumento a 100.000 pesetas- y una suspensi¨®n del permiso de conduc¨ªr por un espacio de hasta tres meses.
Retirada del carn¨¦
Seg¨²n los responsables de la revisi¨®n del anteproyecto, el Gobierno no descarta imponer una retirada preventiva del carn¨¦ de conducir a quien sea detenido inmediatamente despu¨¦s de una infracci¨®n muy grave, medida que ya aplicaron este verano las autoridades francesas de Trafico.El Consejo de ministros agrav¨® ayer la penalizaci¨®n de la conducci¨®n temeraria, que puede llegar a la condena de prisi¨®n menor en los casos m¨¢s graves, cuando no se hayan causado da?os personales pero el riesgo producido sea muy grave. Para quienes se encuentren embriagados o afectados por el consumo de estupefacientes cuando son detenidos tras cometer una infracci¨®n delictiva, el Gobierno propone una condena de arresto mayor.
Mientras que hasta ahora la imprudencia simple, con infracci¨®n del reglamento y provocaci¨®n de lesiones, era considerada delito cuando produce lesiones "menos graves" y "graves", la reforma del C¨®digo Penal aprobada ayer prev¨¦ que sea considerada s¨®lo como "falta". La sanci¨®n prevista es de multa, arresto menor y suspensi¨®n del permiso de conducir por un plazo de hasta tres meses. "Todo da?o culposo en el que el importe de los destrozos causados sea inferior a medio mill¨®n de pesetas, quedar¨¢ despenalizado", precis¨® un alto cargo gubernamental.
Los da?os cometidos por imprudencia simple, con infracci¨®n de reglamentos y cuya cuant¨ªa supere las 500.000 pesetas, ser¨¢n en adelante considerados como "falta" -una vez que lo apruebe el Parlamento- y tendr¨¢n la misma penalizaci¨®n que el caso citado en el p¨¢rrafo anterior, con excepci¨®n del arresto.
Escasamente utilizada
Desde esta perspectiva de amedrentar a los posibles infractores, especialmente a los que provoquen un grave riesgo para la vida de otras personas, el Gobierno ha acordado la inclusi¨®n en el C¨®digo Penal de un precepto que expl¨ªcitamente permita el decomiso del veh¨ªculo con el que se ha realizado una conducci¨®n temeraria.Hasta ahora esta medida era factible, en la medida que un veh¨ªculo es el instrumento con que se ha cometido un delito, pero ha sido escasamente utilizada por los jueces en relaci¨®n con los delitos de tr¨¢fico.
El Consejo de Ministros decidi¨® tambi¨¦n que en adelante sea necesaria una denuncia para perseguir las infracciones caracterizadas como "falta".
Competencias
En t¨¦rminos generales, la ley de seguridad vial est¨¢ destinada a precisar las competencias que sobre esta materia conciernen al Ministerio del Interior, al de Trasportes y Comunicaciones, al de Sanidad, y a las consejer¨ªas correspondientes a estos departamentos en cada comunidad aut¨®noma.La Ley no regula el procedimiento de matriculaci¨®n de los veh¨ªculos o la expedici¨®n de los permisos de conducir, aspectos que ser¨¢n abordados en los reglamentos de desarrollo posterior.
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