Un homosexual reclama en juicio la indemnizaci¨®n laboral por la muerte de su pareja
El juez Ricardo S¨¢nchez S¨¢nchez, titular de la Magistratura de Trabajo n¨²mero 21 de Barcelona, deber¨¢ dictar sentencia sobre una demanda presentada por Juan Antonio Reina en reclamaci¨®n de una indemnizaci¨®n por la muerte de su compa?ero, F. M. T. Es la primera petici¨®n formulada por un homosexual que reclama un derecho de indemnizaci¨®n bas¨¢ndose en la convivencia con el fallecido.
F. M. T, fallecido el 17 de enero, trabajaba como educador en el Patronato Municipal de Guarder¨ªas Infantiles del Ayuntamiento de Barcelona. La reclamaci¨®n presentada por su compa?ero, Juan Antonio Reina, se basa en el art¨ªculo 36 del convenio colectivo del citado patronato que establece una indemnizaci¨®n de 1.300.000 pesetas en caso de muerte o invalidez total del trabajador. El art¨ªculo 14 del mismo acuerdo precisa la igualdad de condiciones en permisos y licencias para los trabajadores que lo soliciten por contraer matrimonio o por una relaci¨®n de hecho. "La uni¨®n de hecho, debidamente acreditada, quedar¨¢ asimilada al matrimonio", precisa el redactado.El demandante consider¨® que ten¨ªa derecho a percibir la indemnizaci¨®n, ya que mantuvo una relaci¨®n estable y convivi¨® con el fallecido durante siete a?os. El Patronato Municipal, sin embargo, deneg¨® la petici¨®n de Reina por entender que ¨¦ste ten¨ªa que demostrar su condici¨®n de heredero para poder obtener la indemnizaci¨®n.
Heredero
En la vista celebrada ayer, el letrado del Patronato, Oriol Mart¨ª Badia, declin¨® valorar la calidad de conviviente de Reina porque "esto entra dentro de la esfera de la intimidad personal" e insisti¨® en que el demandante no hab¨ªa demostrado ser heredero. Por el contrario, la abogada de Reina, Mar¨ªa Jos¨¦ Varela, subray¨® que era precisamente la condici¨®n de conviviente lo que justificaba la reclamaci¨®n "dado que en el mismo convenio se recoge la igualdad de las parejas con v¨ªnculos matrimoniales a las que no lo tienen".En ese mismo sentido se expresaron dos miembros del comit¨¦ de empresa del patronato que afirmaron que el esp¨ªritu del convenio "esencialmente era la voluntad de reconocer la igualdad del derecho tanto a los permisos como a la indemnizaci¨®n". Se da la circunstancia de que el convenio fue modificado con posterioridad al fallecimiento de F. M. T. Actualmente cada trabajador puede designar a la persona que quiera, para beneficiarse del seguro de vida.
La abogada record¨® la necesidad de que las leyes se adapten en todo momento a la realidad social y en esta l¨ªnea refiri¨® algunas sentencias del Tribunal Supremo en las que se han reconocido el derecho de indemnizaciones para mujeres convivientes, incluso en el caso de un v¨ªnculo matrimonial paralelo.
El demandante fue considerado por algunos de los testigos que acudieron al juicio como un "enfermero" del fallecido, mientras se prolong¨® el proceso terminal que padeci¨® a consecuencia de estar afectado por el SIDA. Una enfermera precis¨® que Reina pasaba las noches junto a su compa?ero, "primero en una silla; luego pusimos un plegat¨ªn".
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