Un jurado popular de Segovia condena a un homicida a una pena inferior a la impuesta por la Audiencia
Si a Mobamed Ben Said Ben Slimane, un ciudadano marroqu¨ª de 60 a?os juzgado el jueves en la Audiencia de Segovia por un delito de homicidio en grado de consumaci¨®n, le hubiera sentenciado un jurado popular habr¨ªa sido condenado a una pena de cuatro a?os y dos meses de prisi¨®n menor. La Audiencia, en una sentencia difundida ayer, le condena a ocho a?os de prisi¨®n mayor y al pago de indemnizaciones por un total de 32 millones de pesetas por un delito de lesiones graves y homicidio cometido por imprudencia temeraria con la concurrencia de eximente incompleta de leg¨ªtima defensa.El caso de Mohamed Ben Said ha servido para realizar un nuevo ensayo de jurado en Espa?a y mostrar la eficacia ciudadana en la justicia. Ben Said, que el 25 de agosto de 1987 se encontraba de viaje hacia Par¨ªs, de regreso de su pa¨ªs de origen, se vio envuelto en una reyerta protagonizada por miembros de su familia y de la del tambi¨¦n marroqu¨ª Amed Acharki Lanjri, de 52 a?os, en el t¨¦rmino de Cerezo de Abajo. En un momento de la pelea, Ben Said sali¨® del coche, tom¨® un palo y golpe¨® fuertemente en la cabeza a Amed Acharki, produci¨¦ndole la muerte.
Jos¨¦ Ignacio Rico, de 21 a?os, y Loren Aragoneses, de 25, ambos estudiantes de Derecho en el colegio universitario de Segovia, dos de los nueve miembros del jurado -no vinculante-, coinciden en se?alar que la instituci¨®n del jurado es positiva, aunque debe tratarse de un jurado mixto, en el que intervengan magistrados, porque a las personas que desconocen los temas jur¨ªdicos les puede resultar muy dif¨ªcil llegar a una soluci¨®n correcta. En sus discusiones, los jurados han planteado dudas t¨¦cnicas por tratarse de un caso complicado en el que las pruebas estaban poco claras.
Los nueve miembros del jurado, integrado por cinco hombres y cuatro mujeres, con una media de edad de 30 a?os, creen que el procesado es responsable de un delito de lesiones, pero no de homicidio, y coinciden con los magistrados en que hay un eximente incompleto de leg¨ªtima defensa.
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