El jefe de la Casa Real invoc¨® como aplicable a la afistocracia, el orden de sucesi¨®n en la Corona
La Audiencia de Madrid ha desestimado la pretensi¨®n del actual jefe de la Casa Real, Nicol¨¢s Cotoner y Cotoner, marqu¨¦s de Mond¨¦jar, quien aleg¨® su mejor derecho al marquesado de Agr¨®poli frente a su actual titular, Sonsoles de Melgar y Mac¨ªas. Entre las alegaciones favorables a la preferencia del var¨®n en la sucesi¨®n nobiliaria, Cotoner invoc¨® el actual orden sucesorio en la Corona espa?ola, a lo que el tribunal contesta que tal normativa s¨®lo es "aplicable al ¨²nico supuesto que regula", mientras permanece vigente para los dem¨¢s el principio constitucional de igualdad de sexos.
El origen de esta causa fue la demanda presentada por el marqu¨¦s de Mond¨¦jar ante el Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 1 de Madrid. Cotoner aleg¨® que el marquesado de Agr¨®poli, procedente de una concesi¨®n de Felipe III en 1617 es ostentado por Sonsoles de Melgar como consecuencia de que su antecesora, Carmen ?lvarez de Bohorquez, lo obtuvo por ser primog¨¦nita, en perjuicio del hermano de ¨¦sta, Jos¨¦ ?lvarez de Bohorquez, al que correspond¨ªa el marquesado por ser var¨®n y de quien Cotoner es descendiente.La titular del juzgado, Bego?a Fern¨¢ndez Dozagarat, desestim¨® la demanda del marqu¨¦s de Mond¨¦jar, en aplicaci¨®n de la doctrina del Tribunal Supremo, seg¨²n la cual "la preferencia del var¨®n sobre la mujer ha de estimarse actualmente discriminatoria y, en consecuencia, abrogada por inconstitucionalidad sobrevenida". Cotoner apel¨® la sentencia y, el recurso fue visto por la Secci¨®n D¨¦cima de la Audiencia Provincial de Madrid el 31 de enero.La sentencia, hecha p¨²blica ayer, desestima el recurso de apelaci¨®n y condena al pago de las costas al marqu¨¦s de Mond¨¦jar. La resoluci¨®n, de la que ha sido ponente el magistrado Joaqu¨ªn Navarro Estevan, considera que en la demandada "se cumplen todos los principios b¨¢sicos para obtener, como obtuvo", dice, "por v¨ªa hereditaria, el t¨ªtulo nobiliario de que se trata, sin que quepa estimar que la condici¨®n de mujer de su antecesora, do?a Mar¨ªa del Carmen ?lvarez de Bohorquez y Belvis de Moncada, la exclu¨ªa de tal sucesi¨®n, determinando el mejor derecho del hermano menor de la referida do?a Mar¨ªa del Carmen s¨®lo por la causa de ser ¨¦ste var¨®n y mujer su hermana mayor".La Audiencia de Madrid declara que la preferencia del var¨®n "supondr¨ªa un flagrante atentado" tanto contra los preceptos constitucionales que consagran la igualdad "como contra las inequ¨ªvocas proclamaciones del resto de instrumentos internacionales que constituyen el. m¨ªnimo ¨¦tico objetivo de nuestra civilizaci¨®n".En cuanto a la alegaci¨®n del jefe. de la Casa Real sobre la aplicaci¨®n a su caso del orden de sucesi¨®n en la Corona de Espa?a establecido en el art¨ªculo 57.1 de la Constituci¨®n, el tribunal dice as¨ª: "El apelante olvida que, en lo que concierne a este ¨²ltimo precepto, se trata de una normativa singular y excepcional, esto es, s¨®lo aplicable al propio y ¨²nico supuesto que regula, hasta el punto que ( ... ) de no existir tal regulaci¨®n singular y excepcional, o de no regularse espec¨ªficamente la sucesi¨®n en la Corona, ¨¦sta se realizar¨ªa, sin duda alguna, de acuerdo con el principio de igualdad de sexos, sin atenderse al orden de sucesi¨®n de los ordenamientos, hist¨®ricos que el apelante cita.".
Instituci¨®n anacr¨®nica
La sentencia rechaza la inaplicabilidad de la. Constituci¨®n a la sucesi¨®n nobiliaria y niega que se trate de una aplicaci¨®n retroactiva. "No se trata, como dice el apelante, de aplicar retroactivamente la Constituci¨®n a supuestos producidos con m¨¢s de 150 a?os de anterioridad", explica el tribunal, "sino de no dejar de aplicarla cuando se pretende, nada menos, que la condici¨®n de la mujer es inferior a la del var¨®n, aunque sea a los efectos de una instituci¨®n residual y anacr¨®nica, como era definida la nobleza por la sentencia del Tribunal Constitucional de 24 de mayo de 1982".
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