La inaplazable modernizaci¨®n de la carrera militar
La ley sobre la Funci¨®n Militar, que ha suscitado recelos en sectores militares, encubre bajo las cr¨ªticas la concepci¨®n de los derechos adquiridos de los funcionarios civiles o castrenses, idea de dif¨ªcil encaje en un Estado social y democr¨¢tico. Del mismo modo -opina el articulista- resulta preciso desmitificar el falso igualitarismo que se oculta tras el ascenso por antig¨¹edad.
El env¨ªo al Congreso del proyecto de ley sobre la Funci¨®n Militar suscita inquietudes en los funcionarios castrenses. Una de las cuestiones que generan m¨¢s resistencias, en especial en el Ej¨¦rcito de Tierra, es la baja de dos a?os en las expectativas de carrera. El l¨ªmite de edad para el retiro en el empleo de coronel era de 58 a?os desde 1984. Ahora se disminuye la relaci¨®n de servicio, reduci¨¦ndola a 32 a?os desde la terminaci¨®n de los estudios en la academia. Es significativo que la Agencia Espacial Europea excluya el reclutamiento de personas mayores de 55 a?os, la edad de acceso al generalato tras una carrera convencional, seg¨²n el proyecto.Las reticencias y la posible interposici¨®n de un recurso de inconstitucionalidad cuando se promulgue la ley denotan cierta confusi¨®n de conceptos en esos militares. La primera desorientaci¨®n radica en la no distinci¨®n entre los derechos adquiridos y las expectativas de derechos, y hay que subrayar que estas ¨²ltimas no se hallan protegidas por la Constituci¨®n en su art¨ªculo 9.3.
De hecho, el profesor Garrido Falla, el contradictor m¨¢s brillante y vehemente de la Ley 30/84, sobre funcionarios civiles, empleaba como ejemplo en su argumentaci¨®n a los militares, contrario sensu, para se?alar que ten¨ªan derecho gen¨¦rico al ascenso. A?adiendo que el alcanzar un determinado empleo antes de la jubilaci¨®n no es sino una mera expectativa, que se realizar¨¢ o no, en funci¨®n de las vacantes y el movimiento subsiguiente de las escalas.
Derechos adquiridos
Tras las pretensiones militares en contra del proyecto subyace la concepci¨®n de los derechos adquiridos de los funcionarios, civiles o castrenses, como un l¨ªmite intangible frente a las posibles alteraciones de su situaci¨®n. Pero esta idea tiene dif¨ªcil encaje en un Estado social y democr¨¢tico de derecho, como el instaurado en Espa?a en 1978. En una democracia, los deberes y derechos de los funcionarios p¨²blicos se establecen por la ley, ya que su vinculaci¨®n no es contractual, sino estatutaria. Es decir, tanto las leyes como sus reglamentos est¨¢n sujetos al principio de derogabilidad por otra norma posterior. Por ello, es obvio que el cuadro de derechos y deberes puede ser alterado unilateralmente por el Estado, siempre que se respete el procedimiento legal y democr¨¢ticamente establecido, como es el caso. Otra confusi¨®n significativa es la suposici¨®n sobre que el establecimiento de criterios alternativos a la antig¨¹edad, como la elecci¨®n y la selecci¨®n, convierten la carrera militar en una prueba de obst¨¢culos, m¨¢s o menos subjetivos. Recordemos que los ascensos al generalato siempre se han realizado por elecci¨®n, principio que se introdujo en la Armada y en el Ej¨¦rcito del Aire en 1968 y 1969 para los empleos inferiores; los tres criterios aparecen ya en la Ley 85/78, de Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas, en su art¨ªculo 215.
En segundo lugar, resulta preciso desmitificar el igualitarismo falsario oculto tras el ascenso por antig¨¹edad, porque, adem¨¢s de ser ineficaz, es injusto y no se compadece bien con los principios de m¨¦rito y capacidad para el acceso y desempe?o de las funciones p¨²blicas, sancionados por la Constituci¨®n.
La antig¨¹edad como ¨²nico factor determinante del ascenso es un mecanismo adscriptivo de resonancias feudales. Si una persona posee, por su origen, las virtudes para ser oficial, asciende en la jerarqu¨ªa si no vulnera los comportamientos prescritos, s¨®lo por el transcurrir del tiempo. El ascenso cobra efecto por las caracter¨ªsticas sociales del individuo, y no por sus m¨¦ritos y logros personales.
Este dispositivo ser¨ªa v¨¢lido quiz¨¢ para una organizaci¨®n militar est¨¢tica, con una tecnolog¨ªa primitiva, en una sociedad estamental. Pero resulta claro que en los tiempos actuales una organizaci¨®n tal encontrar¨ªa graves obst¨¢culos para afrontar con cierta dignidad la participaci¨®n en los organismos internacionales para la defensa y la seguridad de nuestro ¨¢mbito geopol¨ªtico.
Por ello es imprescindible examinar el pasado m¨¢s reciente de nuestras Fuerzas Armadas, pues all¨ª se encuentran las claves de comprensi¨®n de la realidad que la nueva ley intenta mejorar, de los valores, actitudes y mentalidades que expresan las reticencias.
Del an¨¢lisis de la organizaci¨®n y el discurrir profesional de las Fuerzas Armadas durante el franquismo se desprende que lo militar se constituye en un coto vedado para los profanos: los propios militares controlan y gestionan la Administraci¨®n militar, desde la cumbre pol¨ªtica hasta la guarnici¨®n m¨¢s remota en ultramar.
Proceso de cambio
Un dato significativo es que la suma de generales, jefes y oficiales del Ej¨¦rcito de Tierra supon¨ªa el 58,1% del total de los efectivos profesionales en 1975. A este hecho pueden a?adirse otros, como la baja representatividad social de la profesi¨®n militar, en consonancia con los cuerpos burocr¨¢ticos civiles; el envejecimiento generalizado, sin parang¨®n con otros ej¨¦rcitos occidentales; una baja cualificaci¨®n profesional, tanto respecto las titulaciones militares como las t¨¦cnicas y los idiomas; una subcultura organizativa politizada, ayuna de pensamiento estrat¨¦gico y de planificaci¨®n log¨ªstica, y un sistema de remuneraciones que primaba las compensaciones simb¨®licas y en bienes y servicios, en detrimento de las retribuciones dinerarias. De aqu¨ª se colige el c¨²mulo de dificultades que ha afrontado el liderazgo civil y democr¨¢tico, pues no cabe olvidar tampoco que la reforma y modernizaci¨®n de nuestras Fuerzas Armadas implica la restricci¨®n de la acusada propensi¨®n militar a la participaci¨®n directa o indirecta en la vida pol¨ªtica.
N¨®tese que los militares han asistido, como el resto de los ciudadanos, a un proceso de cambio pol¨ªtico, econ¨®mico y social, vertiginoso en algunas facetas, en otras parsimonioso. Valores, estereotipos y mentalidades vigentes socialmente hace poco m¨¢s de una d¨¦cada han quedado arrumbados por el tr¨¢nsito democr¨¢tico.
A ello han contribuido comportamientos esperp¨¦nticos, como la operaci¨®n Galaxia, el asalto de Tejero al Congreso, la ocupaci¨®n de Valencia por Milans y los planes del 27-O de 1982, junto con el espect¨¢culo indecoroso del juicio de Campamento, del manifiesto de los cien o de las recientes incontinencias verbales de Armada Comyn.
En conclusi¨®n, es imprescindible el impulso decidido de la profesionalidad de los cuadro militares, as¨ª como el est¨ªmulo de la profesionalizaci¨®n de su organizaci¨®n, realizando una planificaci¨®n integrada de la pol¨ªtica de personal, que incluya su motivaci¨®n laboral. Significa implantar el m¨¦rito y la capacidad personales como criterios determinantes de los ascensos, en oposici¨®n a la permanencia pasiva en la organizaci¨®n y el automatismo cronol¨®gico. Es preciso proporcionarles un abanico de cualificaciones militares y t¨¦cnicas que permitan el desempe?o profesional y una futura inserci¨®n en el mercado ocupacional civil. Significa, por ¨²ltimo, compensarles adecuadamente, en t¨¦rminos simb¨®licos y dinerarios, reteniendo as¨ª a los m¨¢s capaces en condiciones competitivas con otras organizaciones.
es profesor de Ciencia Pol¨ªtica y de la Administraci¨®n. Ha publicado recientemente Las Fuerzas Ar,adas en el Estado franquista.
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