El Defensor del Pueblo avala el uso de la ley antiterrorista
El Ministerio del Interior hizo un uso adecuado de la ley Antiterrorista y tuvo en cuenta al aplicarla, en todo momento, las garant¨ªas procesales durante 1987 y el periodo de 1988 en que estuvo a¨²n vigente, seg¨²n un amplio informe elaborado por el Defensor del Pueblo y remitido al Congreso de los Diputados.Esta instituci¨®n, seg¨²n detalla el informe, desarroll¨® una amplia investigaci¨®n sobre esta cuesti¨®n durante los pasados meses de diciembre, enero y febrero. El informe fue realizado a petici¨®n del portavoz del CDS en el Congreso de los Diputados, Agust¨ªn Rodr¨ªguez Sahag¨²n. El documento, firmado por el Defensor del Pueblo, ?lvaro Gil Robles, no identifica a las personas a las que en ese periodo se aplic¨® la legislaci¨®n Antiterrorista, pese a que esta informaci¨®n fue facilitada a la instituci¨®n por el Ministerio del Interior.
El escrito se?ala que en todas las detenciones efectuadas al amparo de dicha ley han tenido conocimiento e intervenido los juzgados centrales de instrucci¨®n de la Audiencia Nacional. El Defensor del Pueblo se?ala que la autoridad gubernativa solicit¨® en todos los casos de la Audiencia Nacional la confirmaci¨®n de la incomunicaci¨®n acordada.
El informe tambi¨¦n dedica una conclusi¨®n a las denuncias por presuntos malos tratos. Gil Robles indica que, con motivo de la aplicaci¨®n de la ley Antiterrorista, el Ministerio del Interior tiene constancia de seis denuncias "con respecto de las cuales est¨¢n conociendo los juzgados de instrucci¨®n del correspondiente partido judicial y en relaci¨®n con una de las cuales se informa haberse producido sentencia absolutoria para los funcionarios que intervinieron en la detenci¨®n del denunciante".
El informe tambi¨¦n alude al expediente abierto a un polic¨ªa a ra¨ªz de que un detenido resultara herido durante un traslado. El documento tambi¨¦n avala el uso que se ha hecho de las intervenciones telef¨®nicas y de los registros domiciliarios. Asimismo, Gil Robles indica que se han respetado los derechos de los detenidos en materia de asistencia letrada y m¨¦dica en todos los casos que fijan la ley de Enjuiciamiento Criminal.
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