Urbanismo elabora una nueva normativa de expropiaciones favorable a los particulares
La Gerencia Municipal de Urbanismo ha redactado una nueva normativa, para regular los pagos a los ciudadanos a los que hay que expropiar sus bienes (suelo, viviendas o locales comerciales). Esta normativa, que no entrar¨¢ en vigor hasta que sea aprobada por el pleno municipal, se?ala los derechos de los expropiados e incluso los precios fijos de las viviendas p¨²blicas a las que pueden optar en compensaci¨®n por la expropiaci¨®n. Las expropiaciones producidas por las grandes operaciones urbanas y las 19 bolsas de deterioro hab¨ªan provocado protestas y negociaciones particulares con el Ayuntamiento, que ahora se quieren dotar de un marco fijo.
Hasta ahora, las compensaciones de las operaciones de ex propiaci¨®n, en la pr¨¢ctica, no hab¨ªan discurrido por unos cauces concretos e igualitarios para todos los ciudadanos. En aquellos casos en que los ex propiados eran numerosos o estaban apoyados por colectivos ciudadanos, fundamental mente por asociaciones de ve cinos, era habitual que se consiguieran ventajas que no se aplicaban a otros expropiado menos arropados.La nueva normativa ha sido puesta en conocimiento de los concejales que forman la comisi¨®n municipal de Urbanismo. Una vez debatida en comisi¨®n, pasar¨¢ a su discusi¨®n y aprobaci¨®n por el Pleno del Ayuntamiento. La reglamentaci¨®n es tablece los baremos a aplicar tanto en la expropiaci¨®n de locales comerciales como de sue los o viviendas, con las modali dades de si los inmuebles est¨¢n ocupados por propietarios o inquilinos. En el caso de locales comerciales, los expropiados tienen derecho a que se les paguen los gastos de traslado al nuevo emplazamiento, (que, por lo general, debe estar pr¨®ximo al anterior), de nueva instalaci¨®n, y una compensaci¨®n por el tiempo de paralizaci¨®n del negocio.
El valor del suelo expropiado se fija en funci¨®n de una f¨®rmula que combina el coeficiente de edificabilidad de la zona, el ¨²ltimo ¨ªndice municipal del valor del suelo, los coeficientes de urbanizaci¨®n y de fachada y el de remisi¨®n al planeamiento especial. En los ¨²ltimos a?os, las mayores protestas de los expropiados surgieron en aquellos casos en que se expropi¨® suelo no urbanizable a precios muy bajos -en el Campo de las Naciones se expropi¨® a 412 pesetas el metro cuadrado- y luego ese suelo no se utiliz¨® para construir equipamientos colectivos, sino para edificar viviendas, con lo que los tremendos beneficios de su revalorizaci¨®n no revert¨ªan en los antiguos propietarios.
Al mismo tiempo, la normativa se?ala los precios a que se entregar¨¢n las viviendas construidas por la Empresa Municipal de la Vivienda. El coste del metro cuadrado queda fijado en 61.540 pesetas, pero a esta base general se le aplican fluctuaciones seg¨²n los ingresos familiares de los expropiados. As¨ª, para familias cuyos ingresos sean dos veces el salario m¨ªnimo interprofesional (SMI), el precio de una vivienda p¨²blica de 45 metros cuadrados es de 2.769.300 pesetas; de 60 metros cuadrados, 3.692.400 pesetas; de 75 metros cuadrados, 4.615.000 pesetas, y de 90 metros cuadrados, 5.538.000 pesetas.
Para familias cuyos ingresos sean superiores a 2,5 veces el SMI, los precios son superiores: 3.698.000 pesetas para los pisos de 45 metros cuadrados; 4.93 1.000 para los de 60 metros 6.136.000 para los de 75 metros cuadrados y 7.396.000 para los de 90 metros. Si el expropiado opta por recibir una vivienda p¨²blica, el precio de ¨¦sta se descontar¨¢ de la indemnizaci¨®n.
Los baremos se?alan tambi¨¦n los alquileres que se deber¨¢n pagar si el expropiado accede a una vivienda p¨²blica en alquiler. Como norma general, se establece que, para familias con ingresos de dos veces el SMI, el precio del alquiler no superar¨¢ nunca el 4,5% del precio de venta de la vivienda en cuesti¨®n, por ejemplo.
Ignorancia
Las complicadas valoraciones y tramitaci¨®n de los expedientes, poco conocidos por los ciudadanos, han provocado de hecho situaciones de indefensi¨®n. No es infrecuente que los pagos en met¨¢lico se demoren m¨¢s de dos a?os, lo que da derecho al expropiado a una nueva valoraci¨®n. Sin embargo, el desconocimiento de este derecho hace que los ciudadanos no protesten y cobren cuando la Administraci¨®n paga, en muchos casos sin los intereses a que tiene derecho por el tiempo transcurrido. La nueva valoraci¨®n implica una actualizaci¨®n del bien expropiado y de los criterios de valoraci¨®n, lo que beneficia m¨¢s al particular.
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