El Constitucional atribuye al Estado la operatividad de los registros y notar¨ªas
El pleno del Tribunal Constitucional ha declarado que corresponde al Estado la segregaci¨®n y divisi¨®n material de los registros de la propiedad, competencia reclamada por la Generalitat de Catalu?a, que impugn¨® el decreto del Gobierno central de 23 de mayo de 1984, por el que se modific¨® la demarcaci¨®n registral. El alto tribunal justifica la norma estatal porque mediante ella, del mismo modo que ocurri¨® con la demarcaci¨®n notarial, se crean m¨¢s registros, se los acerca a los particulares y se hace m¨¢s operativa como servicio p¨²blico la instituci¨®n registral.La sentencia, de la que ha sido ponente Jos¨¦ Luis de los Mozos, avala el inter¨¦s p¨²blico que comporta, entre otras medidas, la segregaci¨®n de nuevos registros sin esperar a la vacante de su titular y la desagrupaci¨®n de los colindantes atendidos por un mismo registrador, lo que implica creaci¨®n de nuevas plazas.
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