La CECA acepta sin cambios el decreto de cuotas participativas para las cajas de ahorros, aprobado ya por el Banco de Espa?a
La Confederaci¨®n Espa?ola de Cajas de Ahorros (CECA) est¨¢ b¨¢sicamente de acuerdo con el texto del proyecto de real decreto que ha redactado la Direcci¨®n General del Tesoro, seg¨²n fuentes directivas de la Confederaci¨®n. Este texto fue remitido la pasada semana al Banco de Espa?a con el ruego de que la entidad emisora lo tramitara con la m¨¢xima premura a la CECA. Ayer mismo se envi¨® a la Confederaci¨®n y ¨¦sta, en principio, no pondr¨¢ objecciones con lo que es de esperar que el proceso se agilice y se cuente con el real decreto mucho antes del mes de diciembre que era el plazo que manejaban las cajas como tope. Este proyecto supone el mayor cambio cualitativo en la naturaleza jur¨ªdica de estas entidades.
Carlos Solchaga, ministro de Econom¨ªa y Hacienda, se?al¨® durante la asamblea anual de las cajas de ahorros celebrada el pasado mes junio que antes de que finalizara el a?o se contar¨ªa con el decreto de cuotas participativas que ven¨ªa a responder a una de las grandes reivindicaciones del sector de cajas. La Direcci¨®n General del Tesoro redact¨® un anteproyecto de real decreto y dot¨® a las cuotas participativas del mismo r¨¦gimen que las acciones de los bancos, aunque sin derechos pol¨ªticos en los ¨®rganos de decisi¨®n de las entidades.
Los t¨¦cnicos del Tesoro defin¨ªan las cuotas participativas de las cajas no s¨®lo como un elemento de solvencia sino tambi¨¦n como valores mobiliarios. Asimismo, seg¨²n el texto que, oido el Banco de Espa?a y la CECA aprobar¨¢ la Direcci¨®n General del Tesoro, con apenas retoques sobre el borrador ya que la. entidad emisora y la CECA no ponen reparos, las cajas de ahorros que emitan cuotas participativas tendr¨¢n que pedir autorizaci¨®n oficial. Las cuotas se incluir¨¢n en el concepto de capital y con ello las cajas logran una salida airosa a la necesidad, ampliamente difundida en los ¨²ltimos a?os, de incrementar sus recursos propios.
Los l¨ªmites
La emisi¨®n de cuotas participativas no tendr¨¢ l¨ªmite alguno, si bien el Ministerio de Econom¨ªa y el Banco de Espa?a vigilar¨¢n la cantidad emitida en base a la capacidad de crecimiento. En cuanto a la futura retribuci¨®n de esa especie de acciones de las cajas, el texto se?ala que no hay l¨ªmite m¨¢ximo, aunque seg¨²n fuentes del Tesoro "la retribuci¨®n depende de los excedentes que generen las entidades". De todos modos, tanto Econom¨ªa como el banco emisor son partidarios de que:, caso de haber a?os de vacas gordas, se reserve para otros ejercicios que no sean boyantes. Para ello el proyecto del Tesoro prev¨¦ la creaci¨®n de un fondo de estabilizaci¨®n.Para evitar las fluctuaciones que puedan producirse en el nivel de retribuci¨®n de estas cuotas, Econom¨ªa faculta a las asambleas generales para dotar este fondo. Podr¨¢ dotarse cada a?o y se establece que ese fondo no puede ser mayor del 25% del importe total que se destinar¨¢ a pagar el rendimiento de las cuotas.
Por el contrario, si, la caja de ahorros tuviera p¨¦rdidas, no se podr¨ªan utilizar los fondos para pagar las cuotas participativas en una cuant¨ªa superior al importe medio de las dotaciones de los tres ¨²ltimos ejercicios.
El acuerdo de emisi¨®n de estas cuotas debe contener las reglas que fijen la retribuci¨®n que se piensa dar y las cantidades que ir¨¢n destinadas al fondo de estabilizaci¨®n. Las cajas, al redactar los folletos de emisi¨®n deber¨¢n hacer constar obligatoriamente las limitaciones que se decidan poner a las cuotas.
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