HB y el acatamiento de la Constituci¨®n
Como es bien sabido, el acto formal de acatamiento de la Constituci¨®n por los diputados y senadores elegidos el pasado 29 de octubre ha tenido en este comienzo de legislatura unas caracter¨ªsticas muy especiales. La anunciada presencia de los diputados y senadores de Herri Batasuna (HB) en ambas C¨¢maras era un hecho esperanzador y, a la vez, el presagio de que dicho acto formal se pod¨ªa transformar en un acto pol¨ªtico complicado y tenso, y la verdad es que el cuadro final ha tenido aspectos dram¨¢ticos. Por eso, el problema de la f¨®rmula reglamentaria del acatamiento es algo m¨¢s que un problema jur¨ªdico-formal.Corno es sabido, tanto el Reglamento del Congreso como el del Senado establecen que para obtener la plena condici¨®n de diputado o de senador se requiere, entre otros requisitos, jurar o prometer acatamiento a la Constituci¨®n. En sentido estricto, este requisito es jur¨ªdicamente discutible, no es desde luego indispensable y hay varios pa¨ªses democr¨¢ticos que no lo han incluido en sus reglamentos parlamentarios. Pero en nuestro caso se introdujo precisamente para resolver situaciones como la que ya crearon en las primeras legislaturas los parlamentarios electos de Herri Batasuna, que tras posesionarse del cargo anunciaron que no asistir¨ªan jam¨¢s a las Cortes Generales, y as¨ª lo hicieron. Aquella inasistencia produjo importantes problemas jur¨ªdicos y pol¨ªticos, porque los parlamentarios de HB no ejerc¨ªan su cargo ni cumpl¨ªan los deberes del mismo, pero gozaban de las prerrogativas legales y econ¨®micas inherentes al mismo, entre ellas las de inviolabilidad y de inmunidad. Adem¨¢s, su inasistencia de hecho creaba dificultades muy serias para el desarrollo de la actividad parlamentaria, entre ellas la de la determinaci¨®n exacta del qu¨®rum necesario para las mayor¨ªas absolutas.
La cuesti¨®n se plante¨® ya ante el Tribunal Constitucional hace algunos a?os, porque cuando los nuevos reglamentos parlamentarios introdujeron el requisito del acatamiento, los diputados electos de HB Ignacio Esnaola y Pedro Solabarr¨ªa presentaron un recurso de amparo contra el mismo. El Tribunal resolvi¨® el asunto en la sentencia de la Sala Primera 101/ 1983, de 18 de noviembre, rechazando el recurso de HB y estableciendo que el requisito reglamentario era plenamente conforme con la Constituci¨®n. La sentencia 122/1983, de 16 de diciembre, de la misma Sala, refrend¨® dicha decisi¨®n, y posteriormente, la Ley Org¨¢nica 5/1985, de 19 de junio, del R¨¦gimen Electoral General, cerr¨® el asunto introduciendo dicho requisito de acatamiento en su art¨ªculo 108.6.
Por consiguiente, ya no se discute ahora si el requisito de jurar o prometer acatamiento a la Constituci¨®n es constitucional o no. Lo que ahora se discute es la f¨®rmula a utilizar. Esta f¨®rmula figura en los dos reglamentos, en el del Senado, de manera expl¨ªcita, y en el del Congreso, por decisi¨®n posterior de la presidencia, y consiste simplemente en decir: "S¨ª, juro", o "S¨ª, prometo" en el momento en que el diputado o el senador electo es llamado por el presidente de la C¨¢mara respectiva. Esta vez los diputados y senadores electos de HB no han cuestionado la constitucionafidad del acatamiento, ni han anunciado que una vez adquirida la plena condici¨®n de parlamentarios dejar¨¢n de asistir a las sesiones de manera sistem¨¢tica. Simplemente han querido utilizar una f¨®rmula diferente a la establecida, una f¨®rmula que no figura en los reglamentos, una f¨®rmula diferente a la que deben utilizar todos los diputados y senadores electos, sean del partido que sean. Y aqu¨ª es donde ha surgido la pol¨¦mica.
Voces diversas
Frente a la actitud de las fuerzas pol¨ªticas mayoritarias y de las presidencias del Congreso y del Senado- que se han negado a aceptar una f¨®rmula de acatamiento que no fuese la establecida para todos- han surgido voces diversas, desde editoriales de prensa hasta prestigiosos juristas, que en nombre de la necesidad de facilitar la participaci¨®n de HB en las instituciones parlamentarlas han pedido una flexibilidad que, de hecho, s¨®lo pod¨ªa consistir en aceptar sin m¨¢s la f¨®rmula especial que quer¨ªan imponer los parlamentarios electos de HB. Y hasta m¨¢s de un comentarista ha calificado el problema de pueril, como si se tratase de una especie de conflicto de vanidades protocolarias.
Creo sinceramente que los que as¨ª opinan est¨¢n en un error. Todos deseamos que HB se integre en las instituciones democr¨¢ticas y luche dentro de ellas por sus ideas y sus opciones pol¨ªticas. Pero si los parlamentarios de HB pretenden imponer una f¨®rmula de acatamiento distinta a la de los dem¨¢s es porque consideran que su caso es especial. Y la ¨²nica diferencia que puede justificar esta pretensi¨®n es que representan algo tambi¨¦n especial, algo que no se puede compaginar plenamente con la Constituci¨®n. Y aqu¨ª est¨¢ el meollo del asunto. Acatar la Constituci¨®n no es aceptarla toda entera, no es compartir todos y cada uno de sus art¨ªculos, no es aceptar ni siquiera el sistema establecido. Es, simplemente, aceptar las reglas del juego establecidas por la Constituci¨®n y, entre ellas, las reglas que la propia Constituci¨®n establece para su modificaci¨®n. Por consiguiente, la diferencia entre acatar la Constituci¨®n o no acatarla con reservas es la diferencia entre aceptar que la vida pol¨ªtica y el posible cambio de la propia Constituci¨®n s¨®lo se pueden desarrollar por la v¨ªa de las mayor¨ªas y las minor¨ªas democr¨¢ticas, o que, junto a ¨¦stas, cabe tambi¨¦n la v¨ªa de la violencia y de la imposici¨®n antidemocr¨¢tica. Esto es, por lo dem¨¢s, lo que explican los dirigentes de HB. Cuando intentan razonar el porqu¨¦ de su f¨®rmula especial, que equivale a un acatamiento forzado, a un acatamiento con reservas, dicen que la Constituci¨®n no recoge sus planteamientos b¨¢sicos sobre la autodeterminaci¨®n yla independencia y que por eso, junto a las reglas de? juego previstas por la Constituci¨®n consideran necesario preservar otras v¨ªas, que s¨®lo pueden ser las v¨ªas de la violencia, puesto que ¨¦stas son las ¨²nicas que la Constituci¨®n excluye. 0 para decirlo con m¨¢s brutalidad: la pretensi¨®n de HB de tener un estatuto de fuerza pol¨ªtica especial se basa en que detr¨¢s de ella hay sectores tambi¨¦n especiales, los que preconizan y practican la violencia como arma pol¨ªtica. Aceptar una f¨®rmula especial de acatamiento es aceptar, pues, esta especialidad.
Pero hay m¨¢s. En la escena pol¨ªtica espa?ola hay muchas opciones pol¨ªticas que preconizan objetivos no expl¨ªcitamente previstos en la Constituci¨®n. Las hay tambi¨¦n de car¨¢cter republicano, pero esto no impide que se sit¨²en plenamente en el terreno democr¨¢tico si aceptan el marco constitucional como marco de referencia y terreno de juego pol¨ªtico, es decir, si luchan por cambiar el sistema o por introducir modificaciones en ¨¦l por la v¨ªa de las mayor¨ªas democr¨¢ticas. Aceptar una f¨®rmula especial para los que quieren reservarse con ella la v¨ªa de la violencia ser¨ªa desautorizar a todas las dem¨¢s y abrir un flanco que se sabe d¨®nde empieza, pero no d¨®nde puede terminar. Y en el caso concreto del Pa¨ªs Vasco ser¨ªa legitimar el recurso a la violencia frente a los que han formado un bloque democr¨¢tico para oponerse a ella.
Ninguna garant¨ªa
Finalmente, en el propio caso de HB no hay ninguna garant¨ªa de que, una vez aceptado el principio de su excepcionalldad, de su especialidad, todo acabe aqu¨ª. ?Qu¨¦ garant¨ªa existe de que una vez dado este primer paso no aprovechar¨¢n el precedente para pedir otro, y despu¨¦s otro, siempre con el mismo argumento -o sea, con la misma amenaza- de su especialidad?
Todos estamos interesados en que HB se integren en las instituciones parlamentarias y act¨²e y luche dentro de ellas. Pero hay un l¨ªmite que no se puede transgredir, y es el l¨ªmite de la igualdad jur¨ªdica con todas las dem¨¢s fuerzas pol¨ªticas y la aceptaci¨®n de que las reglas de juego democr¨¢ticas admiten todas las propuestas pol¨ªticas menos la de la violencia y el terrorismo.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.