Una sentencia aumenta las competencias municipales de las comunidades aut¨®nomas
El Tribunal Constitucional hizo p¨²blica ayer la sentencia por la que resuelve cuatro recursos de inconstitucionalidad contra la ley de Bases de R¨¦gimen Local de 2 de abril de 1985. Dos de los cuatro recursos son del Parlamento de Galicia, uno del Consell Executiu de la Generalitat de Catalu?a y otro del Parlament de Catalu?a. El alto tribunal ordena las competencias municipales del Estado, las comunidades aut¨®nomas y los propios municipios y prima las de las comunidades aut¨®nomas.La sentencia del pleno del Tribunal Constitucional, con el voto favorable de 11 de sus 12 rniembros, declara inconstitucionales el art¨ªculo 5 y parte de otros cinco preceptos de la ley impugnada. Entre otras normas, el alto tribunal declara inconstitucional la que establece el juego de preceptos por los que se rigen las entidades locales en los aspectos organizativos, sustantivos, estatutario, r¨¦gimen de sus bienes y haciendas locales.
El aspecto m¨¢s pol¨¦mico de la seritencia, de 174 folios de extensi¨®n y de contenido muy t¨¦cnico, es la declaraci¨®n de inconstitucionalidad del art¨ªculo 20.1 y 2 de la ley, que establece que las leyes de las comunidades aut¨®nomas sobre r¨¦gimen municipal "podr¨¢n establecer una organizaci¨®n municipal complementaria de la prevista en este texto legal".
El magistrado Eugenio D¨ªaz Eimil discrepa de la sentencia por entender que "el modelo de organizaci¨®n municipal que dise?a la Constituci¨®n impide reconocer a las comunidades aut¨®nomas, en esta materia, competencias que no sean estrictamente residuales", por lo que se opone a la declaraci¨®n de inconstitucionalidad de dicho precepto de la ley de bases de R¨¦gimen Local.
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