Hacienda s¨®lo deber¨¢ pagar intereses de demora por cobros indebidos cuando el contribuyente lo pida en el recurso
La Administraci¨®n Tributaria no est¨¢ obligada a pagar intereses de demora de cantidades ingresadas indebidamente, si en el recurso no se incluy¨® la petici¨®n de esos intereses, seg¨²n una sentencia del Tribunal Supremo que publica Gaceta Fiscal. Seg¨²n la sentencia, al no incluir la petici¨®n de los intereses de demora correspondientes a los ingresos indebidos se produce "una renuncia expl¨ªcita a los mismos desde el momento en que la petici¨®n se limit¨® a la deuda principal".
La sentencia del Supremo responde a una apelaci¨®n formulada por una sociedad an¨®nima, contra una sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional dictada el 13 de junio de 1986, que desestim¨® la apelaci¨®n formulada por la sociedad.
Los fundamentos de derecho de la sentencia se?alan que la ley general presupuestaria de 1977 contempla los intereses de demora tanto a favor de la Administraci¨®n como de sus acreedores. A¨²n as¨ª, "la ra¨ªz profunda de esta soluci¨®n", afirma la sentencia, est¨¢ en el art¨ªculo 1.108 del C¨®digo Civil que se?ala que los intereses de demora tienen naturaleza indemnizatoria y carecen de toda funci¨®n sancionadora.
La sociedad an¨®nima, no incluy¨® en un principio la petici¨®n de los intereses de demora correspondientes a los ingresos indebidos, por lo que el -tribunal econ¨®mico administrativo provincial al que recurri¨® como primer paso "fue coherente acordando la restituci¨®n de la cantidad cifrada por la propia interesada, sin ning¨²n otro pronunciamiento". "Es evidente -finaliza la sentencia- que se produjo una renuncia impl¨ªcita a los intereses de demora desde el momento en que las peticiones se limitaron a la cantidad principal" por lo que la solicitud posterior "no pudo revitalizar un derecho ya extinguido por no haber sido ejecutado oportunamente".
Protesta de subinspectores
Por otra parte, los subinspectores de Hacienda comenzar¨¢n a trabajar a reglamento a partir de hoy, informa Europa Press, cumpliendo estrictamente las funciones que les atribuye la legislaci¨®n, con el fin de reivindicar un aumento de sus retribuciones.
Los subinspectores, subdivididos en cuatro niveles, deben inspeccionar las declaraciones de renta de los profesionales con ingresos inferiores a 1,5 millones o a 6 millones de pesetas, seg¨²n el grupo al que pertenezcan. El l¨ªmite para las declaraciones sobre patrimonio es de entre 40 y 75 millones de pesetas, tambi¨¦n seg¨²n el grupo. Adem¨¢s, pueden inspeccionar a todos los empleados por cuenta ajena as¨ª como a los peque?os empresarios, siempre que tengan un volumen de ingresos inferior a 50 millones de pesetas y tengan como m¨¢ximo 11 empleados. Todos los contribuyentes cuyos ingresos superen los l¨ªmites anteriormente mencionados deben ser inspeccionados en su caso por el colectivo de inspectores. Sin embargo, como este ¨²ltimo colectivo s¨®lo lo integran 600 personas, los subinspectores realizan en ocasiones labores que quedan fuera de sus competencias, lo que ha provocado la protesta de estos profesionales.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- IV Legislatura Espa?a
- MEH
- Tribunal Supremo
- Atenci¨®n ciudadano
- Criminolog¨ªa
- Gobierno de Espa?a
- Tr¨¢mites administraci¨®n
- Funcionarios
- Funci¨®n p¨²blica
- PSOE
- Ministerios
- Legislaturas pol¨ªticas
- Hacienda p¨²blica
- Tribunales
- Poder judicial
- Partidos pol¨ªticos
- Tributos
- Gasto p¨²blico
- Finanzas p¨²blicas
- Gobierno
- Administraci¨®n Estado
- Proceso judicial
- Pol¨ªtica
- Justicia
- Espa?a