Ingenier¨ªa fiscal
El director general de Coordinaci¨®n con las Haciendas Territoriales, Ernesto Aguiar, entreg¨® ayer para consulta a la CEOE y al Consejo Superior de C¨¢maras de Comercio el proyecto de real decreto legislativo por el que se aprueban las tarifas y la instrucci¨®n del impuesto sobre actividades econ¨®micas, que constituye todo un ejemplo de lo que podr¨ªa denominarse ingenier¨ªa fiscal.
Se trata de un voluminoso documento de 309 p¨¢ginas en el que se detallan una por una las actividades empresariales hasta un total de 999, las profesionales, que suman 899, y las art¨ªsticas, 55.
Dentro del sector de actividades empresariales, existe a su vez una clasificaci¨®n por secciones que engloba las siguientes: actividades mineras e industriales, construcci¨®n, comercio y algunos servicios, transportes y comunicaciones, instituciones financieras y seguros y otros servicios como la ense?anza.
Para el comercio, las actividades profesionales y art¨ªsticas se establece una cuota m¨ªnima que var¨ªa seg¨²n las diferentes ramas, mientras que para las actividades industriales esta cuota se cambia seg¨²n el n¨²mero de trabajadores y la potencia instalada.
Una vez calculada la cuota, cada una de las grandes clasificaciones tiene que sumar la cantidad que resulte de aplicar una tarifa (pesetas por metro cuadrado) que va en funci¨®n de la superficie del local del negocio y del volumen de poblaci¨®n del municipio donde est¨¦ instalado. Pero, adem¨¢s, una vez hallada esta cantidad, hay que aplicar otra tarifa seg¨²n los tramos de base imponible y que grava en relaci¨®n a la actividad.
Por ¨²ltimo, los ayuntamientos tienen facultad para aplicar coeficientes multiplicadores por localizaci¨®n del negocio y por n¨²mero de habitantes del municipio.
El objetivo de Hacienda es que las tarifas est¨¦n listas para ser enviadas al Consejo de Estado el 30 de mayo.
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