Protecciones diferentes
La nueva Ley de la Conservaci¨®n de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, de 1989, tiende a equiparar las figuras de parque nacional y parque natural, aunque hoy por hoy son f¨®rmulas de protecci¨®n absolutamente diferentes.Los parques nacionales dependen en cuanto a su declaraci¨®n, gesti¨®n y presupuesto del Gobierno central. Los parques naturales son declarados y gestionados, por su parte, por los respectivos Gobiernos aut¨®nomos.
La figura de parque nacional es mucho m¨¢s estricta que la de parque natural: dentro de sus l¨ªmites, la mayor parte de las actividades econ¨®micas est¨¢n prohibidas. Por el contrario, en los parques naturales s¨®lo est¨¢n restringidas las que sean incompatibles con las finalidades de conservaci¨®n. La base de funcionamiento de un parque nacional o natural es el Plan Rector de Uso y Gesti¨®n (PRUG).
Espa?a fue uno de los pa¨ªses pioneros en el mundo en acometer la declaraci¨®n de parques nacionales. Tras su invenci¨®n americana para el caso de Yellowstone en 1872, s¨®lo Suecia en 1909, Rusia en 1912 y Suiza en 1914 se adelantaron a Espa?a.
El caso de Aig¨¹estortes
En 1955 fue declarado parque nacional Aig¨¹estortes, que ha sido retirado del anexo de la ley de Protecci¨®n de la Flora y de la Fauna . El Parlamento catal¨¢n, en virtud de la ley de Espacios Naturales aprobada por unanimidad en 1985, declar¨® parque nacional Aig¨¹estortes en 1988. La ley catalana, que no ha sido recurrida ante el Tribunal Constitucional, confiere competencias al Gobierno catal¨¢n para declarar parques nacionales. Pese a ello, el director general de Icona, Santiago Marraco, afirma que "la decisi¨®n de las autoridades catalanas de denominarlo parque nacional no es posible seg¨²n la legislaci¨®n internacional sobre espacios protegidos".
Marraco relata que "en oto?o de 1987 la Generalitat pidi¨® al Icona la transferencia de personal y fondos, solicitando hacerse cargo de la gesti¨®n del parque nacional".
Desde 1988 se da una situaci¨®n ambigua de coadministraci¨®n del parque, con dos directores -uno de Icona y otro de la Generalitat- dos cuerpos de guardias forestales y dos presupuestos. Marraco sostiene que el Gobierno catal¨¢n "no tiene atribuciones para derogar un decreto del Gobierno central". En sectores conservacionistas se considera que el caso, "deber¨ªa haber sido llevado al Constitucional de no existir un inter¨¦s pol¨ªtico por no abrir enfrentamientos entre el Gobierno central y la Generalitat", como afirma el bi¨®logo Jes¨²s Garz¨®n, ex director General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, y ex director del Parque Nacional de Monfrag¨¹e.
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