Las compa?¨ªas a¨¦reas podr¨¢n reducir las tarifas hasta un 70% a partir de noviembre
Los ministros de Transportes de la CE alcanzaron ayer en Luxemburgo un acuerdo sobre tarifas a¨¦reas, que permitir¨¢ a las compa?¨ªas poder fijarlas libremente a partir del 1 de enero de 1993. Desde el pr¨®ximo mes de noviembre, las compa?¨ªas se ver¨¢n liberadas parcialmente del cors¨¦ de los precios pol¨ªticos y podr¨¢n realizar reducciones variables sobre las tarifas vigentes en vuelos regulares hasta un m¨¢ximo del 70% de rebaja sobre el billete m¨¢s econ¨®mico actualmente. Espa?a pide un trato especial para Iberia, de forma que pueda practicar "precios iguales en servicios equivalentes" a los de los vuelos charters, que en la actualidad absorben el 80% del tr¨¢fico aereo nacional.
Al cierre de esta edici¨®n, los ministros segu¨ªan enfrascados en una discusi¨®n maratoniana sobre el segundo paquete de liberalizaci¨®n a¨¦rea, que representa la apertura definitiva tras la reforma parcial aprobada por la Comunidad Europea en 1987. El objetivo, adem¨¢s de la libertad de tarifas, es implantar el libre acceso a los mercados, hoy sometidos a repartos nacionales de capacidad de transporte a¨¦reo de pasajeros. El sector a¨¦reo de la Comunidad Europea necesita la liberalizaci¨®n para no seguir perdiendo cuotas de mercado frente a la competencia norteamericana y de otros pa¨ªses.Para el acuerdo sobre precios existe una mayor¨ªa en el Consejo, aunque su aprobaci¨®n definitiva est¨¢ vinculada a la del resto del paquete.
Doble desaprobaci¨®n
A partir del 1 de enero de 1993 la libertad de tarifas funcionar¨¢ a trav¨¦s del alambicado sistema de "la doble desaprobaci¨®n". Es decir, para rechazar una tarifa m¨¢s barata habr¨¢n de ponerse de acuerdo los dos Estados afectados por esa l¨ªnea regular. Aunque complejo, es un mecanismo m¨¢s eficaz que la doble_ aprobaci¨®n, pues la tarifa m¨¢s competitiva es v¨¢lida mientras no se considere que supone una pr¨¢ctica predatoria o que altera la libre competencia. La CE establecer¨¢ cl¨¢usulas de salvaguardia para impedir abusos desleales.
Desde el pr¨®ximo 1 de noviembre, las compa?¨ªas a¨¦reas podr¨¢n beneficiarse de ciertos m¨¢rgenes sobre los baremos fijados actualmente en vuelos regulares. Para la tarifa normal, la fluctuaci¨®n puede variar entre el 95% y el 105% del precio vigente. En las tarifas reducidas, la rebaja puede situarse en el tramo comprendido desde el 94% al 80% del precio.
El avance m¨¢s importante se produce en las tarifas econ¨®micas o muy reducidas que aplican las compa?¨ªas, las cuales podr¨¢n verse recortadas desde el 19% al 30% de su valor actual. Para disfrutar el beneficio m¨¢ximo los pasajeros deber¨¢n cumplir ciertas condiciones, como ser menores de 25 a?os o mayores de 60, reservar el vuelo con anterioridad y utilizar el billete para un desplazamiento que suponga una estancia m¨ªnima de seis d¨ªas en el pa¨ªs de destino, siempre que el viaje se produzca fuera de temporada alta. La Comunidad establecer¨¢ un procedimiento de arbitraje que resolver¨¢ las quejas entre compa?¨ªas. En cuanto al resto de los te mas, las diferencias de los Doce se centraban en el reparto de capacidades. Actualmente, los servicios regulares entre dos capitales europeas est¨¢n sometidos al reparto de capacidades entre las dos compa?¨ªas de bandera que cubren ese vuelo. El anterior reparto mitad y mitad est¨¢ ahora al 60%-40%, y el objetivo es ampliar ese margen de competencia un 7,5% cada a?o, hasta la desaparici¨®n total de la cuota nacional de capacidad en 1993. De esta forma, la compa?¨ªa m¨¢s competitiva podr¨¢ beneficiarse directamente de acaparar mayor transporte. Tampoco existe a¨²n el acuerdo sobre la llamada quinta libertad o la posibilidad de una compa?¨ªa de hacer cargas complementarias de pasajeros en las escalas de la ruta.
Espa?a plantea para Iberia un trato especial, fundamentado en la especial configuraci¨®n del mercado a¨¦reo nacional, en el que el 80% del tr¨¢fico est¨¢ acaparado por compa?¨ªas charter, en su gran mayor¨ªa extranjeras.
P¨¦rdida de tr¨¢fico
Para igualar las condiciones de competencia el ministro Jos¨¦ Barrionuevo exige que se tenga en cuenta todo el tr¨¢fico y no s¨®lo el regular en las rutas en las que el predominio del charter es muy fuerte. Actualmente Iberia act¨²a en inferioridad de condiciones por su limitaci¨®n a competir s¨®lo en el 20% del mercado. Adem¨¢s, la compa?¨ªa de bandera espa?ola ha perdido tr¨¢fico frente a todas sus competidoras comunitarias en las l¨ªneas regulares que comparte tras la apertura del abanico de competencia al 60%-40%. Antes, la facturaci¨®n era dividida por mitades sin que importara ofrecer un mejor servicio.
Los vuelos charter est¨¢n completamente liberalizados. Por eso, Barrionuevo plantea tambi¨¦n que Iberia pueda practicar tarifas libres en servicios similares a los ofrecidos por los charter. Por ¨²ltimo, Espa?a, apoyada por Italia y Portugal, exige la regla de la reciprocidad a la hora de rechazar el permiso de aterrizaje en un aeropuerto. Heathrow, en Londres, es un aeropuerto saturado por falta de espacio horario para permitir el acceso de m¨¢s aviones. Los tres pa¨ªses plantean una descriminaci¨®n positiva en favor de la Comunidad Europea, de forma que la negativa s¨®lo pueda producirse en el caso de que ninguna compa?¨ªa de un pa¨ªs tercero est¨¦ autorizada a utilizar el aeropuerto. Si no es as¨ª, deber¨¢ permitirse el mismo trato rec¨ªproco para los vuelos procedentes de ese pa¨ªs en cuesti¨®n.
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