Una pol¨ªtica de garant¨ªas
El autor considera que el criterio m¨¢s s¨®lido para resolver el problema del aumento de extranjeros en Espa?a es el de fortalecer un espacio de garant¨ªas, determinando la capacidad de acogida en funci¨®n de la de ofrecerles seguridad jur¨ªdica.
Resulta hoy evidente la envergadura de las cuestiones que suscita la creciente presencia de extranjeros en nuestro pa¨ªs. Al menos 100.000 personas trataron, durante el ¨²ltimo a?o, de establecerse con cierta permanencia en Espa?a. El fen¨®meno constituye una novedad hist¨®rica, y viene impulsado por tres factores: la vitalidad de un ¨¢mbito de libertades, un crecimiento econ¨®mico que ofrece oportunidades razonables de bienestar y la integraci¨®n europea, que hace de nuestras fronteras una barrera cada vez m¨¢s tenue frente a deseos de movilidad por el resto del continente.El debate sobre tales cuestiones ofrece la primera oportunidad de quebrar una constante hist¨®rica. La nuestra ha sido una sociedad regida durante siglos por el principio de la pureza de sangre, por la persecuci¨®n de la heterodoxia y de la, disidencia. Todo ello encontr¨® aplicaci¨®n en el rechazo del extranjero y en la pr¨¢ctica de la expulsi¨®n mucho antes que en la de la integraci¨®n. Puede que no exista en Espa?a una cultura del racismo o de la xenofobia en el mismo grado que en otros pa¨ªses, pero cabe preguntarse si ello obedece a que desapareci¨® la posibilidad misma de su existencia.
Debe tenerse en cuenta que la conducta hacia los extranjeros es, sobre todo, una cuesti¨®n de orden pol¨ªtico, muy vinculada al establecimiento o a la preservaci¨®n de una comunidad de relaciones de poder, como lo es el Estado moderno. Como explic¨® Weber, el proyecto o la existencia de una comunidad pol¨ªtica es un prius l¨®gico respecto a delimitaciones raciales o nacionalistas, y ¨¦stas son categor¨ªas -en gran medida artificiales- que deben su funcionalidad pol¨ªtica a que, a diferencia de las divisiones estamentales o de clase, pueden ser utilizadas por los miembros de esa comunidad para afirmar su cohesi¨®n -y habitualmente su conciencia de superioridad- frente a cualquiera de los miembros de comunidades externas. De ah¨ª las considerables dificultades para alterar sustancialmente en una sociedad el estatuto de la extranjer¨ªa. Las dificultades aumentan si -como sucede ahora en las Comunidades Europeas- nos encontramos ante un proceso de unificaci¨®n pol¨ªtica. Es cuando vagos sentimientos de homogeneidad han de ser catalizados en virtud de una actuaci¨®n pol¨ªtica, y aparece, en consecuencia, el riesgo de acentuar la oposici¨®n com¨²n latente respecto a otras gentes.
Lo cierto es que ¨²nicamente bajo circunstancias extraordinariarnerte favorables de expansi¨®n geogr¨¢fica y econ¨®mica ha sido posible -como sucedi¨® en Estados Unidos, como sucede en Australia- emprender una pol¨ªtica sin restricciones, incluso de fomento, para el establecimiento de extrartieros. Sin embargo, del mismo modo que, seg¨²n acabamos de ver, existen poderosos factores pol¨ªticos sobre los que descansan las actitudes de rechazo, no puede descartarse que se abran paso otros en apoyo de actitudes de acogida e integraci¨®n. As¨ª, no ha sido infrecuente que proyectos de renovaci¨®n en el orden interno de algunos pa¨ªses occidentales hayan incorporado a quienes, a causa de las circunstancias pol¨ªticas y econ¨®micas adversas de las que proced¨ªan, eran propicios a reforzar tales proyectos.
Opini¨®n p¨²blica
Una condici¨®n para obtener resultados semejantes es no presentar ciertas circunstancias como obst¨¢culos absolutos y no excitar as¨ª las bajas pasiones, por muy buenos resultados que se espere de esta actitud en relaci¨®n a la opini¨®n p¨²bl¨ªca. Es el caso de los riesgos, con que habitualmente se argumenta, de1ncrementar el desempleo o la delincuencia. Lo primero, como mucho, llevar¨ªa a establecer criterios de inmigraci¨®n selectivos, pues no parece que las cifras globales de paro signifiquen la inexistencia de oferta de trabajo sin atender en varios sectores. Lo segundo traer¨ªa en todo caso, como consecuencia la de controlar la inmigraci¨®n ilegal, lo que no equivale a restringir la de cualquier tipo, sino m¨¢s bien a fomentar la que se realice conforme a las leyes.
El criterio m¨¢s s¨®lido en matena de extranjer¨ªa parece ser, en suma, el de fortalecer un espacio de garant¨ªas para el ciudadano extranjero. En otras palabras: se trata de determinar la capacidad para la acogida de extranjeros en funci¨®n de nuestra propia capacidad para ofrecerles seguridad jur¨ªdica, al objeto de reducir el ¨¢mbito tanto de la ilegalidad como de la ambig¨¹edad, que son la principal causa de situaciones de desvalimiento. Semejante criterio encierra un importante principio restrictivo. Pero ofrece tambi¨¦n la ventaja de limitar la subjetividad y de desplazar la soluci¨®n del problema desde las meras buenas intenciones -que en m¨¢s de una ocasi¨®n son trasunto de hipocres¨ªa- a la eficacia administrativa.
Carece, por ejemplo, de l¨®gica criticar la discrecionalidad para resolver en las fronteras acerca de la entrada en el pa¨ªs y expresar, simult¨¢neamente, una aversi¨®n por principio a la existencia de controles previos, como los visados, que permiten realizar esa entrada con mayor seguridad y, adem¨¢s, que las decisiones se adopten de manera m¨¢s coherente con objetivos pol¨ªticos que el criterio aislado de los funcionarios de fronteras. No se entiende tampoco que diga aborrecerse la explotaci¨®n de que son v¨ªctimas trabajadores extranjeros, mediante el abuso de situaciones de ilegalidad en que se encuentran, y que se rechacen actuaciones que persiguen tales pr¨¢cticas y que, como es razonable, pueden conllevar, entre otras cosas, medidas de repatriaci¨®n, seg¨²n ha sucedido recientemente en Catalu?a.
Es de la mayor importancia entender que ensanchar el ¨¢mbito de seguridad para los extranjeros y sus posibilidades de permanencia o de integraci¨®n es un poderoso factor de civilizaci¨®n y de enriquecimiento colectivo. Ello es algo que pasa necesariamente por el cumplimiento de normas, comenzando por el que deben prestar quienes ejercen alguna autoridad. Reducir la ¨®rbita de la ilegalidad permite un mayor margen para ampliar las garant¨ªas y la aplicaci¨®n de un estatuto de extranjer¨ªa. ¨²nicamente mediante esa din¨¢mica parece posible poner a disposici¨®n de un creciente n¨²mero de ciudadanos extranjeros lo que, seg¨²n se indicaba al principio, ¨¦stos desean alcanzar: libertad, bienestar y capacidad de desplazamiento en el territorio europeo.
es catedr¨¢tico de Derecho Constitucional y subsecretario del Ministerio del Interior.
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