Actualizado el l¨ªmite para la declaraci¨®n simplificada de empresarios
El Consejo de Ministros aprob¨® ayer un real decreto que modifica los l¨ªmites de inclusi¨®n en el procedimiento simplificado de Estimaci¨®n Objetiva Singular (EOS) -que es el sistema por el que declaran en el IRPE los empresarios y profesionales con menores ingresos- en la misma proporci¨®n en la que se ha variado el salario m¨ªnimo interprofesional (SMI) en 1990. El SMI ha aumentado este a?o un 7,13% y ese mismo porcentaje se aplica a los 6.719.000 pesetas que eran el l¨ªmite m¨¢ximo que pod¨ªa tener en 1989 el volumen de operaciones de peque?os empresarlos y profesionales para poder acogerse a la declaraci¨®n simplificada de la Estimaci¨®n Objetiva Singular (EOS). Tras el ajuste, el nuevo l¨ªmite m¨¢ximo queda en 7.198.000 pesetas.
El real decreto aprobado ayer establece que el rendimiento neto en el r¨¦gimen siniplificado de la estimaci¨®n objetiva singular se calcular¨¢ multiplicando por el salarlo m¨ªnimo el cociente que resulte de dividir el volumen de operaciones del empresario por 2.876.000 pesetas. Por ¨²ltimo, el real decreto abre la posibilidad de que los contribuyentes que no superen el l¨ªmite de 1990 declaren por el sistema simplificado a¨²n cuando durante el a?o anterior s¨ª hubieran superado las 6.719.000 pesetas a que ascend¨ªa ese l¨ªmite en el a?o 1989.
C¨¢maras de Comercio
Por otra parte, el Gobierno tambi¨¦n aprob¨® ayer un real decreto que modifica el reglamento de las C¨¢maras de Comercio, en lo referente a elecciones, que fue aprobado por la v¨ªa de un decreto en mayo de 1974. La modificaci¨®n actual pretende conseguir un doble objetivo. Por un lado, se persigue la disminuci¨®n de la edad y el tiempo en ejercicio en la actividad empresarial que se exige a los electores activos y pasivos, as¨ª como la reducci¨®n del n¨²mero de avalistas exigido a los candidatos.
El segundo objetivo consiste en asegurar la transparencia y objetividad del proceso electoral en las C¨¢maras de Comercio, al aplicar un sistema semejante al establecido para el ¨¢mbito pol¨ªtico seg¨²n la ley, de junio de 1985 de r¨¦gimen general electoral. Este segundo objetivo era una asignatura pendiente de las elecciones en las C¨¢maras de Comercio tras la promulgaci¨®n de la Constituci¨®n espa?ola en diciembre de 1978.
El real decreto tambi¨¦n recoge la adaptaci¨®n de las normas espa?olas a la directiva comunitaria de 1967, con lo que se hace desaparecer las actuales diferencias entre empresas espa?olas y de otros pa¨ªses de la Comunidad Europea respecto a la afiliaci¨®n y elegibilidad de los ¨®rganos directivos de las C¨¢maras.
Las pr¨®ximas elecciones de las C¨¢maras de Comercio, Industria v Navegaci¨®n est¨¢n previstas para el segundo semestre de este a?o y se celebrar¨¢n por el nuevo sistema de elecci¨®n; un procedimiento democr¨¢tico que ajusta estas elecciones a las exigencias de la Constituci¨®n.
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