El impuesto sobre el patrimonio reducir¨¢ los contribuyentes de 700.000 a medio mill¨®n
La elevaci¨®n del m¨ªnimo exento de 9 a 14 millones de pesetas en el nuevo impuesto sobre el patrimonio liberar¨¢ a unas 200.000 personas de la obligaci¨®n de declarar por este tributo. Ello no supondr¨¢, sin embargo, una merma en la recaudaci¨®n global por este impuesto, ya que la nueva tarifa, m¨¢s progresiva, obligar¨¢ a pagar m¨¢s a los contribuyentes con m¨¢s de 100 millones de pesetas de patrimonio. El proyecto de ley del nuevo impuesto sobre el patrimonio fue examinado el mi¨¦rcoles por la comisi¨®n de subsecretarios y se envi¨® ayer a las comunidades aut¨®nomas.El impuesto sobre patrimonio continuar¨¢ manteniendo su car¨¢cter de control antes que recaudador. En 1988 Hacienda ingres¨® por este tributo 55.000 millones de pesetas frente a los 3,3 billones del impuesto sobre la renta. Pero la Administraci¨®n pretende convertirlo en un impuesto m¨¢s progresivo y, al tiempo, controlar las inversiones de los no residentes. Asimismo, se intenta evitar la elusi¨®n del pago de impuestos de personas que declaran grandes patrimonios, pero pocos ingresos en el impuesto sobre la renta (IRPF).
La nueva tarifa supondr¨¢ que a partir de 1.600 millones de pesetas de patrimonio se alcance el tipo m¨¢ximo del 2,5%, mientras que ahora se llega al 2% de tipo m¨¢ximo a partir de 2.500 millones de pesetas.
Conexi¨®n con el IRPF
Uno de los aspectos m¨¢s novedosos del proyecto es el control del l¨ªmite m¨¢ximo que se debe pagar al sumar las cuotas de renta y patrimonio. El borrador introduce dos posibles soluciones para evitar que el l¨ªmite m¨¢ximo de tributaci¨®n conjunta por renta y patrimonio -que se mantendr¨¢ en el actual 70% de la base imponible en renta- siga siendo una v¨ªa de escape para contribuyentes con grandes patrimonios r¨²sticos sin explotar y que, por tanto, no generan renta, as¨ª como para titulares de empresas familiares que no cotizan en bolsa y en las que el empresario se asigna un sueldo muy reducido.El Gobierno elegir¨¢ entre las dos opciones que incluye el borrador. La primera consiste en a?adir a la base imponible del IRPF los beneficios no distribuidos por sociedades de las que ¨¦ste sea titular, o sea propietario de una participaci¨®n, cuando esas empresas no coticen en bolsa y no est¨¦n sometidas al r¨¦gimen de transparencia fiscal. Si, tras la incorporaci¨®n de los beneficios no distribuidos, la suma de la cuota de renta y patrimonio sigue superando al 70% de la base imponible del IRPF, se reducir¨¢ la cuota del impuesto sobre el patrimonio hasta alcanzar el l¨ªmite del 70%.
La segunda opci¨®n supone la introducci¨®n de un impuesto m¨ªnimo. En concreto, si la suma de ambas cuotas supera el l¨ªmite del 70%, se reducir¨¢ la del patrimonio hasta llegar a ese l¨ªmite, con la salvedad de que la reducci¨®n no podr¨¢ superar el 90% de la cuota inicial. Esta opci¨®n asegura que el contribuyente pagar¨¢ un impuesto m¨ªnimo de patrimonio, el 10% de su cuota originaria, aunque este pago le suponga superar con el de renta el 70% de la base imponible del IRPF.
Otra de las novedades del impuesto, que mantiene su car¨¢cter de control m¨¢s que de recaudaci¨®n, es conseguir una mayor informaci¨®n sobre los no residentes. Estos no tienen m¨ªnimo exento para hacer la declaraci¨®n por lo que deber¨¢n presentarla siempre que sean titulares de bienes o derechos situados o que puedan ejercitarse en territorio espa?ol, independientemente de cu¨¢l sea su cuant¨ªa.
Multas de dos millones
Los no residentes deber¨¢n nombrar a una persona con domicilio en Espa?a que los represente ante la Administraci¨®n y comunicarlo en el plazo de dos meses, a partir del momento en el que hayan adquirido un bien que les obligue a declarar. El incumplimiento de esta obligaci¨®n ser¨¢ sancionada, seg¨²n el borrador, con una multa de entre 25.000 pesetas y dos millones. Si el no residente no paga el impuesto, su representante o gestor tendr¨¢ responder solidariamente.El control de los patrimonios de no residentes intenta adelantarse a los efectos fiscales que tendr¨¢ la liberalizaci¨®n total de los movimientos de capitales en Europa, que ser¨¢ efectivo en Espa?a desde 1993.
El borrador del impuesto sobre el patrimonio introduce tambi¨¦n nuevas normas para el c¨¢lculo del valor de los bienes y derechos que componen el patrimonio. Para fijar el valor de inmuebles y fincas se tomar¨¢ el que sea m¨¢s alto entre el catastral, el comprobado por la Administraci¨®n a efectos. de otros tributos, y el precio o valor de adquisici¨®n.
La valoraci¨®n de los dep¨®sitos en cuentas corrientes, a la vista o de ahorro, se har¨¢ por el saldo que arrojen en la fecha de devengo del impuesto (el 31 de diciembre de cada a?o), salvo que ¨¦ste sea inferior al saldo medio del ¨²ltimo trimestre del a?o, en cuyo caso se tomar¨ªa esta referencia.
Las acciones de sociedades que cotizan en bolsa se valoraran por la cotizaci¨®n media del cuarto trimestre del ejercicio. Cuando las acciones sean nuevas, es decir, a¨²n no est¨¦n admitidas a cotizaci¨®n, el valor de esas acciones para el impuesto ser¨¢ la ¨²ltima cotizaci¨®n de las acciones viejas en el periodo de suscripci¨®n.
La valoraci¨®n de otras participaciones de fondos propios de cualquier entidad que no cotice en mercados organizados se har¨¢ por el mayor de los tres siguientes: el valor nominal, el te¨®rico del ¨²ltimo balance aprobado y el que resulte de capitalizar, al 10%, la media de los beneficios de los tres ¨²ltimos ejercicios cerrados.
El criterio de valoraci¨®n de objetos de arte, de colecci¨®n, antiguedades, joyas, pieles, embarcaciones de recreo y, en general, bienes de lujo ser¨¢ su valor de mercado en la fecha de pago del impuesto.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.