La retribuci¨®n de los funcionarios subir¨¢ un 6,26%,
Las retribuciones b¨¢sicas y complementarias de los funcionarios para el pr¨®ximo a?o subir¨¢n un 6,26%. El incremento real es del 5%, que se une a otro 1,26%, resultante de consolidar en tablas salariales el aumento cobrado en 1990 como consecuencia de la denominada deuda social, seg¨²n el compromiso adquirido por el Gobierno con los sindicatos el pasado mes de enero.El proyecto de ley prev¨¦ tambi¨¦n un incremento del 6,26% para el conjunto de las retribuciones complementarias que no tienen car¨¢cter fijo y peri¨®dico, as¨ª como tambi¨¦n para la indemnizaci¨®n por residencia, con excepci¨®n del personal de las instituciones sanitarias del Insalud. Asimismo, se culmina el proceso de igualaci¨®n de las remuneraciones de los funcionarios de empleo interino con las de los funcionarios de carrera, al elevar sus retribuciones b¨¢sicas -exclu¨ªdos los trienios- del 95%, vigente hasta el 100% de las de los funcionarios de id¨¦ntico grupo de titulaci¨®n.
En el caso del personal sometido al Derecho Laboral, la masa salarial del personal de los Entes y Organismos que configuran el sector p¨²blico estatal no podr¨¢ experimentar un incremento global superior al 6,26%. Este porcentaje deber¨¢ ser distribuido y aplicado a trav¨¦s del proceso de negociaci¨®n colectiva.
Pensiones p¨²blicas
En materia de pensiones p¨²blicas, el proyecto de ley mantiene la l¨ªnea de ejercicios anteriores en lo que concierne al incremento general del poder adquisitivo de sus beneficiarios, fijando un aumento medio del 6,5%, sobre las cuant¨ªas de 1990. Adem¨¢s, y con el fin de otorgar un tratamiento m¨¢s favorable a las pensiones de menor cuant¨ªa, se establece un fondo adicional para la revalorizaci¨®n de las pensiones m¨ªnimas de viudedad de la Seguridad Social, en favor de mayores de 60 a?os, as¨ª como en favor de las pensiones de viudedad del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez.
De igual forma, para el pr¨®ximo a?o, el l¨ªmite m¨¢ximo de pensi¨®n se incrementa en la misma medida en que lo hace el conjunto de pensiones p¨²blicas; es decir, un 6,5%, quedando establecido en 220.617 pesetas mensuales.
En materia de clases pasivas del Estado, las pensiones causadas por los funcionarios p¨²blicos experimentar¨¢n en 1991 un porcentaje de revalorizaci¨®n del 6,5%, que se aplicar¨¢ en todos los casos.
En este mismo apartado de clases pasivas, el proyecto de ley determina la cuant¨ªa de las pensiones causadas al amparo de la legislaci¨®n especial derivada de la guerra civil, reconocidas para quienes sufrieron prisi¨®n por hechos de intencionalidad pol¨ªtica. Adem¨¢s se establecen indemnizaciones en favor de los familiares de quienes fallecieron en el per¨ªodo comprendido entre 1985 y 1990 como consecuencia de la prestaci¨®n del Servicio Militar Obligatorio y no causaron derecho a pensi¨®n en el R¨¦gimen de Clases Pasivas.
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