Complaciente acusaci¨®n
EL TRISTE papel desempe?ado por el ministerio fiscal en el proceso sobre los Grupos Antiterroristas de Liberaci¨®n (GAL) ha culminado, por el momento, en una complaciente y confusa acusaci¨®n provisional contra los polic¨ªas Jos¨¦ Amedo y Michel Dom¨ªnguez. Puesto en la tesitura de cumplimentar el tr¨¢mite de calificaci¨®n provisional de la causa, el ministerio fiscal -esa instituci¨®n constitucionalmente investida de la tarea de "promover la acci¨®n de la justicia en defensa de la legalidad"- ha optado por minimizar los hechos indiciariamente constatados, interpretarlos en contra de algunas reglas de la l¨®gica y, en definitiva, despojarlos de elementos que pudieran reforzar la l¨ªnea de investigaci¨®n conducente a instancias m¨¢s altas que las de los procesados.La investigaci¨®n vertical en el caso Amedo -es decir, aquella tendente a despejar la inc¨®gnita situada por el juez Garz¨®n en la c¨²spide del organigrama de los GAL- se ha revelado imposible en aras de un discutible entendimiento de lo que es la raz¨®n de Estado. Pero tambi¨¦n la horizontal -aquella que se sit¨²a en el nivel funcionarial de Amedo y Dom¨ªnguez- amenaza con diluirse en el camino que conduce al juicio oral. Al menos, la calificaci¨®n provisional realizada por el fiscal tiene visos de perseguir este objetivo. En su inter¨¦s por individualizar al m¨¢ximo los hechos criminales imputados a los inculpados, y por limpiarlos de cualquier sospecha de implicaciones p¨²blicas, el ministerio fiscal no duda en hacerlos ininteligibles, contraviniendo el elemental sentido com¨²n.
As¨ª, obligado a reconocer la acci¨®n criminal de Amedo y Dom¨ªnguez -los hechos sumariales son los hechos-, se ausenta de enmarcarla en la actividad de los GAL, aunque tal actitud conduzca a admitir la existencia de una innominada y desconocida banda armada exclusivamente integrada por los dos polic¨ªas. Y todo ello aunque tenga que pasar por encima de las evidencias que constan en el proceso: que los hechos delictivos de que son acusados Amedo y Dom¨ªnguez -entre otros, seis asesinatos frustrados y otro consumad,o- fueran reivindicados en su d¨ªa por los citados GAL, y que los m¨¦todos de reclutani¨ªento y financiaci¨®n de mercenarios utilizados por aqu¨¦llos coincidan al dedillo con los propios de la banda armada. El n¨²nisterio fiscal admite una coincidencia temporal entre los actos criminales de unos y de otros, pero nada m¨¢s.
Esta peculiar l¨®gica consistente en aceptar los hechos, pero atenuarlos al l¨ªmite, se manifiesta con especial relevancia ante la imputaci¨®n del asesinato de Juan Carlos Garc¨ªa Goena, espa?ol residente en Francia y absolutamente ajeno a ETA: el fiscal exonera de tal delito a Amedo y Dom¨ªnguez por no considerar fundamentado el testimonio de la antigua novia del segundo, pero al mismo tiempo les imputa un delito de coacciones por intentar que ¨¦sta no prestara dicho testimonio ante el juez.
Sin duda, donde el ministerio fiscal tiene la raz¨®n -aqu¨ª, la l¨®gica y el sentido com¨²n vuelven por sus fueros y la evidencia se impone- es en su afirmaci¨®n de que las conductas de los dos funcionarios encausados "da?aron la imagen del Estado espa?ol y de la polic¨ªa". Pero, con ser ello grave, m¨¢s lo es que el ministerio fiscal, con su actitud en la investigaci¨®n, y los responsables de Interior, con su oposici¨®n a que los jueces indagasen sobre los fondos reservados, nada hiciesen por restaurarlas.
En todo caso, la ¨²ltima palabra sobre el caso Amedo no se dir¨¢ hasta el momento del juicio oral. El tribunal que ha de juzgar el caso -distinto del que tir¨® la toalla en la investigaci¨®n de los fondos reservados- no s¨®lo deber¨¢ tener en cuenta la tibia acusaci¨®n del fiscal; tambi¨¦n deber¨¢ analizar las acusaciones particulares y, en general, todos los datos que obran en el sumario del juez Garz¨®n.
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