El Constitucional juzga discriminatorio el decreto sobre subsidio al desempleo
El Tribunal Constitucional considera que el real decreto que regula el subsidio de desempleo establece discriminaciones que lesionan el derecho a la igualdad, seg¨²n una sentencia que se?ala tambi¨¦n que esta disposici¨®n es m¨¢s restrictiva que la Ley de Protecci¨®n al Desempleo de 1984. La sentencia resuelve el recurso de amparo presentado en 1988 por una trabajadora fija discontinua del Ayuntamiento de Navarra.
La trabajadora percibi¨® del Instituto Nacional de Empleo (Inem) las prestaciones correspondientes a 18 meses en concepto de subsidio por desempleo. El Inem interpuso demanda ante la Magistratura de Trabajo de Pamplona, instancia que resolvi¨® que la trabajadora s¨®lo ten¨ªa derecho a percibir el subsidio por desempleo durante tres meses. La Magistratura se apoy¨® para dictar su sentencia en el decreto que se?ala que la duraci¨®n del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos con responsabilidad familiar que hayan dotado prestaci¨®n contributiva -caso de la trabajadora navarra- ser¨¢ equivalente al n¨²mero de meses cotizados en el a?o inmediatamente anterior al momento de solicitar el subs¨ªdio.La demandante apel¨® al alto tribunal por entender que la sentencia de la Magistratura de Trabajo caus¨® una discriminaci¨®n lesiva del derecho a la igualdad reconocido en el art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n. En el recurso apuntaba que se le hab¨ªa aplicado una norma que restring¨ªa las condiciones de acceso y disfrute del subsidio por desempleo para los trabajadores fijos discontinuos sin que tal diferenciaci¨®n estuviese prevista en el nivel asistencial por la Ley de Protecci¨®n al Desempleo.
Tratamiento diferenciado
Ante eso, el Tribunal Constitucional se?ala en su sentencia que se ha previsto un tratamiento diferenciado para los trabajadores fijos discontinuos que supone establecer ilegalmente una diferencia no contenida en la Ley de Protecci¨®n al Desempleo. Asimismo, explica que no es l¨ªcito constitucionalmente que la voluntad del legislador, expresada en la Ley de Protecci¨®n al Desempleo, quede menoscabada s¨®lo para una categor¨ªa de trabajadores.A?ade que la normativa no garantiza debidamente el derecho a la igualdad en funci¨®n de las diferentes situaciones laborales de los posibles beneficiarios del mismo. Dice tambi¨¦n que las disposiciones que desarrollan la ley "no pueden establecer diferencias no diferenciadas" para restringir los derechos de los trabajadores.
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