Notarios y registradores se acusan del colapso mercantil producido por la nueva legislaci¨®n
A los casi 14 meses de vigencia de la nueva ley de Sociedades An¨®nimas, que se inici¨® en enero de 1990, el tr¨¢fico mercantil ha experimentado un colapso que algunos notarios atribuyen a las diferencias de interpretaci¨®n entre cada registrador mercantil y al deseo de justificar su funci¨®n. Los titulares del Registro Mercantil creen exageradas las cr¨ªticas a los notarios y se?alan que un 25% de las escrituras de sociedades - 25.000- tienen que devolverlas, por defectuosas, a pesar de lo cual s¨®lo se han presentado unos 50 recursos contra el criterio de registrador.
Las cr¨ªticas al atasco de los registros mercantiles, en donde tardan hasta 60 d¨ªas en inscribir una sociedad, provienen fundamentalmente de algunos notarios que han pedido a este peri¨®dico preservar su identidad, as¨ª como oficiales de notar¨ªas. Todos ellos coinciden en que los registradores mercantiles realizan las calificaciones con una interpretaci¨®n personal, individual, que conduce a que "si hay 17 registradores hay 17 criterios", dicen. A?aden que no discuten la competencia de los registradores, aun de elegir registro agrava el problema, a diferencia de la libertad de elecci¨®n de notario.Tales notarios acusan tambi¨¦n a los registradores de modificar sus propios criterios, de modo que hace una calificaci¨®n 10 veces de una forma y a la de 11 la cambian". Entre los problemas "grav¨ªsimos" que esta actitud produce, los notarios resaltan la no realizaci¨®n de operaciones mercantiles a causa del coste registral de la transformaci¨®n de la sociedad o del nombramiento de expertos,. En cuanto a los recursos, un notario se queja de que la direcci¨®n general de los Registros y el Notariado, del Ministerio de Justicia, tarda mucho en resolverlos, en algunos casos un a?o".
Por su parte, Jos¨¦ Mar¨ªa de Prada, decano de los notarios, atribuye los problemas producidos a la nueva ley de Sociedades y a su reglamento, "minucioso y legalista, interpretado a veces por los registradores en su pura literalidad, mientras que los notar¨ªos", dice, "estamos m¨¢s en contacto con la realidad". De Prada califica de "tarea rneritoria" la que realizan los registradores, aunque estima que est¨¢n sobrepasados de trabajo y ante el problema de la interpretaci¨®n de una norma nueva".
'Tiquismiquis'
Una cr¨ªtica m¨¢s radical realiza el abogado mercantilista Jos¨¦ Merino, para quien el antiguo proyecto de convertir a los registradores en funcionar-los sin arancel [percepci¨®n directa de los ciudadanos a quienes pres tan sus servicios] les conduce a "buscar tiquismiquis para justi ficar su profesi¨®n". Merino es t¨ªma "absurdo exigir la fecha de nac¨ª miento de un consejero o apoderado" y recuercla que una vez envi¨® para inscr¨ªbir en el registro el nombramiento'de tres consejeros, tr¨¢mite que tar d¨® tres meses, con lo que caduc¨® el asunto y al final se, le rechaz¨®. Expuestas estas cr¨ªticas al decano de los registradores, Jos¨¦ Poveda, as¨ª como a Manuel Casero, miembro de, la actual junta de gobierno, y al presidente de los registradores mercantiles de Madrid, Jos¨¦ Antonio Calero, las estirnaron exageradas. Reconocieren que existen diferencias de eriterio entre los registradores -"somos personas", dijeron- y defendieron la no elecci¨®n del registrador, -"porque el registrador lleva el historial del asunto" y porque Ia no elecci¨®n es garant¨ªa de imparcialidad, como ocurre con el juez".Los registradores recordaron que ellos son los primeros interesados en inscribir -"si no inscribo, no cobro", dijo uno de ellos- y reprocharon a sus cr¨ªticos que no conciban que sus objeciones registrales son realizadas de buena fe.
Devoluci¨®n de inscripciones
Aseguraron que la devoluci¨®n de inscripciones protege muchas veces a los socios minoritarios y recordaron que los registradores responden con su patrimonio de las posibles incorrecciones, en una profesi¨®n que, frente a las retribucionesastron¨®micas manejadas, -el rendimiento bruto mensual medio es de unas 500.000 pesetas".En respuesta a algunas cr¨ªticas concretas, se?alaron que la fecha de nacimiento del apoderado de una sociedad es importante, "porque a los 65 a?os se jubila". En general, atribuyeron las censuras recibidad a "la nueva labor asesoradora que los registradores ejercen con los particulares, menos asesorados que las poderosas sociedaddes an¨®nimas. La atenci¨®n directa al p¨²blico de los registradores "ha pisado muchos callos". dijeon, "entre los notarios y los abogados".
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