El tribunal vasco desestima la suspensi¨®n para actualizar balances en Guip¨²zcoa
El Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco ha desestimado la suspensi¨®n cautelar de la norma foral guipuzcoana sobre actualizaci¨®n de balances solicitada por la Administraci¨®n central. El auto no se pronuncia sobre el fondo del conflicto, pues esto queda para cuando se dictamine sobre el recurso. El motivo por el que el tribunal desestima la suspensi¨®n de la regularizaci¨®n de balances es que "origina ventajas y beneficios" para las empresas.
La Administraci¨®n central ha advertido que no piensa retirar los recursos presentados ni sobre la actualizaci¨®n de balances ni sobre los incentivos fiscales a las empresas. Adem¨¢s, Hacienda est¨¢ estudiando elevar un recurso adicional ante el Tribunal Supremo, aunque probablemente espere a que se produzca la sentencia sobre el recurso. Las haciendas vascas, por su parte, han calificado el auto de "decisi¨®n acertada" pues lo consideran corno una negativa a "judicializar un problema que es pol¨ªtico".El problema pr¨¢ctico que abre esta negativa es que a partir de ahora las empresas guipuzcoanas (y previsiblemente en pocas semanas las de Vizcaya y ?lava) pueden iniciar su actualizaci¨®n de balances y ¨¦sta ser¨ªa irreversible. Como medida cautelar, el Tribunal ha previsto que en el caso de que la sentencia final sobre el fondo sea favorable a la Administraci¨®n central las empresas que hayan actualizado deber¨¢n pagar el impuesto sobre sociedades que se hubieran ahorrado con la actualizaci¨®n.
De momento, el fallo invoca la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (37/nov¨ªembre de 1981) para afirmar que las disposiciones Fiscales de las Juntas Generales de Guip¨²zcoa no "da?an eI principio de igualdad constitucional en su vertiente territorial, "ni siquiera en el plano definitivo constituye inter¨¦s constitucionalmente amparado el de que en cada parte del territorio nacional exista identidad de regulaci¨®n en todas y cada una de las materias de las que surjan derechos y obligaciones".
Inter¨¦s constitucional
Esta conclusi¨®n ya va en contra del principal motivo esgrimido por la Hacienda del Estado tanto al presentar el recurso como al pedir la suspensi¨®n: el inter¨¦s constitucional de que no haya diferencias en el trato fiscal entre distintas zonas del territorio del Estado.Los abogados del Estado basaron la petici¨®n de suspensi¨®n cautelar de la norma en el agravio comparativo para los terceros sometidos a la norma estatal. Este agravio ser¨¢ posible a partir de ahora, pero fuentes de Hacienda aseguran que, en principio, no se va preparar una norma de actualizaci¨®n para todo el Estado, tal como han pedido los grupos de CIU, CDS, los nacionalistas vascos y el Partido Popular.
El auto considera, asimismo, que no hay "quebranto econ¨®mico para las empresas" que se acojan a la regularizaci¨®n, sino que "de modo inmediato y directo, lo que origina la norma foral impugnada son ventajas y beneficios para los destinatarios de la misma". A juicio del tribunal, el "mero desajuste formal s¨®lo podr¨ªa devenir te¨®ricamente perturbador para el caso de que el recurso prospere, sin que mientras tanto se detalle perjuicio efectivo y objetivable desde la ¨®ptica funcional de dichas empresas".
Los asesores fiscales de las empresas creen que la no suspensi¨®n de la norma sobre regularizaci¨®n implica que las sociedades van a actualizar sus balances en este ejercicio, tal y como marcan las normas de las tres haciendas vascas.
El diputado general de Vizcaya, Jos¨¦ Alberto Pradera, considera que "Ios jueces han demostrado con esta sentencia su intenci¨®n de no caer en la trampa tendida por la Administraci¨®n de judicializar un tema claramente pol¨ªtico".
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