Acercamiento a Europa
El 28 de junio de 1990 el Estado andorrano firmaba, en Luxemburgo y Bruselas, un acuerdo comercial con la Comunidad Europea.El Parlamento Europeo, tras un informe favorable presentado ante el pleno por el eurodiputado espa?ol P¨¦rez Royo, daba luz verde al acuerdo con Andorra el d¨ªa 23 de noviembre de 1990. As¨ª, en virtud del art¨ªculo 24 del acuerdo, su aplicaci¨®n se iniciar¨¢ el pr¨®ximo 1 de julio.
A trav¨¦s de este acuerdo, Andorra entra en la Uni¨®n Aduanera comunitaria en el ¨¢mbito de los productos industriales.
Andorra queda sometida, a partir del 1 de julio, a la tarifa aduanera com¨²n (TDC), as¨ª como a la pol¨ªtica comercial com¨²n.
El corolario a una frontera aduanera com¨²n con los pa¨ªses terceros es la libre circulaci¨®n de productos en libre pr¨¢ctica en el interior de la Uni¨®n Aduanera, sin distinci¨®n del origen de aquellos productos. Esta libertad de circulaci¨®n supone una innovaci¨®n importante para las empresas andorranas que, por primera vez, pueden acceder al mercado europeo sin recibir el trato de pa¨ªs tercero. Paralelamente, Andorra, que seguir¨¢ bajo la consideraci¨®n comunitaria de pa¨ªs tercero en todos los productos agr¨ªcolas, obtiene el libre tr¨¢nsito de estos productos a trav¨¦s de territorio comunitario y los productos agr¨ªcolas de origen andorrano se benefician de la exenci¨®n de derechos en el conjunto de la Comunidad Europea.
Finalmente, este acuerdo conlleva un cambio considerable en el r¨¦gimen de las franquicias aduaneras concedidas a los viajeros, que experimentan un aumento sustancial.
En el marco del despliegue del acuerdo se ha reunido esta semana en nuestra capital el Comit¨¦ Mixto CE/Andorra, con asistencia por parte comunitaria de representantes de los estados miembros, de funcionarios de las diferentes direcciones de la Comisi¨®n de las Comunidades as¨ª como de un representante del secretariado general del Consejo de Ministros de los Doce.
Se trata de una reuni¨®n de marcado car¨¢cter t¨¦cnico durante la cual los representantes comunitarios y el Gobierno de Andorra han analizado y concretado diferentes aspectos de la incorporaci¨®n en el derecho interno andorrano de las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas aplicables en materia aduanera en la Comunidad y necesarias para el buen funcionamiento de la Uni¨®n Aduanera.
No obstante, el alcance pol¨ªtico e institucional de la reuni¨®n constituyente del Comit¨¦ Mixto es notable. Destacaremos dos aspectos importantes:
1. Por primera vez, Andorra establece un tratado internacional. Y lo hace con la primera potencia comercial del mundo.
2. Un r¨¦gimen de derechos, libremente pactado, viene a sustituir al sistema vigente hasta la fecha, que limitaba los intercambios comerciales de Andorra a unas decisiones unilaterales de los estados vecinos, Espa?a y Francia.
A partir de ahora el interlocutor de Andorra ser¨¢ tambi¨¦n Bruselas y en el marco contractual definido por el acuerdo que comentamos.
As¨ª pues, Andorra, que por su situaci¨®n geopol¨ªtica forma parte integrante de Europa, se imbrica m¨¢s ¨ªntimamente en la din¨¢mica de construcci¨®n europea.
Coincidiendo con el inicio de un proceso constituyente en el que los andorranos negocian con ambos copr¨ªncipes la devoluci¨®n de la soberan¨ªa a las autoridades elegidas por el pueblo, los primeros pasos de acercamiento a Europa en los planos comercial e institucional son pues, a nuestro entender, de gran importancia.
Y lo son porque consideramos que la din¨¢mica europea va m¨¢s all¨¢ de un espacio econ¨®mico. Por esta raz¨®n Andorra se esfuerza y se esforzar¨¢ para adaptarse socialmente y pol¨ªticamente a la din¨¢mica evolutiva europea.
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