La CE proh¨ªbe cualquier publicidad de tabaco a partir de enero del 1993
La prohibici¨®n en la CE de todo tipo de publicidad, directa o indirecta, del tabaco entrar¨¢ en vigor el 1 de enero de 1993, seg¨²n el proyecto de directiva aprobado ayer en Estrasburgo por la Comisi¨®n Europea. La televisi¨®n se ver¨¢ afectada por otra norma, ya aprobada en 1989, a partir del pr¨®ximo 31 de octubre, que impedir¨¢ incluso las retransmisiones deportivas en las que aparezca como patrocinador una marca de cigarrillos.
La nueva directiva de la CE extender¨¢ a la prensa escrita, salas de cine y carteles publicitarios la prohibici¨®n de todo anuncio de productos de tabaco que ya ha sido aprobada por los Doce para radio y televisi¨®n. El coste de la medida es de un 1,6% de la inversi¨®n global publicitaria, seg¨²n explic¨® la comisaria Vasso Papandreu. Esta merma de ingresos para agenclas de publicidad y medios de comunicaci¨®n est¨¢ suficientemente justificada si se tiene en cuenta que el c¨¢ncer se cobra cada a?o en la CE 430.000 vidas de fumadores. La futura directiva, que debe ser aprobada por los Doce, tiene un doble objetivo: igualar las condiciones de mercado y proteger la salud p¨²blica.La ¨²nica publicidad del tabaco consentida ser¨¢n anuncios en los lugares de venta. Un fabricante de cigarrillos podr¨¢ continuar patrocinando acontecimientos deportivos, pero en ese caso la televisi¨®n no podr¨¢ retransmitirlos a partir del 1 de noviembre de este a?o. En otros medios, el nombre de un fabricante de cigarrillos podr¨¢ figurar como patrocinador a partir de 1993 s¨®lo si no emplea el logotipo u otros s¨ªmbol os que provoquen una asociaci¨®n con la imagen de marca.
Incluso la distribuci¨®n gratuita de camisetas de algunas marcas, explic¨® Papandreu, "ser¨ªa considerada como publicidad enga?osa". Las sociedades tabaqueras podr¨¢n seguir utilizando su marca, siempre que la venta de cigarrillos u otros derivados del tabaco no sea su negocio m¨¢s importante o que su imagen de marca no est¨¦ vinculada a este producto pernicioso.
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