El Constitucional recalca que las radios necesitan licencia para emitir
El Tribunal Constitucional ha denegado a Radio Costa Blanca de Alicante la posibilidad de emitir en FM sin previa autorizaci¨®n administrativa y ha reiterado que el derecho a comunicar informaci¨®n veraz del art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n no significa el reconocimiento de un derecho directo a emitir, "ni de este precepto nace directamente un derecho a exigir sin m¨¢s el otorgamiento de frecuencias".
Radio Costa Blanca anunci¨® a la Generalitat valenciana su prop¨®sito de empezar a emitir. Seis meses despu¨¦s, la emisora fue precintada. El alto tribunal no ha entrado a juzgar la inconstitucionalidad del art¨ªculo 1.2 del Estatuto de la Radio y de la Televisi¨®n. Pero sobre las alegaciones de que el citado estatuto no tiene rango de ley org¨¢nica, el Constitucional se?ala: "Una cosa es buscar ante los tribunales la protecci¨®n del derecho que se cree afectado por insuficiencia de rango y otra erigirse en juez de esa regulaci¨®n y decidir ignorarla".
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