Los espa?oles no disfrutar¨¢n de los beneficios fiscales para no residentes
El Ministerio de Hacienda estudia f¨®rmulas legales para evitar que inversores espa?oles se beneficien de la exenci¨®n fiscal prevista en la nueva ley del IRPF para los rendimientos obtenidos en nuestro pa¨ªs por no residentes. Se trata de impedir las denominadas "operaciones circulares" que consisten en que un espa?ol constituye una sociedad, por ejemplo en Holanda, y desde all¨ª canaliza sus inversiones hacia Espa?a.
De esta forma, los rendimientos conseguidos en nuestro pa¨ªs -intereses e incrementos de patrimonio derivados de bienes muebles- se considerar¨ªan como obtenidos por un residente en la Comunidad Europea y, por tanto, no tributar¨ªan en Espa?a. Este beneficio fiscal tiene una excepci¨®n y es la de los rendimientos de inversiones procedentes de para¨ªsos fiscales.Una de las f¨®rmulas todav¨ªa en una primera fase de estudio consiste, seg¨²n ha confirmado el Ministerio de Hacienda, en considerar a las sociedades creadas por residentes espa?oles en otro pa¨ªs de la CE como de "transparencia fiscal". Es decir, que los beneficios de estas sociedades -que en Holanda o Luxemburgo, por ejemplo, tienen una tributaci¨®n muy baja- se consideren como obtenidos por el residente espa?ol -sea persona f¨ªsica o jur¨ªdica- y, por tanto, paguen impuestos en Espa?a sin exenciones.
Esta medida, seg¨²n explic¨® ayer en la Universidad Men¨¦ndez Pelayo, el gerente de Arthur Andersen, Ricardo G¨®mez, ya est¨¢ vigente en el resto de los pa¨ªses de la CE para evitar la elusi¨®n fiscal. En su opini¨®n, las ventajas previstas en la nueva ley del IRPF para las inversiones en activos mobiliarios -acciones de empresas, deuda p¨²blica, pagar¨¦s, etc¨¦tera- realizadas por residentes en la CE, supone que la inversi¨®n efectuada por espa?oles en nuestro pa¨ªs "estar¨¢ peor tratada".
Ello puede provocar la b¨²squeda por estos ¨²ltimos de v¨ªas alternativas como las "operaciones circulares". Sobre todo, desde el momento en que exista libertad de movimientos de capitales, es decir, en Espa?a a partir del 1 de enero de 1993.
Este tipo de operaciones ya se utilizan en la actualidad -por ejemplo la realizada ¨²ltimamente por Repsol- pero est¨¢n sometidas a la autorizaci¨®n por parte de la Direcci¨®n General de Transacciones Exteriores, que las da con "cuentagotas".
Por otra parte, durante el seminario sobre inversi¨®n y ahorro en el nuevo marco fiscal, los expertos se mostraron de acuerdo con la reducci¨®n de los incentivos fiscales en el impuesto de sociedades, anunciada anteayer. Sin embargo, como se?al¨® el presidente de la Asociaci¨®n Espa?ola de Asesores Fiscales, Mario Alonso, ello deber¨ªa acompa?arse de la reducci¨®n del tipo impositivo en el impuesto de sociedades, que en la actualidad es el 35%.
El representante de Arthur Andersen explic¨® que el actual impuesto de sociedades es competitivo" y que el problema est¨¢ en las elevadas cotizaciones a la Seguridad Social que representan una Iacra para la creaci¨®n de empleo". En su opini¨®n, la consideraci¨®n como gasto deducible de las inversiones en formaci¨®n profesional y tecnolog¨ªa, prevista como oferta del Gobierno en el pacto social, es "inexplicable" porque se trata de incentivos que ya existen en la actualidad.
Crist¨®bal Montoro, catedr¨¢tico de Hacienda P¨²blica, explic¨® por su parte que la prevista reforma del impuesto de sociedades deber¨ªa acompa?arse de medidas como la actualizaci¨®n de balances, la amortizaci¨®n anticipada, o eliminar la doble tributaci¨®n sobre dividendos. Ello permitir¨ªa que las empresas dispusieran de mayores recursos para la inversi¨®n, lo cual es una necesidad en un pa¨ªs como Espa?a con mucho desempleo.
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