La Audiencia falla que las asociaciones de jubilados pueden negociar las pensiones
La Audiencia Nacional ha declarado en una sentencia que una asociaci¨®n no sindical como la Uni¨®n Democr¨¢tica de Pensionistas (UDP) puede participar en las negociaciones con la Administraci¨®n sobre pol¨ªtica de pensiones, sin que pueda ser discriminada respecto a los sindicatos.La sentencia, recogida por la revista La Ley, se?ala que en las negociaciones con la Administraci¨®n sobre pensiones pueden intervenir los sindicatos "y tambi¨¦n asociaciones formadas por pensionistas que en ejercicio precisamente de la libertad sindical no han querido afiliarse a sindicato alguno, pero que en ejercicio del derecho de libre asociaci¨®n han formado la suya propia".
El tribunal desestima un recurso contencioso-administrativo interpuesto por UGT contra un acuerdo suscrito entre el Ministerio de Trabajo y la UDP para la revalorizaci¨®n de las pensiones de la Seguridad Social. El sindicato manten¨ªa que no pod¨ªa llamarse a las negociaciones a la UDP por no ser sindicato, sino asociaci¨®n, y no contar adem¨¢s con la suficiente representatividad para negociar una materia eminentemente sindical.
La Audiencia se?ala que de admitirse las tesis de UGT, "s¨ª que se violar¨ªa la libertad sindical y el derecho de libre asociaci¨®n". Por otra parte, recoge que el criterio de la representatividad tiene sentido en caso de exclusiones, "pero no aqu¨ª, pues no ha habido exclusi¨®n, sino inclusi¨®n. La sentencia explica que los pensionistas no pueden fundar sindicatos sino integrarse en los Ya existentes o, "defender sus derechos asoci¨¢ndose". En este sentido, argumenta que "en materia de pensiones no se est¨¢ ante una relaci¨®n laboral ni de servicios, sino ante una relaci¨®n prestacional entre un ciudadano y la Administraci¨®n".
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