Gobierno y autonom¨ªas endurecer¨¢n las medidas contra el fraude en la venta de viviendas protegidas
El plan de vividenda que prepara el Ministerio de Obras P¨²blicas y Transportes (MOPT) contemplar¨¢ el compromiso de las autoridades auton¨®micas de ejercitar el derecho de tanteo y retracto, es decir la intervenci¨®n directa, en la compra de viviendas protegidas (VPO). Esta medida tiene como objetivo evitar el fraude en este tipo de transacciones. Adem¨¢s, el plan se estructurar¨¢ mediante contratos programas de cuatro a?os de duraci¨®n que afectar¨¢n a zonas de actuaci¨®n prioritaria y en las que la gesti¨®n depender¨¢ de forma exclusiva de las comunidades aut¨®nomas.
El Gobierno ha dejado para septiembre el, debate en profundidad sobre el desarrollo de la pol¨ªtica de vivienda. Sin embargo, sus l¨ªneas maestras ya empiezan a aclararse.
La primera novedad consistir¨¢, seg¨²n se?alan fuentes del MOPT, en introducir de manera efectiva el derecho de tanteo y retracto. Esta pr¨¢ctica consiste en la intervenci¨®n de la Administraci¨®n correspondiente (ayuntamiento o comunidad) en la puja por la adquisici¨®n de una v¨ªvienda que haya gozado de alg¨²n tipo de ayuda oficial. Es decir, que si una vivienda protegida sale, por cualquier motivo, al mercado, el ayuntamiento o comunidad puede pujar por ella.
Esta puja obliga a que el comprador ofrezca un precio igual al de la administraci¨®n correspondiente, que que no puede ser superior a unos limites que vienen marcados por la actualizaci¨®n del m¨®dulo de venta (sistema de c¨¢lculo para fijar el precio final de las viviendas protegidas) que cada a?o fija el Gobierno. En caso de que la puja sea ganada por el ayuntamiento o la comunidad, ¨¦sta podr¨ªa disponer de la vivienda en cuesti¨®n para incluirla en sus promociones espec¨ªficas. Se pretende evitar que viviendas protegidas sean vendidas a precios de mercado libre pr¨¢ctica habitual aunque la actual legislaci¨®n no lo permite.
La esterilidad de esta prohibici¨®n fue lo que oblig¨® a que el derecho de tanteo y retracto fuera incluido en la Ley del Suelo, si bien su desarrollo efectivo depende de las comunidades aut¨®nomas. Hasta el momento, tan s¨®lo Navarra, Asturias y el Pa¨ªs Vasco la han llevado a sus legislaciones.
Durante la ¨²ltima reuni¨®n mantenida entre el ministro de Obras P¨²blicas y Transportes, Jos¨¦ Borrell, y los responsables del ¨¢rea de vivienda de las diferentes comunidades aut¨®nomas alcanzaron un primer compromiso sobre el derecho de tanteo y retracto. Este compromiso debe hacerse efectivo en el pr¨®ximo encuentro, que tendr¨¢ lugar el 6 de septiembre.
Adem¨¢s, la intenci¨®n de Borrell es que de este encuentro salga perfectamente delimitado el reparto del famoso Plan 460.000. Sobre esta oferta gir¨® la campa?a electoral del PSOE en las ¨²ltimas elecciones municipales y auton¨®micas. A pesar de ello, su concrecci¨®n efectiva tan s¨®lo se ha reducido hasta el momento a la reforma del mercado hipotecario. Por lo tanto, a¨²n quedan por resolver asuntos tan relevantes como la definici¨®n de los fondos de inversi¨®n inmobiliaria o las nuevas cuentas ahorro-vivienda. Ahora bien, la verdadera prueba de fuego del plan es c¨®mo se articular¨¢ el mercado del alquiler. La derogaci¨®n del decreto Boyer o la adaptaci¨®n de las rentas antiguas al mercado real pueden ser dos rejones de castigo para el equipo de Borrell.
Compromiso cuatrienal
La segunda novedad estructural que introducir¨¢ el plan de vivienda es que se repartir¨¢ mediante contratos-programa cuatrienales repartidos por zonas geogr¨¢ficas, que no tendr¨¢n porqu¨¦ coincidir con una comunidad aut¨®noma. Fuentes del MOPT se?alan, a t¨ªtulo de ejemplo, que ¨¢reas metropolitanas como la de Barcelona tendr¨¢n un plan espec¨ªfico.
La gesti¨®n de los contratos-programa correr¨¢ a cargo de las comunidades aut¨®nomas, sobre todo en lo referente a la compra de suelo. Para llevar a cabo esas compras, las comunidades se servir¨¢n de sociedades p¨²blicas especializadas, al estilo de las que ya existen con car¨¢cter nacional (SEPES y SGV), o las que ya trabajan en autonom¨ªas como Catalu?a, Navarra o La Rioja. La Administraci¨®n central intervendr¨¢ distribuyendo las ayudas fijadas en el contrato-programa correspondiente y apoyando a las sociedades encargadas de gestionar la compra del suelo a trav¨¦s de SEPES o SGV.
Esta nueva modalidad de gesti¨®n a base de contratos-programa se ha comenzado a ensayar en la Comunidad Valenciana. La prueba piloto consiste en la edificaci¨®n de 2.700 viviendas en las proximidades de los cascos urbanos de Alicante, Castell¨®n y Valencia.
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