El concepto de flagrancia se convierte en la clave del debate sobre la pol¨¦mica ley de Seguridad
Flagrancia. A algunos puede sonarles a nombre de mujer o de restaurante ex¨®tico. Definir este concepto jur¨ªdico, sin embargo, es el eje de la pol¨¦mica sobre la nueva redacci¨®n de la ley Corcuera (Ley de Seguridad Ciudadana). Si el flagrante delito est¨¢ acotado ya en las leyes, como sostiene la mayor parte de la oposici¨®n, la nueva ley s¨®lo pretende ampliarlo para justificar la patada en la puerta. El Grupo Socialista, por el contrario, sostiene que s¨®lo est¨¢ detenido en relaci¨®n a los delitos terroristas y es necesaria una nueva regulaci¨®n frente al narcotr¨¢fico.
La nueva redacci¨®n del art¨ªculo 21, propuesta por los socialistas para garantizarse el apoyo de CiU y el PNV, autoriza a la polic¨ªa la entrada y registro en domicilios particulares' sin mandamiento judicial. Esta autorizaci¨®n s¨®lo ser¨¢ aplicable cuando exista "conocimiento fundado" de que "le est¨¢ cometiendo o se acaba de cometer" alg¨²n delito de narcotr¨¢fico.La entrada y registro podr¨ªan realizarse si la "urgente intervenci¨®n" policial es "necesaria" para evitar uno de los tres supuestos siguientes: "La consumaci¨®n del delito, la huida del delincuente o la desaparici¨®n de los efectos o instrumentos del delito".
La Constituci¨®n Espa?ola estableci¨® en el. apartado segundo de su art¨ªculo 18: "El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podr¨¢ hacerse en ¨¦l sin consentimiento del titular o resoluci¨®n judicial, salvo en caso de flagrante delito.". La Constituci¨®n admite ¨²nicamente la suspensi¨®n de este derecho, regulada mediante una ley org¨¢nica, "para personas determinadas, en relaci¨®n con las investigaciones correspondientes a la actuaci¨®n de bandas armadas o elementos terroristas".
Para salvar el obst¨¢culo constitucional, el proyecto modificado por el Grupo Socialista considera el conjunto de condiciones citadas en la nueva redacci¨®n del art¨ªculo 21 "causa leg¨ªtima para la entrada y registro en domicilios por delito flagrante".
Estudiar los cambios
La pol¨¦mica estalla en este punto. Para los grupos que mantienen su oposici¨®n, la flagrancia del delito ya est¨¢ definida en el art¨ªculo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El rechazo a la ley Corcuera, tras su debate en la Comisi¨®n de Justicia e Interior del Congreso, ha quedado reducida al PP, IU y los vascos de Eusko Alkartasuna (EA) y Euskadiko Ezkerra (EE). Otros grupos, como el-CDS, han pedido tiempo para estudiar los cambios.
El art¨ªculo 553 de' la Ley de Enjuiciamiento Criminal, como norma de procedimiento, seg¨²n estos grupos, fija con car¨¢cter general el concepto de "flagrante delito" admitido por la Constituci¨®n como salvedad a la inviolabilidad del domicilio. Adem¨¢s, contiene una precisi¨®n referida exclusivamente a los delitos cometidos por "persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes."
La Ley de Enjuiciamiento Criminal permite a la polic¨ªa proceder a la inmediata detenci¨®n de personas con un mandamiento de prisi¨®n pendiente o en caso de ser sorprendidas en flagrante delito. Tambi¨¦n puede ser detenido "un delincuente, inmediatamente perseguido por los agentes de la autoridad", que "se oculte o refugie en alguna casa".
La ley se refiere luego a casos de "excepcional o urgente necesidad" cuando se trata de miembros de banda armada o terroristas, y autoriza su detenci¨®n "cualquiera que fuese el lugar o domicilio donde se ocultasen o refugiasen". El flagrante delito autoriza en cualquier caso, seg¨²n la oposici¨®n, el registro del lugar y la ocupaci¨®n de efectos relacionados con el delito.
Para la oposici¨®n, teniendo en cuenta las leyes actuales, el proyecto de ley de seguridad ciudadana "modifica el sistema de garant¨ªas constitucionales" seg¨²n Joseba Azkarraga, de EA, y "elude la previa tutela judicial", en palabras de Koro Garmendia, de EE.
Jos¨¦ Luis N¨²?ez, de IU, cree que perder¨¢n garant¨ªas no s¨®lo los ciudadanos, sino adem¨¢s los polic¨ªas en el cumplimiento de su misi¨®n. "Es una obsesi¨®n del Gobierno", asegura. "Se da prioridad al castigo de la demanda sobre el castigo de la oferta".
El m¨¢s contundente es el PP. Incluso la nueva redacci¨®n "deval¨²a el concepto de delito flagrante para ampliarlo, cuando ya est¨¢ perfectamente acotado", seg¨²n Francisco ?lvarez Cascos. El secretario general del PP cree que se trata de "una "pataleta del Gobierno", que con su ineficacia "ha hecho de inseguridad ciudadana el primer problema del pa¨ªs".
El delito se mueve
Los socialistas mantienen una defensa cerrada de la constitucionalidad de la ley, incluso en su redacci¨®n original. Sobre el nuevo texto, argumentan que la Ley de Enjuiciamiento Criminal no ha definido la flagranc¨ªa del delito m¨¢s que para los relacionados con bandas armadas. "Se trata de una referencia espec¨ªfica y expresa", se?ala Jos¨¦ Mar¨ªa Mohedano.
Ante nuevas formas de delito no instant¨¢neas, que evolucionan en torno a la droga, se necesita otra formulaci¨®n espec¨ªfica. "El delito se mueve", asegura Mohedano, "desde el cultivo, el procesamiento, el transporte, las diferentes fases de distribuci¨®n y la venta". La ley Corcuera, a?ade Mohedano, "acota en t¨¦rminos estrictamente constitucionales el concepto de flagrancia".
La discusi¨®n ha terminado por ser puramente sem¨¢ntica. La oposici¨®n acusa al Grupo Socialista y a Mohedano, en particular, de ignorar el significado de las comas y de las conjunciones, en este caso de la o.
La autorizaci¨®n del art¨ªculo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el registro del lugar donde se detenga a alguien por flagrante delito y la ocupaci¨®n de los efectos relacionados est¨¢ limitada para unos a los casos de terrorismo y para otros es general y v¨¢lida para combatir el narcotr¨¢fico. La discusi¨®n t¨¦cnica est¨¢ muy alejada de las preocupaciones de los ciudadanos, pero de su resultado depende una de las garant¨ªas generales de la Constituci¨®n.
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