Las obras de las torres de KIO deben seguir, seg¨²n consideran abogados expertos en urbanismo
Abogados expertos en urbanismo consultados ayer afirmaron que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que anularon el planeamiento de las torres que construye KIO en la plaza de Castilla, interpretaron err¨®neamente las normas urban¨ªsticas. Desde esta perspectiva, las obras de los dos edificios inclinados deben proseguir, porque su edificabilidad, que cuestionaba la sentencia, est¨¢ amparada por el Plan General de Madrid.
La sentencia del 24 de octubre pasado consideraba excesivo el coeficiente de edificabilidad (divisi¨®n entre los metros cuadrados que se pueden construir y la superficie donde se deben levantar) del proyecto del grupo kuwait¨ª KIO. El Plan General permite que en la zona, de unos 55.312 metros cuadrados, se edifiquen 125.000 metros cuadrados, repartidos en dos torres de oficinas de 25 plantas, tres edificios de apartamentos de 10 pisos y un intercambiador de transportes.El tribunal calcul¨® que el coeficiente de edificabilidad era de 2,26 y lo estim¨® excesivo al compararlo con el m¨¢ximo de 2 que establece la normativa de bloques abiertos, a la que se remite el estudio de detalle de la plaza de Castilla (el planeamiento que desarrolla qu¨¦ y c¨®mo se va a construir, de acuerdo con los criterios del plan general).
?ste es el punto en el que abogados consultados ayer disienten de la interpretaci¨®n del juez. ?Qu¨¦ es m¨¢s importante, la edificabilidad que establece el Plan General o la que determina un estudio de detalle, figura urban¨ªstica de menor rango?
Para Francisco Perales Madue?o, abogado que suele asesorar a particulares e instituciones sobre asuntos urban¨ªsticos, el Plan General delimita claramente la edificabilidad de la zona. El estudio de detalle remite luego a una normativa determinada "para que se aplique para fijar otras caracter¨ªsticas que no establezca el Plan General, pero no para la edificabilidad, que ya est¨¢ determinada", opina.
El error de los magistrados se produce, a juicio del abogado, "en que entienden que la normativa complementaria a la que se remite el estudio de detalle debe aplicarse ¨ªntegramente". Otro abogado que trabaja habitualmente para el PSOE asegur¨® que la ficha "no se puede cuestionar". "Un estudio de detalle no puede modificar la edificabilidad que establece el Plan General", coment¨®. Para ambos, la construcci¨®n de las torres debe seguir. "Causar¨ªa un da?o irreparable", considera el segundo.
Indemnizaci¨®n millonaria
Pedro Areitio, gerente de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid (que ya ha recurrido la sentencia), coincide en esta interpretaci¨®n. "El estudio de detalle se remite a la normativa de bloques abiertos para otros aspectos, no para calcular la edificabilidad que ya est¨¢ establecida en el Plan General, que tiene un rango muy superior", explic¨®. Areitio asegura que la paralizaci¨®n de la obras, que solicita Izquierda Unida, provocar¨ªa una indemnizaci¨®n de unos 10.000 millones de pesetas a la promotora.El gabinete de Mu?oz Machado, que defendi¨® las tesis de KIO, considera, "respetuosamente", que los magistrados han "interpretado err¨®neamente la ley". "Cuando el estudio de detalle remite a una norma lo hace para los aspectos que no prev¨¦ el Plan General y no es el caso de la edificabilidad, como determin¨® una sentencia de noviembre de 1990 del mismo Tribunal", coment¨® un miembro del bufete.
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