El Supremo califica de "corruptela" que en un registro un polic¨ªa haga de secretario
"Permitir que un polic¨ªa act¨²e de secretario en un registro es una corruptela contraria a las garant¨ªas legales, que convierte en nulo lo actuado" ha declarado la Sala Segunda del Tribunal Supremo en una sentencia en la que ha absuelto a una mujer que hab¨ªa sido condenada por un delito de receptaci¨®n a un a?o y seis meses de prisi¨®n. La sentencia, notificada ayer, contiene la ¨²ltima orientaci¨®n del Supremo sobre la necesidad de la presencia del secretario en los registros domiciliarios adoptada en la junta de magistrados del pasado d¨ªa 5 de noviembre, seg¨²n fuentes del Supremo. En dicha junta, los magistrados se pronunciaron a favor de exigir la presencia del secretario en los registros domiciliarios.Seg¨²n esta sentencia, "un polic¨ªa no puede dar fe de la actuaci¨®n de otro polic¨ªa ni de lo que en domicilio sometido a registro se encuentre, ni de las incidencias ocurridas, etc¨¦tera". En el caso estudiado, el registro domiciliario "no se efectu¨® Con las debidas prescripciones legales, puesto que no se hall¨® presente el fedatario p¨²blico (el secretario), ni fue ratificado ante juez competente por los agentes actuantes", escribe el magistrado ponente, Marino Barbero Santos. La sentencia recuerda que la inviolabilidad del domicilio "es un derecho b¨¢sico constitucionalmente consagrado y lapidariamente establecido en el art¨ªculo 18.2. de la Constituci¨®n".
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