El efecto anuncio
Las empresas adelantan cr¨¦ditos a sus directivos para que no tributen desde enero
Queda s¨®lo un mes para que entre en vigor la nueva ley del impuesto sobre la renta. La norma anuncia con seis meses de antelaci¨®n -se aprob¨® en junio de este a?o- dos cambios importantes que est¨¢n condicionando las decisiones de las empresas y de algunos inversores. En concreto, la ley somete por primera vez a tributaci¨®n las denominadas rentas en especie a partir de 1992, por lo que algunas empresas han acordado con sus directivos adelantarles cr¨¦ditos antes de que acabe este a?o. En sentido contrario, algunas operaciones se est¨¢n retrasando hasta el a?o que viene a la espera de un mejor tratamiento de las plusval¨ªas.
El "efecto anuncio" de la nueva ley del impuesto sobre la renta puede funcionar como un ant¨ªdoto y anular parte de los fines que se persegu¨ªan. En concreto, se somete por primera vez a tributaci¨®n y a retenci¨®n las denominadas rentas en especie que perciben, sobre todo, los directivos de las empresas -viviendas, coches, pr¨¦stamos, viajes, seguros, estudios-, y los empleados de banca en forma de cr¨¦ditos baratos.Durante la tramitaci¨®n parlamentaria del proyecto de ley de renta, los sindicatos de este sector presionaron para que el grupo socialista del Senado introdujera a ¨²ltima hora una disposici¨®n adicional para evitar perjuicios a los empleados de banca. En concreto, se aprob¨® que "no tendr¨¢n consideraci¨®n de retribuciones en especie los pr¨¦stamos con tipo de inter¨¦s inferior al legal del dinero concertados con anterioridad al 1 de enero de 1992".
Algunas empresas y bancos han visto as¨ª la oportunidad de aprovechar hasta final de a?o para pactar pr¨¦stamos a sus directivos de forma que en 1992 la retibuci¨®n normal se quede pr¨¢cticamente congelada. Asesores fiscales consultados han confirmado que en las ¨²ltimas fechas han acudido a ellos algunas importantes empresas para saber si esta pr¨¢ctica es legal. Su respuesta es afirmativa. Fuentes de Hacienda se?alan, por su parte, que la ley contiene este "efecto anuncio" y que ahora no se puede hacer nada por evitarlo.
Una importante sociedad de consultoria, con clientes sobre todo entre las empresas multinacionales, lo explica claramente en una circular y ofrece un asesoramiento completo por 50.000 pesetas. Seg¨²n esta consultor¨ªa, "la mayor parte de estos productos suponen un compromiso del directivo de invertir la cuant¨ªa del pr¨¦stamo en un cierto veh¨ªculo de inversi¨®n". En concreto, se refieren a los fondos de inversi¨®n inmobiliaria que tambi¨¦n a partir del a?o pr¨®ximo mejoran de forma considerable el tratamiento fiscal de sus rendimientos. Es decir que el dinero percibido as¨ª por los directivos de las empresas no solamente no tributa como renta en especie, sino que adem¨¢s, pr¨¢cticamente queda libre de impuestos si lo invierte en un fondo de inversi¨®n.
Inversiones retrasadas
El segundo gran apartado de las nuevas medidas fiscales que entran en vigor el pr¨®ximo 1 de enero, es el de la tributaci¨®n de plusval¨ªas. Y, en este caso, tambi¨¦n se est¨¢n produciendo movimientos previos a la entrada en vigor de la ley. Esquem¨¢ticamente, la nueva legislaci¨®n establece que a partir de 1992 las plusval¨ªas de bienes muebles que se hayan generado en el plazo m¨ªnimo de 11 a?os no tendr¨¢n que tributar. O, lo que es lo mismo, que si un contribuyente decide a partir de enero pr¨®ximo vender acciones u obligaciones adquiridos antes de 1981, no tendr¨¢ que pagar por la ganancia obtenida en este tiempo. Ante esta perspectiva, la mayor¨ªa de los inversores que estaban en disposici¨®n de vender activos durante el presente ejercicio han preferido esperar al pr¨®ximo 1 de enero para ahorrarse buena parte de la carga fiscal correspondiente. Pero otros m¨¢s astutos, o m¨¢s necesitados de liquidez inmediata, han recurrido al viejo sistema de vender a plazo que, en este caso, es es pecialmente rentable.Se trata de pedir un cr¨¦dito puente a bancos o cajas de ahorros, amortizable el 1 de enero y con garant¨ªas sobre el activo que se enajenar¨¢ en ese momento. En el caso de acciones, mediante un sistema de pignoraci¨®n. El contribuyente se ahorra buena parte del impuesto, la entidad financiera obtiene jugosos beneficios por una operaci¨®n a corto plazo... y todos contentos. Excepto, por supuesto, Hacienda, que deja de cobrar.
Este sistema se ha utilizado tambi¨¦n en algunas Ofertas P¨²blicas de Adquisici¨®n de Acciones (OPA), a las que algunos accionistas minoritarios estaban interesados a acudir, pero no antes del d¨ªa 1 de enero del a?o que viene. Para ello se han instrumentado tambi¨¦n cr¨¦ditos de este tipo.
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