El Constitucional estima que no se puede atentar contra el honor aunque la informaci¨®n sea veraz
El Tribunal Constitucional considera que no se pueden publicar informaciones que vayan en contra del honor o la intimidad de las personas particulares aunque la informaci¨®n difundida sea veraz, seg¨²n una sentencia hecha p¨²blica ayer. El Constitucional confirma as¨ª una sentencia de la Audiencia de Palma de Mallorca que conden¨® a la editora del peri¨®dico Baleares y a su director a indemnizar con 10 millones de pesetas a dos arquitectos por publicar que ambos viv¨ªan juntos y que uno de ellos estaba afectado de sida.La sentencia del Constitucional recuerda la doctrina que sobre estos casos ya ha dictado el m¨¢ximo tribunal e insiste en que "cuando se quiere ejercer la libertad de informaci¨®n sobre ¨¢mbitos que pueden afectar a otros bienes constitucionales, como son el honor y la intimidad, es preciso, para que su proyecci¨®n sea leg¨ªtima, que lo informado resulte de inter¨¦s p¨²blico".
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