Justicia y Pedrol acuerdan limitar el turno de oficio
El ministro de Justicia, Tom¨¢s de la Quadra-Salcedo, firm¨® ayer con el presidente del Consejo General de la Abogac¨ªa, Antonio Pedrol, un acuerdo que limita el derecho de los ciudadanos a la asistencia jur¨ªdica gratuita, que la Constituci¨®n establece para quienes "acrediten insuficiencia de recursos". El enfrentamiento entre ambas instituciones sobre el anteproyecto de Ley de Asistencia Jur¨ªdica Gratuita se ha resuelto atribuyendo a los colegios la designaci¨®n y facultad disciplinaria, y al ministerio, la intervenci¨®n y control del servicio, por financiarse con recursos p¨²blicos.El art¨ªculo 119 de la Constituci¨®n establece que "la justicia ser¨¢ gratuita cuando as¨ª lo disponga la ley y, en todo caso", proclama la Carta Magna, "respecto a quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar". En cambio, el art¨ªculo 1 del anteproyecto de Ley de Asistencia Jur¨ªdica Gratuita, elaborado por el Ministerio de,Justicia, limita el derecho a la asistencia jur¨ªdica gratuita a las personas f¨ªsicas "que carezcan de recursos econ¨®micos para litigar".
Ni el Consejo General de la Abogac¨ªa ni Pedrol -que reprocharon a Justicia el excesivo af¨¢n intervencionista del anteproyecto de ley- criticaron este aspecto, que afecta a la extensi¨®n del derecho a la justicia gratuita. En cambio, el Consejo General del Poder Judicial, en su informe al anteproyecto de ley, propuso que se sustituyera -la expresi¨®n "que carezcan de recursos econ¨®micos" por la m¨¢s acorde con la Constituci¨®n de "que acrediten la insuficiencia de recursos".
El acuerdo firmado ayer por De la Quadra-Salcedo y Pedrol incluye, seg¨²n la informaci¨®n facilitada por Justicia, que el Consejo General de la Abogac¨ªa "dar¨¢ instrucciones a los colegios de abogados para que ¨¦stos adopten las medidas necesarias para que los abogados de oficio designados exijan previamente a los solicitantes del beneficio la acreditaci¨®n de carecer (sic) de recursos". En caso de no presentarse esta acreditaci¨®n, prosigue el acuerdo, "el abogado deber¨¢ declarar insostenible, por injustificada, la solicitud, todo ello con el fin de evitar su utilizaci¨®n abusiva y anticipar a este respecto las previsiones de la nueva ley".
Gracias a esta limitaci¨®n, la dotaci¨®n del turno de oficio podr¨¢ aumentar su remuneraci¨®n con efectos de enero de 1992, con un m¨®dulo superior a las 25.000 pesetas para los recursos de amparo; 25.000 pesetas para asuntos penales y de familia, y entre 18.000 y 5.000 pesetas para los dem¨¢s asuntos.
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