El Gobierno ampl¨ªa hasta el 31 de abril el plazo para liquidar el IVA
El Consejo de Ministros aprob¨® ayer un real decreto por el que los peque?os y medianos empresarios y los profesionales que decidan acogerse este a?o al nuevo r¨¦gimen de estimaci¨®n objetiva singular, liquiden el primer pago del impuesto sobre el valor a?adido (IVA) el pr¨®ximo 30 de abril, un mes m¨¢s tarde de lo habitual.Los empresarios y profesionales que opten por esta modalidad para presentar su declaraci¨®n del impuesto sobre la renta, tambi¨¦n tienen la posibilidad de acogerse al r¨¦gimen simplificado del IVA. Para expresar la renuncia al nuevo sistema se ha dado un plazo hasta el 31 de marzo, o el 31 de abril, si se trata de una nueva actividad.
Por este motivo, el Gobierno ha hecho coincidir los periodos para los dos impuestos, ya que, en caso contrario, Ios sujetos pasivos dispondr¨ªan de un plazo muy reducido desde la publicaci¨®n de toda la normativa reguladora del r¨¦gimen de estimaci¨®n objetiva y las fechas l¨ªmites para la renuncia o presentaci¨®n de las correspondientes declaraciones", seg¨²n la nota oficial.
Por su parte, el director general de la Agencia Estatal Tributaria, Jaime Gaiteiro, asegur¨® ayer que, hasta el 20 de marzo pasado, la renuncia al r¨¦gimen de estimaci¨®n objetiva ascend¨ªa al 0,5% del censo potencial, que cifr¨® en 400.000 personas.
Delito fiscal
En relaci¨®n con el fraude del IVA, el juez de delitos monetarios de la Audiencia Nacional, Miguel Moreiras, se?al¨® que las empresas compradoras de facturas falsas podr¨¢n quedar libres del delito fiscal y de falsificaci¨®n de documento mercantil, una vez que hayan regularizado su situaci¨®n. No obstante, sobre estas empresas seguir¨¢ pesando la posible acusaci¨®n por estafa que puedan llevar a cabo los accionistas. Moreiras afirm¨® que de las 602 presuntamente implicadas, se ha estudiado ya el 95% y que la mayor¨ªa ya han regularizado su situaci¨®n.Moreiras, que particip¨® en un curso de Derecho Tributario or ganizado por el Gabinete de Gestores Administrativos y Ase sores Fiscales (GESAF), se?al¨® que la contabilizaci¨®n en los ba lances de las empresas de factu ras falsas supone reflejar unos pagos que no se han producido y, por tanto, la reducci¨®n ficticia de los beneficios. El juez encargado de investigar el denominado "fraude del IVA" asegur¨® que el fraude de estas empresas corresponde al impuesto de sociedades, "porque el dinero que aparece reflejado en esa factura falsa ?a d¨®nde ha ido a parar?". "Es evidente", continu¨®, "que existe una estafa a los accionistas porque ese dinero no se reparte entre los propietarios con dividendos anuales, sino que alguien se ha quedado con ¨¦l". Esa situaci¨®n, agreg¨®, admite una demanda.
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